Estudio acústico cafetería en Com. Valenciana (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Ruido aéreo, ruido de impacto, vibraciones, aislamiento, condiciones acústicas
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#166613
MINERVA escribió:
fsi escribió:
MINERVA escribió:yo personalemente suelo hacer en todas las actividades un estudio acústico, que me encargo de indicar que es orientativo, a falta de realizar una auditoría acústica que establezca la concordancia con lo calculado o en su caso establezca medidas correctoras adicionales a implantar....
La auditoría no debe, o no tiene por qué establecer medidas correctoras a implantar, debe comprobar que se han ejecutado las medidas correctoras indicadas en el estudio acústico o proyecto de insonorización y que éstas son suficientes de acuerdo con la Ley 7/2002. Para más detalle el artículo 18 del Decreto 266/2004, de 3 diciembre de la Generalitat Valenciana explica claramente cual debe ser el alcance de las auditorías. (para los que estén familiarizados con la electricidad la analogía es proyecto eléctrico -> estudio acústico, inspección de la OCA -> Auditoría acústica)

¿Te refieres al estudio acústico que va incluido/anexado al proyecto? Pues sí

Hasta ahora, y siempre me encargo de hacer las auditorias de forma paralela al certificado final de actividad y en su caso adjuntarlo.

Supongo que en el caso de que se necesite hacer correcciones al aislamiento acústico no emitirás el CF o le incluirás las medidas correctoras ¿no? Pues dependiendo de los fallos que se detecten, las medidas correctoras a implantar y el tipo de actividad. Por ejemplo si hay que poner tacos en las sillas....pues CFO al canto..., si hay que modificar la salida de humos...hay que modificarla. No obstante te diré que como ya hago una previsión con el proyecto, en caso de errores hasta el momento me han salido cosas puntuales no comprobables, ahora bien la decisión de aislar o no la he tomado con anterioridad, incluso si he tenido dudas, ha hecho una auditoría previa.....
Si el vecino llama a la policía y le cierran el local, porque no hay que olvidar que el objetivo no es redactar un documento sino que el sonido que llega al vecino esté dentro de lo permitido, la responsabilidad de que el aislamiento acústico cumpla es:
- En primer lugar del proyectista: Es el responsable de que el aislamiento a ruido aéreo proyectado sea suficiente y que el diseño de los elementos antivibratorios a instalar sea el adecuado.
- En segundo lugar del director de la obra: Es el responsable de que el aislamiento ejecutado se corresponda con el proyectado. Si hay que modificar cosas puntuales que no se habían previsto en proyecto el instalador debe comunicarlo al director de obra, que establecerá como resolver el problema, esas modificaciones respecto del proyecto inicial deben hacerse durante la obra, no una vez este ejecutado todo el aislamiento, las instalaciones y la decoración.



También es buena esta estrategia.


Se hace lo que se puede....

:brindis
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#166616
Entiendo tu explicación y tu postura Pablolopez, pero aquí el problema está en que como parece que el tema del ruido es la ciencia más inexacta que hay, el palo siempre se lo llevan los mismos: o el proyectista por no cumplir los requisitos de aislamiento al intentar economizar las instalaciones, o el titular por pagar un aislamiento brutal para asegurar que pasa la auditoria (todos sabemos matar moscas a cañonazos).

Por mi parte solo trato de buscar soluciones alternativas que complazcan a todas las partes. :brindis
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#166642
fsi escribió:Entiendo tu explicación y tu postura Pablolopez, pero aquí el problema está en que como parece que el tema del ruido es la ciencia más inexacta que hay, el palo siempre se lo llevan los mismos: o el proyectista por no cumplir los requisitos de aislamiento al intentar economizar las instalaciones, o el titular por pagar un aislamiento brutal para asegurar que pasa la auditoria (todos sabemos matar moscas a cañonazos).

Por mi parte solo trato de buscar soluciones alternativas que complazcan a todas las partes. :brindis


No es que sea inexacta sino que es necesario disponer del material adecuado para realizar mediciones, la incertdumbre normal y asumible suele ser de unos 3 dB según los métodos de cálculo reconocidos. Pero si el técnico carece de los conocimientos necesarios dificilmente podrá "ACERTAR".
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#166705
Pablolopez escribió:No es que sea inexacta sino que es necesario disponer del material adecuado para realizar mediciones, la incertdumbre normal y asumible suele ser de unos 3 dB según los métodos de cálculo reconocidos. Pero si el técnico carece de los conocimientos necesarios dificilmente podrá "ACERTAR".


Bien cierto es.

Al Cesar lo que es del Cesar.
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#166711
Pablolopez escribió:No es que sea inexacta sino que es necesario disponer del material adecuado para realizar mediciones, la incertdumbre normal y asumible suele ser de unos 3 dB según los métodos de cálculo reconocidos. Pero si el técnico carece de los conocimientos necesarios dificilmente podrá "ACERTAR".


En ningún caso he hablado de las mediciones, que supongo será más o menos exacta, hablo de cuando se proyecta. En cualquier caso gracias por tus prejuicios por lo "ACERTAR". :brindis
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#166786
fsi escribió:
Pablolopez escribió:No es que sea inexacta sino que es necesario disponer del material adecuado para realizar mediciones, la incertdumbre normal y asumible suele ser de unos 3 dB según los métodos de cálculo reconocidos. Pero si el técnico carece de los conocimientos necesarios dificilmente podrá "ACERTAR".


En ningún caso he hablado de las mediciones, que supongo será más o menos exacta, hablo de cuando se proyecta. En cualquier caso gracias por tus prejuicios por lo "ACERTAR". :brindis


Me refiero a que nosotros para proyectar realizamos una medición previa para conocer con exactitud los datos de partida y en base a ello determinamos el incremento necesario.
En cuanto a lo de acertar no pretendo ofender a nadie, simplemente que en ocasiones me he encontrado estudios con un cálculo del aislamiento de una partición realizado del siguiente modo:

Aislamiento de la pared de ladrillo panal: 46 dB
Aislamiento de la lana de roca: 5 dB
Aislamiento de la placa de yeso laminar: 10 dB
____________________________________________
Aislamiento total del cerramiento 61 dB

Y con eso justificaban los famosos 60 dB. A eso me refiero con lo de carecer de los conocimientos necesarios
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#166793
Pablolopez escribió:Me refiero a que nosotros para proyectar realizamos una medición previa para conocer con exactitud los datos de partida y en base a ello determinamos el incremento necesario.
En cuanto a lo de acertar no pretendo ofender a nadie, simplemente que en ocasiones me he encontrado estudios con un cálculo del aislamiento de una partición realizado del siguiente modo:

Aislamiento de la pared de ladrillo panal: 46 dB
Aislamiento de la lana de roca: 5 dB
Aislamiento de la placa de yeso laminar: 10 dB
____________________________________________
Aislamiento total del cerramiento 61 dB

Y con eso justificaban los famosos 60 dB. A eso me refiero con lo de carecer de los conocimientos necesarios


Vale, lo comprendo y lo comparto. :brindis
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#166809
Pablolopez escribió:
No es que sea inexacta sino que es necesario disponer del material adecuado para realizar mediciones, la incertdumbre normal y asumible suele ser de unos 3 dB según los métodos de cálculo reconocidos. Pero si el técnico carece de los conocimientos necesarios dificilmente podrá "ACERTAR".


Efectivamente es así y lo convengo todo contigo, eso sí cuando el cliente lo tiene claro y está dispuesto a seguir un procedimiento de ejecución adecuado y gastar el dinero justo que para ello sea necesario. Ahora bien, empieza ahora a comentarle a un cliente que se quiere montar una cafeteria o una simple frutería que tiene que pagar a una empresa para hacer un estudio previo, un cálculo de insonorización y una auditoría acústica :mira :mira ....
No sé por ahí, pero por aquí se acaba.....viendo las medidas correctoras a implantar, tratar de dimensionar de forma adecuada y previo a la apertura comprobar que todo es correcto mediante una auditoría. Por lo menos en actividades pequeñas...

:brindis :comunidad
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#166811
En la normativa valenciana indica que las auditorías sólo se reclamarán en actividades susceptibles de ser molestas, por lo que si puedes justificar que tu actividad entra en el rango de Molesta grado 0 o 1 a lo mucho no tienen por qué pedirte auditoría.

Además si es una frutería pequeña se clasificará como Comunicación Ambiental y no es preceptible la presentación de un Estudio Acústico como tal, sino una justificación convencional. Yo tampoco veo extensible el hecho de pedir Estudios Acústicos ajenos a mí para cualquier actividad, a mi juicio, tan sólo las que sean "calificadas" y susceptibles de presentar ruidos y molestias (auditoría).
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#166817
Liados escribió:En la normativa valenciana indica que las auditorías sólo se reclamarán en actividades susceptibles de ser molestas, por lo que si puedes justificar que tu actividad entra en el rango de Molesta grado 0 o 1 a lo mucho no tienen por qué pedirte auditoría.

Además si es una frutería pequeña se clasificará como Comunicación Ambiental y no es preceptible la presentación de un Estudio Acústico como tal, sino una justificación convencional. Yo tampoco veo extensible el hecho de pedir Estudios Acústicos ajenos a mí para cualquier actividad, a mi juicio, tan sólo las que sean "calificadas" y susceptibles de presentar ruidos y molestias (auditoría).


Correcto, pero cualquier frutería con una o varias cámaras son susceptibles de ocasionar molestias y enseguida te piden auditoría. Todo depende del técnico municipal.
Hay poblaciones que no te la piden para bares y otros que te las piden para cualquier actividad con fuentes de ruido.
:usuario
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#166818
Por aquí se pide auditoria para absolutamente todas las actividades sujetas al reglamento general de policía y espectáculos (cafeterías, bares, etc.)

El caso explicado por MINERVA se adapta perfectamente a las situaciones reales con las que me encuentro a diario.
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#166872
Liados escribió:En la normativa valenciana indica que las auditorías sólo se reclamarán en actividades susceptibles de ser molestas, por lo que si puedes justificar que tu actividad entra en el rango de Molesta grado 0 o 1 a lo mucho no tienen por qué pedirte auditoría.

Además si es una frutería pequeña se clasificará como Comunicación Ambiental y no es preceptible la presentación de un Estudio Acústico como tal, sino una justificación convencional. Yo tampoco veo extensible el hecho de pedir Estudios Acústicos ajenos a mí para cualquier actividad, a mi juicio, tan sólo las que sean "calificadas" y susceptibles de presentar ruidos y molestias (auditoría).


Totalmente de acuerdo con Liados.
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