Consultas y preguntas acerca de gas, productos petrolíferos licuados, o similar
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#241530
IT 1.3.4.1.2.3. Nos dice que en las salas de máquinas a gas existirá una electroválvula de corte de tipo todo-nada ubicada en el exterior de la sala.
IT 1.3.4.1.2.4. También nos dice que en las salas de máquinas de riesgo alto, el cuadro eléctrico se situará fuera de la sala, proxima al acceso.

Interpretación de gas natural: No acepta la electroválvula situada en el vestíbulo de acceso, sino que entiende que ha de instalarse fuera del edificio, o bien en el interior de la sala. Sin embargo sí acepta el cuadro eléctrico ubicado en el vestíbulo.

¿nos hemos vuelto locos? ¿no sabemos lo que significa dentro-fuera, exterior o interior? No acabo de creérmelo ¿cuando dice exterior de la sala, quiere decir exterior del edificio? Si dice "en el exterior" de la sala, ¿por qué la admiten en el interior? Unas lecciones de Barrio Sésamo, por favooooorrr. Lo siento por la pataleta, la obra terminada y no hay con quien hablar, son unos negados, dicen que lo llevan haciendo así 10 años y punto. Gracias por vuestro hombro, consoladme un poco, por favor.
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#241572
Lo de colocarla en el exterior del edificio lo dicen para que la pongas junto al contador en un armario ventilado, con esto los lectores del gas no tienen que entrar a la sala de calderas y la electroválvula y las partes no envainadas están bien ventiladas.
La otra opción de ponerla en el interior de la sala, no en el vestíbulo es por algo parecido, de esta forma la electroválvula y todas las partes no envainadas están totalmente ventiladas y con detectores de fugas de gas.
Si la pones en el vestíbulo, tienes partes no envainadas y la propia electroválvula sin ninguna ventilación y sin ningún detector de gas.
Si es cierto que lo llevan haciendo así durante muchos años.
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#241599
Me parece muy bien tu razonamiento, pero ahora hablemos con el RD1027/2007 en la mano:
Cuando el RITE dice "se colocará en el exterior de la sala", no da opción a que se coloque en el interior. "Exterior de la sala" no significa "exterior del edificio". Al menos hasta donde yo se leer.
"Exterior de la sala" no tiene otro significado más que fuera del volumen que forman los tabiques que delimitan la sala, de hecho así se interpreta también con el cuadro eléctrico, admitiéndose su colocación en el vestíbulo previo o en cualquier otro lugar que esté fuera de la sala.
¿volvemos a las clases de dentro-fuera, lejos-cerca, arriba-abajo, etc...?
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#241961
Si el exterior de la sala fuese una cocina ventilada no habría ningún problema pero, además del RITE, se ha de tener en cuenta el resto del reglamento de gas.
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