Debo estar tonto pero busco esas dos normativos y no lo veo..
he mirado en
http://www.coitiab.es/reglamentos/eleva ... 97.htm#ITCy el art es definiciones y lleva hasta 4.2
¿podeis poner un enlace actual donde se vea?
y en el rd el arti 6 dice
1. Se considerarán conformes con el conjunto de las disposiciones del
Decreto, incluidos los procedimientos de evaluación de la conformidad
en el capítulo II, los ascensores y componentes de seguridad que estén
del marcado «CE» y que dispongan de la declaración «CE» de conformidad
menciona en el anexo VII.
2. Cuando una norma nacional de un Estado miembro de la Comunidad
que trasponga una norma armonizada, cuya referencia se haya publicado
«Diario Oficial de las Comunidades Europeas», comprenda uno
requisitos esenciales de seguridad y salud, se presumirá: que el ascensor
con arreglo a dicha norma es conforme con los requisitos
correspondientes, o que el componente de seguridad fabricado con arreglo
norma permite que el ascensor, en el cual se instale de forma adecuada,
con los correspondientes requisitos esenciales.
3. El Ministerio de Industria y Energía, mediante resolución del centro
competente en materia de Seguridad Industrial, publicará, a título informativo,
referencias de las normas armonizadas citadas en el apartado anterior,
las normas UNE que las traspongan, actualizándolas de igual forma.
(fuente : construnario.com/diccionario/swf/28410/Calidad/Normativa/Normativa%20Espa%C3%B1ola.pdf)
gracias