Inicio burocrático de una instalación fotovoltaica (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Intervenciones relativas a energía solar (no incluidas en el ámbito de la edificación), eólica, de la biomasa, minihidráulica, geotérmica y de los mares
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#170684
Muy buenas,

me han encargado la realización de todo el papeleo que conlleva conseguir la autorización para la conexión a red de una instalación solar fotovoltaica. En nuestro caso se trata de una instalación de unos 24 Kwp dispuesta en la cubierta de una nave industrial, la cual está emplazada en Cataluña. En esto, me comentan que consulte los dos Reales Decretos que hacen referencia a este tipo de instalaciones: el 661/2007 y el 1578/2008.

Bueno, sinceramente, inicialmente me parece todo un poco complicado, dado todos los pasos que se han de llevar a cabo antes de poner en funcionamiento dicha instalación.

Entiendo que, se ha de iniciar el proceso con una Solicitud de Autorización (adjuntándose una memoria explicativa de la instalación) ante la Administración (creo que en nuestro caso es ante la Administración de mi Comunidad Autónoma). Si se consigue dicha Autorización, entonces deberemos inscribirla mediante una solicitud de inscripción previa para obtener un número de identificación para el registro. Posteriormente deberemos realizar la solicitud de inscripción definitiva, aportando certificados de compañía. Todo esto (que no se si realmente se procede de esta manera) está regulado por el Decreto 661/2007. Pero claro, luego viene el Decreto 1578/2008 que hace referencia al Registro de preasignación de retribución, en el cual (no se si lo he pillao bien) te has de inscribir una vez hayas conseguido inscribirte definitivamente en el Registro Administrativo para inst. en régimen especial. :?

La verdad, me pierdo. Y para más complicación, ¿que quiere decir con lo de entrar o no en las convocatorias?

Bueno, creo que ha quedado bien clara mi ignoráncia sobre este tema. Agradecería :amo que algún alma caritativa me ordene un poco mis pensamientos respecto a este embrollo.

Gracias :saludo
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#170698
Si no me confundo, lo que cuentan en ese enlace es anterior al nuevo decreto.

Ahora mismo no me se todos los pasos porque yo no los llevo normalmente, pero lo primero que hacemos es la solicitud del punto de conexión. Si no te dan punto, o las condiciones que te dan son malisimas a lo mejor no te interesa seguir con el proceso.

Lo de las convocatorias, sin entrar en detalles, una vez que tengas todo el papeleo previo y antes de iniciar las obras, lo entregas y te apuntas en un registro, y cada tres meses se publica la lista de quien ha entrado dentro del cupo correspondiente. Si entras puedes hacer la instalación, si no pues te toca esperar a siguientes cupos. Ahora mismo si lo pides en suelo te puede tocar esperar bastante y en cubierta de momento ha estado entrando todo lo solicitado.
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#170701
Perdona Atreides, pero cuando dices de solicitar el punto de conexión, me imagino que esto es lo que hay que solicitar a la compañía electrica, ¿no?
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#170806
El punto de conexión es el que se solicita a la compañia eléctrica, y ellos te dan las condiciones tecnicas para el enganche. Si te dicen que no puedes verter en las lineas por que están saturadas pues se acabó el tema. Si te dicen que puedes pero tienes que hacer una linea de varios km o conectar en media cuando tu pretendias hacerlo en baja, a lo mejor ya no te interesa continuar.
Como te he dicho nosotros es el primer paso que realizamos y cuando nos contestan seguimos con el resto. A partir de ahí no lo conozco con exactitud porque no lo llevo yo.

El decreto actual sobre fotovoltaica es el RD 1578/2008 del 27 de Septiembre. Lo tienes aquí.
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#170855
He repasado el listado de trámites del enlace que ITO colgó. Pero tengo dudas: el aval y depósito no corresponde a lo que establece el nuevo Decreto? Y si es así, no me queda claro aun lo de la inscripción en el Registro de Preasignación. ¿En que orden van? ¿Puede que una vez que hayas concluido con todos los pasos (inscripción definitiva en el Registro Administrativo) tengas que inscribirte ahora en el de preasignación? Porqué el artículo 4 del Decreto 1578/2008 dice que será de aplicación (el Decreto) para aquellas instalaciones que hayan obtenido su inscripción definitiva en el Registro administrativo.

Gracias Atreides por tus aclaraciones :D . Entiendo que lo primero que se ha de hacer es asegurarte la conexión a red. Creo que este es uno de los puntos más problemáticos, pués la compañía eléctrica (tengo entendido) no suele facilitar las cosas. (como siempre ocurre, los grandes ayudando).
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#171066
Perdón, ya he comprobado el tema del aval. Pero la cuestión sigue siendo la misma: ¿he de hacer la solicitud de pre-asignación de retribución una vez que haya hecho la inscripción definitiva en el Registro de Instalaciones de Régimen Especial? Por qué si es así, me puedo encontrar con que tenga una instalación montada con todo en regla y tener que esperarme a que entre en una de esas convocatorias que hace referencia el último Decreto. ¿Esto puede suceder así?

He consultado a diferentes organismos (IDAE, MITYC, etc) sobre la cronología que se ha de llevar a cabo, y ninguno me ha sabido ayudar. Todos te comentan que consultes la normativa de referencia. Y yo pienso: si realmente quisieran impulsar en este país la tecnología solar, ¿no creeis que está todo un poco confuso? ¿Por qué sino tantos trámites burocráticos? ¿A quién están facilitando las cosas? Creo que pasa como en todo, al final te vas enterando a base de perder mucho tiempo entre consultas a foros, páginas web y llamadas telefónicas diversas. Y aún así, tampoco tienes garantías de que te vayas a enterar de todo.

(Siento haberos metido semejante rollo, pero es que estoy un poco arto que en este país sigamos con tanta normativa y organismos de por medio para nada, y sino mirar en otros paises)
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#172034
James escribió:He consultado a diferentes organismos (IDAE, MITYC, etc) sobre la cronología que se ha de llevar a cabo, y ninguno me ha sabido ayudar. Todos te comentan que consultes la normativa de referencia. Y yo pienso: si realmente quisieran impulsar en este país la tecnología solar, ¿no creeis que está todo un poco confuso? ¿Por qué sino tantos trámites burocráticos? ¿A quién están facilitando las cosas? Creo que pasa como en todo, al final te vas enterando a base de perder mucho tiempo entre consultas a foros, páginas web y llamadas telefónicas diversas. Y aún así, tampoco tienes garantías de que te vayas a enterar de todo.

(Siento haberos metido semejante rollo, pero es que estoy un poco arto que en este país sigamos con tanta normativa y organismos de por medio para nada, y sino mirar en otros paises)


Hasta hace solo 9 meses (antes del cambio de decreto mas o menos) estuve muy metido en el tema de las instalaciones solares fotovoltaicas.. y cada vez que oigo a alguien del actual gov. lo de que "hay que promover las energías renovables" mecagoentodoloquesemenea..... Lo que han echo con la última reforma es cargarse la fotovoltaica y dejarla para 4 amigos (y no pobres precisamente)

y respondiendo a tus dudas.. ahora mismo estoy un poco desconectado, pero lo han liado de tal manera que es muy facil confundirse... lo que tiene coj... es que en el IDAE no "sepan" indicarte los pasos...para que luego algunos se quejen de los que protestan por el trato de "ciertos funcionarios"

Y para acabar todo este roollo/desahogo puedo prometer y prometo que en breve me entero y lo publico.

saldos
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#172035
James escribió:He consultado a diferentes organismos (IDAE, MITYC, etc) sobre la cronología que se ha de llevar a cabo, y ninguno me ha sabido ayudar. Todos te comentan que consultes la normativa de referencia. Y yo pienso: si realmente quisieran impulsar en este país la tecnología solar, ¿no creeis que está todo un poco confuso? ¿Por qué sino tantos trámites burocráticos? ¿A quién están facilitando las cosas? Creo que pasa como en todo, al final te vas enterando a base de perder mucho tiempo entre consultas a foros, páginas web y llamadas telefónicas diversas. Y aún así, tampoco tienes garantías de que te vayas a enterar de todo.

(Siento haberos metido semejante rollo, pero es que estoy un poco arto que en este país sigamos con tanta normativa y organismos de por medio para nada, y sino mirar en otros paises)


Hasta hace solo 9 meses (antes del cambio de decreto mas o menos) estuve muy metido en el tema de las instalaciones solares fotovoltaicas.. y cada vez que oigo a alguien del actual gov. lo de que "hay que promover las energías renovables" mecagoentodoloquesemenea..... Lo que han echo con la última reforma es cargarse la fotovoltaica y dejarla para 4 amigos (y no pobres precisamente)

y respondiendo a tus dudas.. ahora mismo estoy un poco desconectado, pero lo han liado de tal manera que es muy facil confundirse... lo que tiene coj... es que en el IDAE no "sepan" indicarte los pasos...para que luego algunos se quejen de los que protestan por el trato de "ciertos funcionarios"

Y para acabar todo este roollo/desahogo puedo prometer y prometo que en breve me entero y lo publico.

saludos
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#174457
James escribió:Y para acabar todo este roollo/desahogo puedo prometer y prometo que en breve me entero y lo publico.
Pincho

a la espera, compañero, de que así lo hagas :amo :amo :amo

:saludo
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#177379
Unos enlaces:

http://www.suelosolar.es/guiasolares/tr ... _solar.asp
http://www.solarweb.net/forosolar/aspec ... ierta.html
http://www.solarweb.net/forosolar/aspec ... acion.html
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