Ventilación en en local caldera de gas estanca (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#169744
Hola compañeros, recuerdo que en el RIGLO, la anterior normativa de gas, permitía incluso la instalación de calderas de cámara estanca hasta en dormitorios (alucino), por lo que te sugiero eches un vistazo al RD 919/2006 reglamentación de gas.
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#170574
Qué tal compañeros? Bueno, no creo que en ningún reglamento se haga esa afirmación, pero en la UNE 60.601 da una expresión en función de la potencia para calcular la ventilación mínima superior e inferior, así que lo que es válido para potencias mayores de 70 kW seguro que es bueno para inferiores.
Además, si en el local donde se encuentra la caldera estanca de gas hay tubería vista (pues envainar hasta la propia caldera es imposible), se debería ventilar esa tubería, aunque el RD 919/2006 no diga la dimensión exacta de rejilla, o al menos no sé dónde lo pone.

Saludos
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#170735
Hola tartera, sólo por curiosidad, busca el RD 1853/1993, en su ITC MI-IRG-05, apartado 05.3 y comprobarás que en dormitorios se podía instalar aparatos de gas con circuito estanco. Es que yo soy un poquillo menos joven que vosotros y tuve que utilizar ese reglamento a fondo. Saludos
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#170777
Yo puedo decir donde no lo pone que es la norma UNE 60670-6.
Los tubos de gas deben ir envainados si pasan por huecos de la edificación, sótanos o parking.También es aconsejable envainarlo en locales que no son de uso habitual, pero no en los que son de uso habitual.
Por tanto, salvo disposiciones particulares de las CCAA, no se requiere.
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#170787
MPa escribió:Yo puedo decir donde no lo pone que es la norma UNE 60670-6.
Los tubos de gas deben ir envainados si pasan por huecos de la edificación, sótanos o parking.También es aconsejable envainarlo en locales que no son de uso habitual, pero no en los que son de uso habitual.
Por tanto, salvo disposiciones particulares de las CCAA, no se requiere.


:yep :yep A eso me refería, gas natural te suele pedir ventilación en cualquier local por el que pase una tubería de gas independientemente del tipo de combustión de los receptores.
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#171753
Si te refieres a un local donde sólo haya una caldera estanca no es necesaria ventilación ninguna. En caso que haya una caldera estanca y unos quemadores de gas (cocina a gas) entonces ya habría que calcularlo según la 60670-6. Y tiene sentido, la caldera estanca no tiene contacto con el local donde se encuentre (admisión de aire para combustión y pdc van por conductos al exterior.
un saludo
kobayasy
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#171849
Es un tema muy controvertido, la necesaidad de ventilación de locales, en lo que se instalan únicamente calderas estancas.

En el caso de las instalaciones de cannalizado de Repsol, dada la distribución en que se efectúa, con un regulador de BP a pie de aparato, SI es preceptiva la ventilación del local dado que contiene un regtulador. Lo que no está claro en ningún momento es la superficei mínima de dicha ventilación. Yo, suelo aplicar los mínimos que se exigen en la UNE 60670, para ventilación de recintos de contadores en viviendas unifamiliares.

Saludos.
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#172042
La ventilación para "combustión" no se requiere en emplazamientos con calderas estancas, pero ete aquí que como hay gas debe haber ventilación :alarma
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#173460
Ando algo perdido, porque me encuentro en la misma situación que nuestro compañero que abrio el tema. Tengo una caldera mural estanca en un local que no esta ventilado, y tengo la salida/entrada a traves de un conducto de 7 metros de longitud horizontal.

No tengo claro realmente si existe algun reglemento que indique si esta instalación seria correcta o no....

Al hilo de esto, la salida/entrada de gases para una caldera estanca debe sobresalir de la rasante de la fachada?, es decir, es necesario prolongar la conducción una distancia determinada una vez superada la rasante de la fachada??

Gracias ;)
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#173504
agui00 escribió:
Al hilo de esto, la salida/entrada de gases para una caldera estanca debe sobresalir de la rasante de la fachada?, es decir, es necesario prolongar la conducción una distancia determinada una vez superada la rasante de la fachada??


Eso viene en la norma UNE 60670-6.

:saludo
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#174479
Me encuentro en el mismo dilema, tengo unas viviendas con calderas estancas y no tienen ventilacion, ¿alguien sabe si las compañias suministradoras ponen alguna pega por esto cuando realizan las inspecciones periodicas?
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#175121
Hola. Soy inspector de gas de "Repsol Gas" en Asturias. Y sobre este tema, la empresa nos ha ordenado que aunque la caldera sea estanca, el local que la alberga debe tener una rejilla de ventilacion inferior.(tiene su lógica ya que aunque la caldera sea estanca, tambien hay un reductor de presion, la llave de aparato y la canalización de gas).
No obstante, mirando la norma UNE 60670/12 que habla de las anomalias en locales que albergan aparatos a gas nos pone bin claro que se considerara la falta de ventilacion en el local como anomalia secundaria "excepto si alberga aparatos de circuito estanco".
Creo que este tema es un punto oscuro del reglamento, y para saber si debemos colocar ventilación o no tendríamos que consultar a la empresa suministradora en cuestión.
Saludos
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#175967
pues como inspectora de gas de una OCA, si la caldera está sola y no pasa de 70kW yo no pido ventilación. En ningún sitio de la 60670 se exige la ventilación para calderas estancas; en cambio en la 60601 en ningún sitio las excluye.

Otra cosa es lo que exijan las compañías suministradoras, ahí no me meto.
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#175985
Voy a poner un ejemplo.

Tengo que reformar un café-bar que actualmente tiene la caldera situada en la puerta (se puso sin reformar el bar).

Como la reforma va a ser total, quiero poner la caldera en el almacén o en la cocina que quedan al fondo del local (adjunto plano).

Por lo que comentáis, si la caldera es estanca, según la 60670-1, ni siquiera debo colocar rejillas de ventilación en la cocina y bar, y la línea de gas debería ser envainada por el falso techo, por donde discurrirían también los conductos de alimentación y extracción.

Ahora bien, como decís no puedo envainar el 100% de la línea de gas, por tanto ¿debería de ventilar solo por este motivo?

Aunque la norma no lo deje claro, a mi me parece una locura que esto se pueda hacer, aunque me venga bien para el diseño.


En post aparte, para no mezclar temas, pondré la felíz idea del propietario de poner una puerta de ascensor con botonera incluida para entrar en los aseos.
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