Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#224943
Hola, soy nuevo en el foro. Soy arquitecto ( :twisted: el malevolo enemigo robacompetencias :twisted:) y con permiso entro en vuestro foro para haceros una consultita. Por casualidades de la vida dirijo una pequeña empresa que fundamentalemtne hacemos trabajos de ingenieria (ing. tecnicos industriales, aparejador y yo). Dentro de una obra mas general tenemos que realizar el acceso desde una finca a una carretera interurbana. La direccion general de carreteras nos manda un requerido en el que dice que el proyecto de este acceso debe de firmarlo un Ingeniero de Caminos o un Ingeniero de Obras Públicas.
¿sabeis donde esta regulado eso?
En edificaciones tengo claro que es la LOE. ¿Pero en carreteras? ¿Existe alguna regulación de competencias similar?

No tengo duda de que los tecnicos mas cualificados para realizar este trabajo son los ingenieros de caminos y obras públicas. Pero legalmente... ¿podemos firmarlo nosotros como ingenieros industriales o como arquitectos? La verdad es que es un marrón para nosotros. No es realmente una obra que queramos hacer pero existen ciertos compromisos que nos obliga a hacerla (si no la firmamos nosotros tendremos que subcontratar a alguien). ¿alguna orientación?
Última edición por blueberry el 09 Jun 2010, 10:23, editado 1 vez en total
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#224952
blueberry escribió:Hola, soy nuevo en el foro. Soy arquitecto ( :twisted: el malevolo enemigo robacompetencias :twisted:) y con permiso entro en vuestro foro para haceros una consultita. Por casualidades de la vida dirijo una pequeña empresa que fundamentalemtne hacemos trabajos de ingenieria (ing. tecnicos industriales, aparejador y yo). Dentro de una obra mas general tenemos que realizar el acceso desde una finca a una carretera interurbana. La direccion general de carreteras nos manda un requerido en el que dice que el proyecto de este acceso debe de firmarlo un Ingeniero de Caminos o un Ingeniero de Obras Públicas.
¿sabeis donde esta regulado eso?
En edificaciones tengo claro que es la LOE. ¿Pero en carreteras? ¿Existe alguna regulación de competencias similar?

No tengo duda de que los tecnicos mas cualificados para realizar este trabajo son los ingenieros de caminos y obras públicas. Pero legalmente... ¿podemos firmarlo nosotros como ingenieros industriales o como arquitectos? La verdad es que es un marrón para nosotros. No es realmente una obra que queramos hacer pero existen ciertos compromisos que nos obliga a hacerla (si no la firmamos nosotros tendremos que subcontratar a alguien). ¿alguna orientación?
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#224957
Me autocorrigo. Donde dije Ing. Tecnicos industriales deberia haber dicho Ingenieros industriales e ingenieros téncicos industriales (que susceptibles estais!! :D )

Pero esa no era la pregunta. Simplificando. Para que hasta un arquitecto entienda la pregunta... :D ¿en que normativa se especifica la exclusividad de los Ingenieros de Caminos u obras públicas para actuar sobre carreteras? (en este caso un carril de aceso a una). Gracias.
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#224968
os va a tocar contratar a un caminero :yep,a menos que esa parcela este incluida en un Plan de urbanismo o de acceso a una edificacion(legalizada), en cuyo caso lo puedes firmar tu mismo como arquitecto
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#225019
Si no hay ningun inconveniente en contratar a uno de caminos. Pero lo que queremos es que lo asuma la propiedad.
Tengo que justificarle a la propiedad (o mejor dicho a su abogado) que nosotros no podemos hacerlo. Y no encuentro como justificarlo....
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#225077
Hola blueberry, bienvenida al foro. :saludo
Y no te preocupes, que aquí no hay enemigas, ni malévolas ni robanoséqué. :mrgreen:

El tema de las competencias es una nebulosa etérea que todas las reglamentaciones se quitan del medio con la coletilla del "técnico competente", y así nos va, que nos damos de ostias unas a otras. :cabezazo

Desconozco como va el tema de carreteras, pero lo mejor que puedes hacer es dirigir tu pregunta al Colegio de Ingenieras de Caminos correspondiente. Si alguien tiene claro cómo justificar las competencias (mediante sentencias, jurisprudencia, interpretaciones, etc...), serán ellos. :mira

Si no te lo pueden justificar meridianamente, es que no existen tales competencias exclusivas. :fumeta

Por otra parte, lo que no veo tan claro es que puedas cargarle el muerto de la eventual contratación de una caminera a la propiedad. Si os han contratado para la realización del proyecto, supongo que vuestra empresa tendrá que asumir esa responsabilidad de manera integral; y si eso supone contratar (a vuestro cargo, claro) a una ingeniera caminera, pues tendréis que asumirlo. :doh

Yo al menos, si fuera la Propiedad, ni de coña me dejaría colar algo así, por mucho que me lo justificaseis. :nono2
Si el proyecto es vuestro, es vuestro, para lo bueno y para lo malo. :partiendo
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#225085
blueberry escribió: ¿en que normativa se especifica la exclusividad de los Ingenieros de Caminos u obras públicas para actuar sobre carreteras? (en este caso un carril de aceso a una). Gracias.
1ª) En la des sentido común... :mrgreen:
2ª) Pero por si el "cliente" no le convence... 1ª , mira a ver si esta te sirve para argumentar...

ORDEN DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997 POR LA QUE SE REGULAN LOS ACCESOS A LAS CARRETERAS DEL ESTADO, LAS VIAS DE SERVICIO Y LA CONSTRUCCION DE INSTALACIONES DE SERVICIOS.
Titulo I / Capitulo III
Proyectos de accesos, vías de servicio e instalaciones de servicios

Punto 6.
Firma del proyecto.—El proyecto de accesos, vías de servicio e instalaciones de servicios estará suscrito por Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Ingeniero técnico de Obras Públicas, de acuerdo con sus respectivas competencias y visado por el correspondiente Colegio profesional, todo ello sin perjuicio de las facultades de otros profesionales para proyectar elementos concretos de las instalaciones.

Lo de colegio profesional, visado... igual esta ya derogado... por lo de omnibus... , en todo caso una vistazo al análisis jurídico no vendrá mal.. :mira

P.D.
Lo de "otros" profesionales, se refiere a que si has de hacer instalaciones, por ejemplo un alumbrado publico de la zona del vial, se requiera la presencia y firma (pagando le, claro.. :espabilao ) de uno con atribuciones para Insta eléctricas..
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#225107
Qué crack, el jcriti, éste. :yep :plas :brindis
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#225137
Gracias jcriti. Eso es juto lo que necesito.

En cuanto a lo otro. No te preocupes. Es la propiedad la que ha querido colarnos un tema que no estaba en contrato.

GRacias
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