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#136178
¿con qué epígrafe fiscal estais dados de alta en el IAE los que trabajais como autónomos realizando proyectos y DO, servicios de ingeniería en general, etc...?

:comunidad
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#136186
A mi el que me atendió en Hacienda me dió de alta en el 321 (ingeniero técnico industrial), luego me tuve que cambiar al 311, porque soy II.
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#136188
MAZINGER escribió:¿con qué epígrafe fiscal estais dados de alta en el IAE los que trabajais como autónomos realizando proyectos y DO, servicios de ingeniería en general, etc...?

:comunidad

ITIs para ejercicio profesional, libre ejerciente, 321 . Ingenieros Textiles y Otros. ( eso pone, el listado de epígrafes).

Pero solo sirve para todo lo relativo a servicios, No podrías con ese por ejemplo comprar componentes electrónicos y fabricar placas.
NO podrias incluir la compra de material. Me he tenido que dar tambien el le 353.
Solo puedes servicios y mano de obra con el 321, si es eso lo que preguntas.
:saludo
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#136194
jcriti, ¿qué entiendes por mano de obra?
Comprar material si que puedes, siempre que sea para consumo propio (uy, que mal suena eso :twisted: ) lo que no puedes es revender ese material, ¿no?

Yo tengo el 321, pero era para confirmar y eso... :)
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#136200
MAZINGER, yo tengo eso fresquito jeje. Mi epígrafe es el 321, que sería la del ingeniero autónomo libre ejerciente. luego esta el 843 que sería lo mismo pero para persona fiscal y no autónomo, es decir, sociedades ingenieriles. hasta ahí es lo que yo se y es seguro que es así porque hace sólo tres meses que lo hice
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#136232
MAZINGER escribió:jcriti, ¿qué entiendes por mano de obra?
Comprar material si que puedes, siempre que sea para consumo propio (uy, que mal suena eso :twisted: ) lo que no puedes es revender ese material, ¿no?

Yo tengo el 321, pero era para confirmar y eso... :)


Pues te lo traduzco al cristiano..
Si compro condensadores y resistencia, IC, y demas chucherias, para Fabricarme mis placas, puedo hacer lo siguiente:

Vender cualquier placa o producto, sin problemas.. y cobrar por mano de obra y un precio del producto físico, que será algo mas de lo que lo compraste, o lo que te venga en gana.. No te hace nadie preguntas. Tu vendes lo que sea ( No nos pasemos, tampoco).
En teoria NO podrias elaborar productos, como fabricar placas, pero las facturas como diseño, construcción y PEM. Eso entra tdo en Mno de hobra.

que no puedes :
Meter como gasto la factura de compra de esos componentes en la tienda.
Con lo cual, el IVA ese que has pagado NO lo desgrabas, y en el balance de beneficios, te cuenta como ingreso TODO el importe de la tarjeta que has fabricado.
Vamos, que esas facturas de compras NO las puedes meter.

El 321, solo te deja facturar servicios, y meter como gastos aquello que se hace neceario para realizar al actividad. Por ejemplo si podrias meter una alicates, un PC.. etc.

En definitiva, con el 321, NO puedes hacer compras / ventas de material, con o sin incremento de precio.

Para eso me dí el 353, y con ese ya sin problemas.






:saludo
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#136233
jcriti escribió:
En definitiva, con el 321, NO puedes hacer compras / ventas de material, con o sin incremento de precio.

Para eso me dí el 353, y con ese ya sin problemas.
:saludo

¿Y que vende Ud. caballero (si puede saberse)? :mrgreen:

Es por aprovechar el periodo de rebajas y la confianza. :espabilao :brindis
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#136237
Si es tan amable, alguien podría poner una pequeña lista de los epígrafes que serían útiles para ingenieros ya sea una sociedad como autónomos?
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#136254
Yo tambien tengo el 321
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#136258
El 843-SERVICIOS TÉCNICOS DE INGENIERÍA para empresa. Ése tenemos.
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#347826
Rescato el tema, y escribo la duda.
Me acaba de dar de alta el contable de la empresa para la que llevo trabajando de electricista autónomo 7 años (combinados con los estudios) en el 321.
Visto que manejo más euros como electricista que como ingeniero, creo que debería darme de alta como autónomo con el 843 para poder trabajar como técnico electricista y como ingeniero. La duda surge por tema de prevención de riesgos, y estar cubierto en caso de un accidente.

Saludos
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#347832
Larouco escribió:Rescato el tema, y escribo la duda.
Me acaba de dar de alta el contable de la empresa para la que llevo trabajando de electricista autónomo 7 años (combinados con los estudios) en el 321.
Visto que manejo más euros como electricista que como ingeniero, creo que debería darme de alta como autónomo con el 843 para poder trabajar como técnico electricista y como ingeniero. La duda surge por tema de prevención de riesgos, y estar cubierto en caso de un accidente.

Saludos


Te haces un Seguro de Responsabilidad Civil como electricista (o complementas el de ingeniero) con coberturas propias y a correr. Te valdrá 300€/año.
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#347857
Yo también el 321....y me ya me habéis jodido el invento de desgrabar el Arduino y demas cacharrería que me comprao....
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