Aplicar ITC-BT-09 a alumbrado en parking planta industrial (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#183536
Hola a todos.

Tengo que diseñar una instalación de alumbrado en un parking que existente en los terrenos de propiedad de una planta industrial. Este parking estará fuera del vallado que delimita la planta industrial y próximo a una carretera. Este parking está pensado para camiones que vengan del exterior de la planta industrial. El cliente me ha dicho que hay que alimentar el alumbrado desde un panel situado en una subestación de su propiedad, ( ese panel viene alimentado desde un trafo de MT/BT) y desde allí se va mediante un tramo de cable aéreo por bandeja y otro tramo enterrado hasta el primer báculo de alumbrado. Es decir no va a existir acometida desde compañía suministradora tal y como se dice en la ITC-BT-09. Mis dudas son:

-al no existir acometida desde compañía suministradora hay que aplicar la ITC-09 o se puede aplicar la ITC-19 de instalaciones interiores??

-en la itc-09 se dice que la caida de tensión entre el origen y cualquier punto de luz es el 3%. En caso de existir acometida desde compañía suministradora, cual es el origen de la instalación? Y en mi caso, el origen es el panel o hay que pensar que el origen está aguas arriba y hay que dejar un margen en la caída de tensión?

Por favor, agradecería mucho algo de ayuda.
Saludos.
Avatar de Usuario
por
#183544
joshuaab3 escribió:Este parking está pensado para camiones que vengan del exterior de la planta industrial. El cliente me ha dicho que hay que alimentar el alumbrado desde un panel situado en una subestación de su propiedad, ( ese panel viene alimentado desde un trafo de MT/BT) y desde allí se va mediante un tramo de cable aéreo por bandeja y otro tramo enterrado hasta el primer báculo de alumbrado. Es decir no va a existir acometida desde compañía suministradora tal y como se dice en la ITC-BT-09. Mis dudas son:

-al no existir acometida desde compañía suministradora hay que aplicar la ITC-09 o se puede aplicar la ITC-19 de instalaciones interiores??


En este caso, creo que según:

Código: Seleccionar todoart. 9 Se considerarán instalaciones de alumbrado exterior las que tienen por finalidad la iluminación de las vías de circulación o comunicación y las de los espacios comprendidos entre edificaciones que, por sus características o seguridad general, deben permanecer iluminados, en forma permanente o circunstancial, sean o no de dominio público.

Código: Seleccionar todoPto. 1 itc-bt-09
se aplicará alas instalaciones de alumbrado exterior, destinadas a iluminar zonas de dominio público o privado, tales como autopistas, carreteras, calles, plazas, parques, jardines, pasos elevados o subterráneos para vehículos o personas, caminos, etc.


Hay que aplicar la itc-bt-09 para esta parte de instalación.

joshuaab3 escribió:-en la itc-09 se dice que la caida de tensión entre el origen y cualquier punto de luz es el 3%. En caso de existir acometida desde compañía suministradora, cual es el origen de la instalación? Y en mi caso, el origen es el panel o hay que pensar que el origen está aguas arriba y hay que dejar un margen en la caída de tensión?

Al tratarse de un suministro en alta tensión, el origen de la instalación es la salida del trafo itc-bt-19 pto. 2.2.2.

Un saludo.
por
#183563
Hola

Muchas gracias por vuestras respuestas.

Entonces según veo aplica la ITC-09 y el origen de la instalación es la salida del trafo.
Entonces ahora me surge la duda de cómo hay que dimensionar el circuito de alumbrado. Según dice la ITC-09, se aplicará la ITC-07 ó ITC-06 según sea la acometida aérea o enterrada. En mi caso desde el panel se parte con cable aéreo por bandeja y otro tramo enterrado hasta el primer báculo de alumbrado, como se procedería en este caso para dimensionar la sección?

Para saber la intensidad máxima admisible del cable, mi idea es coger un cable instalado al aire, que cumpla con la norma 211435 (ITC-006) y aplicarle los coeficientes de reducción que le aplican por ir en bandeja con otros conductores (según aparece en la ITC-07). Esta es mi idea pero no sé si será correcta.
Avatar de Usuario
por
#183571
También date una vuelta por: viewtopic.php?f=10&t=21844&
Avatar de Usuario
por
#183619
joshuaab3 escribió:Para saber la intensidad máxima admisible del cable, mi idea es coger un cable instalado al aire, que cumpla con la norma 211435 (ITC-006) y aplicarle los coeficientes de reducción que le aplican por ir en bandeja con otros conductores (según aparece en la ITC-07). Esta es mi idea pero no sé si será correcta.


Si utilizas varios sistemas de instalación en un mismo circuito, a efectos de intensidades admisibles se debe considerar el más desfavorable pero como supongo que el tramo que discurre en bandeja será de unos pocos metros, creo que puede emplear sin problemas el sistema de instalación enterrada, yo aplicaría directamente la itc-bt-07 con sus factores de corrección (no, la nueva une 211435), pero es una opinión claro.
Avatar de Usuario
por
#183651
Por REBT de primeras debes utilizar la ITC-BT 07

Hombre la verdad que la intensidad máx. admisible según la UNE 20460-5-523 y según la ITC-BT 07 no hay tanta diferencia en sus valores, claro siempre y cuando tengas en cuenta los mismos valores de resistividad térmica del terreno, temperatura del terreno etc...
No olvidemos que la UNE 20460-5-523 puede aplicarse para recorridos en el interior o alrededor de edificios, con lo cual podría ser aplicable si quieres utilizarla a tu caso.

En España se debe calcular a no ser que se tengan datos exactos y se hayan hecho mediciones, con temperatura del terreno 25 ºC (en instalación enterrada) y e 40º C al aire (si es instalación bajo tubo, etc...).

Al ser un alumbrado exterior puedes utilizar la ITC-BT 07. Ahí vienen valores de la UNE 20435, que ha sido derogada por la UNE 211435. Pero el caso es que todavía no esta actualizada en la lista del Ministerio (mira aquí). Como verás la UNE 20460-5-523 si refleja la actualización de la norma.


De todas maneras, yo ya he mostrado mi opinión en estos temas que es que según el artículo 23, 26 del REBT y los comentarios de la guía se puede hacer uso de otra normativa mientras se cumplan los mínimos de seguridad y eficiencia de la instalación. Una norma UNE creo q esta lo suficientemente contrastada para poder usarse, claro está siempre utilizándola correctamente y habiendosela leído detenidamente. Es decir, no porque aparezca una tabla de intensidad hay que aplicarla sin más, sino que hay que ver en que condiciones están expresadas esas intensidades etc..
Es decir, yo creo que se puede justificar técnicamente el uso de cualquiera de las normas que indicais, siempre y cuando se utilicen correctamente. Si vamos a lo que indica el REBT, estrictamente en este caso deberías seguir las tablas de la ITC-BT 07 como dice wenner.

En cuanto a que haya dos tipos de canalización en el recorrido, comparto lo que dice Wenner. Debes, a efectos de intensidades admisibles, considerar el más desfavorable. Si alguno de los dos tramos es muy corto, pues como dice wenner puedes emplear el del otro más largo. Lo que no encuentro, aunque recuerdo haber leído algo, es cual es la longitud de margen que hay.
por
#183656
Muchas gracias por vuestras respuestas.

Seguiré investigando en el tema, y por supuesto, aprendiendo de vosotros...que me llevaís años luz de conocimiento.

saludos.
Avatar de Usuario
por
#183673
esaizmata escribió:En cuanto a que haya dos tipos de canalización en el recorrido, comparto lo que dice Wenner. Debes, a efectos de intensidades admisibles, considerar el más desfavorable.

Esto lo menciona la une 20460-5-523 pto. 523.7

Pero esto:
esaizmata escribió: Si alguno de los dos tramos es muy corto, pues como dice wenner puedes emplear el del otro más largo. Lo que no encuentro, aunque recuerdo haber leído algo, es cual es la longitud de margen que hay.

Lo he sacado de la manga, no sé si se menciona en algún lado.
por
#183680
Efectivamente, en el apartado 523.7 de la 20460-5-523 se indica que los cálculos se hacen para la condición más desfavorable.

Cuando el mismo cable lleva una parte del recorrido al aire sobre bandeja y otra la lleva enterrado, cual de los dos es el metodo más desfavorable? es decir de los dos metodos anteriores que presente un mismo cable , cual es el que hay que tener en cuenta para estimar las sección??

gracias.
Avatar de Usuario
por
#183711
El que menor intensidad admisible te permita. Esto tb es aplicable, no sólo a la intensidad máxima admisible, sino a las características del cable.
Quiero decir, si un método establece condiciones más estrictas (mayor tensión de aislamiento del cable o alguna característica especial de este), debe cumplir la más estricta. En tu caso, como para instalación enterrada y para bandeja se pide cable 0,6/1 kV y cable con aislamiento y cubierta, te da igual que sea una canalización u otra.
Pero por ejemplo en cuanto a la sección mínima subterráneo debe ser 6 mm2, en cambio para instalaciones al aire(aunque en bandeja no viene reflejado) es 4 mm2.

Te lo he aclarado???
por
#183781
esaizmata escribió:Por REBT de primeras debes utilizar la ITC-BT 07


Al ser un alumbrado exterior puedes utilizar la ITC-BT 07. Ahí vienen valores de la UNE 20435, que ha sido derogada por la UNE 211435. Pero el caso es que todavía no esta actualizada en la lista del Ministerio (mira aquí). Como verás la UNE 20460-5-523 si refleja la actualización de la norma.
.


Es cierto que no está actualizada la lista del ministerio con la norma UNE 211435. Esto como se come? Quiere decir esto que todavía se puede usar la norma UNE 20435?? o existe algún lado en el que se dice que ya está totalmente en desuso.

Saludos.
Avatar de Usuario
por
#183804
Me alegra habertelo aclarado.
joshuaab3 escribió:
esaizmata escribió:Por REBT de primeras debes utilizar la ITC-BT 07


Al ser un alumbrado exterior puedes utilizar la ITC-BT 07. Ahí vienen valores de la UNE 20435, que ha sido derogada por la UNE 211435. Pero el caso es que todavía no esta actualizada en la lista del Ministerio (mira aquí). Como verás la UNE 20460-5-523 si refleja la actualización de la norma.
.


Es cierto que no está actualizada la lista del ministerio con la norma UNE 211435. Esto como se come? Quiere decir esto que todavía se puede usar la norma UNE 20435?? o existe algún lado en el que se dice que ya está totalmente en desuso.

Saludos.

Pues es sencillo, en el Ministerio todavía no la han metido en la lista, así que para el REBT no existe esa norma de momento, debes seguir utilizando la UNE 20435 o la ITC-BT 07. Otra cosa, es como te dije antes, que tú como proyectista decidas elegir otra norma que bajo tu criterio y punto de vista ofrezca el mismo nivel de seguridad y garantías.
Yo que tú no me complicaría. Sigue la ITC-BT 07. Sino compara los valores de la ITC-BT 07 (que son los de la UNE 20435) o la UNE 211435 o la UNE 20460-5-523 pero siempre con los mismos valores de resistividad térmica, de temperatura en el terreno etc... y compruebes la intensidad que tienes tú y la In de la protección a poner.
De todos modos, no creo que tengas problemas de intensidad en tu línea, quizás lo tengas peor con la caída de tensíón.
Mira tirando a lo bajo cualquier sistema de instalación para una sección de 6 mm2(mínima sección al ser alumbrado exterior enterrado), te admite 25 A( y eso al aire a 40 ºC etc...).

P=25 A x 1,732 x 400 x 0,9= 15,6 kW (que ya es mucho alumbrado para un parking, vamos a no ser que sea un peazo parking, es que no se las dimensiones del sitio).
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 7 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro