Obras, reformas, métodos de construcción, etc.
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#195230
Hola, compañeros. Como andamos?

Tengo que redactar el proyecto de reforma de una piscina comunitaria para adaptarla al Decreto 23/99 de la Junta de Andalucia.

Varias cuestiones:

- En el 23/99 dice que se atenderá a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de barreras arquitectónicas. En el 293/2009 te habla de piscinas de "publica concurrencia".

¿Una piscina para veinte vecinos es de publica concurrencia? luego , sería de aplicación?

- Hay que diferenciar entre acceso al vaso de la piscina y acceso al recinto de ella?

La piscina tiene mas de 20 años y está a 1.5 m del nivel de calle, se sube por una escalera, ¿tenemos que hacer una rampa de acceso?

- El cuarto donde está la depuradora, se ve, que es un hueco que apareció en la estructura y lo quisieron aprovechar, tiene 1.75 m de altura,se accede a través de una escalera vertical, etc. (imaginaros) ¿Se tiene que adaptar a alguna norma en particular?

Bueno, tengo mas dudas, pero creo que con esto vale por hoy. :?

Un saludo.

Gracias!!!!!!!!
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#195871
El Art. 13 del Decreto 23/1999 dice "Las piscinas de uso colectivo atenderán lo dispuesto en la normativa vigente en materia de eliminación de barreras arquitectónicas". Tal y como está redactado el artículo puede interpretarse que son aplicables las condiciones en materia de barreras arquitectónicas de la normativa vigente (en este caso el Decreto 293/2009), es decir, la referencia desde el Decreto 23/1999 no distingue que sea pública concurrencia o no.
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#196778
Hola compañero.

A ver que opinas?

Según lo que expones si es de aplicación el 293/2009. Pero éste en su sección 8ª habla de piscinas de pública concurrencia (entiendo por ejemplo piscinas municipales), yo no he encontrado nada de piscinas comunitarias. Habla en su Capitulo III a cerca de las edificaciones de viviendas, y expone algo a cerca de las partes comunitarias.

Realmente, será de aplicación, verdad?

Ya tengo previsto como cumplir todos los articulos de la sección 8ª, menos el 86 "acceso al vaso" que te obliga a poner una grua (bastante cara) o una escalera dentro del vaso (ocuparía gran parte de la piscina).

(para una piscina publica lo veo bien, para una comunitaria de pocos vecinos lo veo demasiado)

Un saludo.
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