- 15 Ago 2010, 16:50
#234704
Vamos a ir por partes.
Los Colegios Oficiales son una parte de los derechos y deberes de los ciudadanos recogidos en la Constitución Española. Por lo que, ojo al parche que son una cuestión CONSTITUCIONAL.
Más en concreto el artículo 36 de la Constitución Española pone:
La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
Por lo que aquello que haga referencia al ejercicio de las profesiones tituladas, véase la obligación o no de colegiarse, vendrá establecido en una Ley. (Lo cual es coincidente con lo de las Leyes Profesionales que introduce jcriti).
El Colegio Oficial al cual yo pertenezco, tiene unos estatutos publicados en el BOE como Real decreto que ponen que es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión estar incorporado al colegio oficial, excepto cuando dicho ejercicio se desarrolle exclusivamente en el marco de una relación funcionarial al servicio de la administración en sus diversas ramas.
Una exigencia, que en principio, y a todas luces resulta que es INCONSTITUACIONAL, porque es una obligación que no viene recogida en una Ley. Pero como nadie la ha recurrido, pues allí la tenemos publicada en BOE.
En el caso de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales pone algo parecido (Real Decreto 104/2003): Para el ejercicio de la profesión, tanto libre como por cuenta ajena o en cualquier otra forma, será obligatorio estar incorporado al correspondiente Colegio. Quedan exceptuados de tal requisito de incorporación, los peritos y los ingenieros técnicos industriales sometidos a régimen funcionarial que desarrollen sus actividades exclusivamente en el seno de las Administraciones públicas.
Una exigencia, que en principio de nuevo, y a todas luces resulta que es INCONSTITUACIONAL, porque es una obligación que no viene recogida en una Ley.
El problema viene de quienes visamos, o necesitamos firmar y visar, porque los colegios sólo visan los trabajos profesionales de COLEGIADOS.
¿Por qué se visa?
PRIMERO.
Porque muchas normas y textos publicados en el BOE obligaban a que todo documento que se presentara a la Administración elaborado por un técnico competente estuviera firmado y visado por su respectivo colegio oficial. Ahora esta coletilla ha desaparecido por Ley y sólo (excepto en unos poquitos casos que han dejado) el visado será cuando el cliente lo solicite, no porque sea preciso para poder presentar o dar validez al documento generado.
SEGUNDO.
Porque en algunos casos, como el mío, para estar cubierto por el seguro de Responsabilidad Civil contratado por el Colegio tengo que VISAR mi trabajo antes de entregarlo al cliente.
¿Por qué se colegiaba la gente?
PRIMERO.
Porque se creía obligatorio.
SEGUNDO.
Por una necesidad de VISAR o tener esa opción en el futuro.
TERCERO.
Por clasicismo, y a veces corporativismo (valores casi en desuso en estos tiempos).
Así, llegamos al momento actual:
No es obligatorio colegiarse
No es obligatorio visar
Es voluntario esto aquello y lo otro
Al visado, por Ley, se le dota de una entidad con unas funciones y obligaciones a los colegios (lo cual imagino incrementará los importes de los visados)
Y creo que hasta pueden visar quienes no estén colegiados
Es un escenario novedoso, con un nuevo enfoque, en el cual va a primar la competencia, el tener acceso a un buen seguro de responsabilidad civil, y sólo pagar por pertenecer a donde compense pertenecer.
Aquí voy a poner el ejemplo de los sindicatos.
A los pilotos de IBERIA o a los controladores aéreos, a ninguno se le pasa por la cabeza no pertenecer y pagar a su sindicato, por ejemplo el temido SEPLA en el caso de los pilotos. Porque gracias a ellos hacen una presión y LOBBY que les permite llegar al estatus socio-laboral que disfrutan.
Pero, ¿velan los Colegios profesionales con la misma fuerza y resultados los intereses profesionales y económico-laborales de sus colegiados?
Por las cuotas que abono cada año al colegio, y además por todo lo que pago de visados, yo quisiera tener al menos acceso a unos servicios, o acuerdos con empresa y entidades, que me hicieran que me fuera rentable o aprovechables esos pagos. Ahora son como un impuesto o tasa. Los pagas, y no hay contrapartidas a ello.
Y pienso este va a ser el cambio, o la medida que van a tener que afrontar. Ofrecer servicios atractivos a cambio de la cuota de colegiado que atraiga y conserve clientes. Es decir, el trato con los colegiados por parte de los colegios va a ser tener que considerar a estos como clientes que tiene que ganarse día a día, si los quiere conservar.
Mucho tienen que espabilar.
Y lo primero, si no quieren perdernos con colegiados que pagamos las cuotas es ponerse guerrilleros y defender nuestros intereses, como si fueran sindicatos de los más radicales.