- 18 Sep 2007, 21:02
#23104
Me parece impecable la redacción de remisión a normas del NUEVO RITE.
Parece que ha primado el sentido común, siendo la edición de la norma que aparece en el texto legal, la que es de aplicación.
Esperemos que el RSCIEI y el RIPCI adopten esta redacción ya que queda muy claro que norma es la que debe adoptarse
Se podría aprovechar la próxima publicación de la guía de aplicación del RSCIEI para indicarlo.
""Artículo 5. Remisión a normas.
1. Las Instrucciones técnicas pueden establecer la
aplicación obligatoria, voluntaria, o como simple referencia
a normas UNE u otras reconocidas internacionalmente,
de manera total o parcial, a fin de facilitar su adaptación
al estado de la técnica en cada momento.
2. Cuando una Instrucción técnica haga referencia a
una norma determinada, la versión aparecerá especificada,
y será ésta la que deba ser utilizada, aun existiendo
una nueva versión.
3. En el apéndice 2 se recoge el listado de todas las
normas de referencia citadas en el texto del RITE, identificadas
por su título, numeración y año de edición.""
saludos