Pablolopez escribió:Ganar la guerra no sé pero una tapita de jamón si nos tomaremos.
El software es de desarrollo propio, ya sabes, si no te gusta lo que cae en tus manos, hazte uno...
Y dos también y si no en vez de tapa, tapón, jeje.
Bueno, en resumen, ¿Os parece oportuno que resumamos los comentarios en conclusiones?, digamos que para asentar y establecer las ideas de forma precisa. Entonces, a raíz de este hilo, las conclusiones respecto al ruido de fondo las podríamos encuadrar en dos vertientes:
1.- El ruido de fondo (lo llamaremos RF) es inferior a 3 dB que con el foco funcionando (lo llamaremos L):
1.1.- Si L y RF son inferiores al máximo admisible de inmisión, la medición es válida y el foco cumple la normativa. No hay más que hablar, el foco cumple y el entorno cumple incluso el objetivo de calidad acústica (todos contentos y felices)
1.2.- L (corregido por RF) ó L (si L > en 10 dB a RF) es superior al valor máximo admisible y el RF inferior al máximo admisible, entonces el foco no cumple (la jodimos tía Paca).
1.3.- L y RF son superiores al valor máximo admisible:
- Tomar como valor máximo admisible el RF (no sé si nos dejarán).
- Volver a medir otro día el RF o en otro periodo horario.
- Ampliar el tiempo de medición y desechar eventos.
2.- RF y L tienen una diferencia inferior a 3 dB:
2.1.- Medir RF en otra ocasión más favorable.
2.2.- Ampliar tiempo de medición y desechar eventos.
2.3.- Restar al valor máximo de ambas medidas, 3 dB.
Bueno espero haber sido claro y en espera quedo de vuestros comentarios para modificar y/o completar, sugerencias que el jamón lo pongo yo. Saludos compañeros.