AMMC escribió:Hola a todos,
En la Tabla 4.1. de la Sección 3 del CTE-DB-SI se habla de la anchura de las puertas: en general será mayor de 0,80 m. y la anchura de toda hoja de puerta no deberá ser menor de 0,60 m. ni exceder de 1,23 m.
Entiendo que esas anchuras de hoja se refieren a hojas abatibles, pero en ninguna parte se aclara esto.
Lo comento porque en varias industrias farmaceuticas he visto que tienen puertas correderas manuales enormes (de unos 2 m. de anchura de paso) con las que aislan determinadas zonas de producción del resto del edificio por motivos de higiene.
Entonces, según el CTE estas puertas no cumplen con las exigencias de la normativa para evacuación, pero sin embargo son habituales.
Algún comentario.
Muchas gracias.
Primero, si es una industria, se le debe de aplicar el RSCIEI.
Segundo, tu puedes poner las puertas de las dimensiones que quieras, otra cosa son las puertas situadas en recorridos de evacuación, que si que deben de cumplir unas ciertas dimensiones. La cuestion es, ¿las puertas a las que te refieres, son elementos de evacuación?
Saludos