Antonio, posteriormente al Documento de Preguntas y Respuestas del RITE, ha salido otro que está colgado en la web del Mº de Industria, suprimiendo algunas partes:
El documento que aquí se incluye, recoge la selección de preguntas y respuestas del documento inicial, excepto las relacionadas con el artículo 2 del reglamento y algunas correspondientes a la I.T.1.3.4.1.3.1. que están siendo objeto de revisión por un grupo de trabajo específico.Se me ha presentado una cuestión en un edificio de nueva construcción como ampliación a un centro escolar de primaria existente, que es si climatizar y ventilar según el RITE las aulas.
En el primer Documento de Preguntas y Respuestas del RITE, que tú tienes colgado, decía;
Artículo 2.
En las instalaciones didácticas de los centros escolares ¿se debe aplicar el nuevo RITE?El RITE es de aplicación a instalaciones fijas destinadas a atender la demanda de bienestar
térmico e higiene de las personas. Una instalación didáctica no tiene esta finalidad, por lo que
no le sería de aplicación en el sentido del bienestar térmico, aunque lógicamente si debe
cumplir con las condiciones de seguridad que deben ser rigurosamente respetadas:
combustible, aparatos a presión, etc. De forma más exigente que en condiciones normales, por
el uso que se le va a dar y las personas que las van a utilizar.Pero como dije anteriormente, ha sido suprimido y lo está estudiando un grupo de trabajo específico, que lleva cerca de un año estudiándolo sin solución por el momento.
Quisiera saber si alguien sabe más sobre este tema. Gracias de antemano.
¡Animo Antonio, eres un pedazo de monstruo!.
Pienso de que existo.