Hola compañero,
En primer lugar darte la bienvenida.
Comentarte que tu consulta no es sobre un vehículo, ya que una retro es una máquina y no puede circular por carretera, pero no es mi cometido mover los temas a los hilos adecuados, así que procedo a contestarte:
Todo lo que necesitas saber se encuentra en la directiva 2006/42/CE, de seguridad en máquinas. En ella se describe el proceso de evaluación de la conformidad por distintos caminos. En tu caso, estas en el Anexo IV, por lo que debes cumplir lo que viene en el artículo 12. La directiva expone 3 posibilidades, si bien, solo hay 2 opciones claras; que intervenga organismo notificado o que no lo haga. Si no interviene, lo puedes hacer solo, si interviene ellos revisarán tu trabajo y emitirán un informe de conformidad. En cualquiera de los casos, esa tercera persona de la que hablas, si no es organismo notificado, no pinta nada en el asunto.
Te dejo un link con la mencionada directiva:
http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/D ... 2006/42/CEBien, hasta aquí todo muy bonito, pero se da la circunstancia, de que la citada directiva no entra en vigor hasta el 29 de diciembre de 2.009, y si bien es recomendable aplicarla a las máquinas en la actualidad, no es obligatorio, y todavía se puede aplicar la 98/37/CE, que además, no contempla tu máquina dentro del anexo IV. Por todo lo dicho, paso a comentarte lo que haría yo:
1º Averiguar quién es la persona que legaliza “estos temas”, cuál es su oficio y/o beneficio, y quitármelo de en medio, si procede.
2º Aplicar la 98/37/CE y certificar la máquina antes del 29 de diciembre (asumiendo que esto se pueda hacer porque está terminada o casi terminada). Al no estar dentro del anexo IV, no requiere de organismo notificado, y los ensayos que hay que hacerle son los que estipula el fabricante, que en este caso sois vosotros porque la habéis modificado, pero ojo, para certificar una máquina se debe ser fabricante de maquinaria. Si no lo sois, tendrá que certificarla el fabricante que os la vendió y tendréis que pasar por el aro con los requisitos que os solicite
Otro link con la directiva que hay actualmente en vigor:
http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/D ... a=98/37/CEEspero haberte aclarado un poco el asunto,
Saludos y suerte.