Dani A. escribió:Dufrein escribió:Pásame el link del plan del Master en II de la UC para echarle un vistazo.
Que yo sepa, no hay link todavia.OM CIN/311/2009:0RD 1393/2007:Yo no veo que en la Orden Ministerial diga que para el acceso al MII haya que estar en posesión del grado, sí que podrá acceder al master quien haya adquirido las atribuciones de ITI y no habla de admisión.
No, no dice nada de atribuciones. Dice exactamente estoPodrá acceder al Master que habilita para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial, quien haya adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial y su formación estar de acuerdo con la que se establece en el apartado 5 de la antes citada Orden Ministerial.
Por partes:
Cuando habla de Master que habilita para el ejericio de la profesion de II, se refiere al master en II.
Las competencias NO son atribuciones profesionales. Las competencias son los conocimientos, actitudes y demás que obtienes al cursar la carrera.
Cuando habla de las competencias que se recogen en el apartado 3 de la OM por la que se establecen los requisitos para la verificacion de los titulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de ITI, no se refiere NUNCA a los actuales titulados en ITI, si no a los graduados en Ingenieria MEcanica, Electrica, Electronica, Quimica y Textil. Esta OM, que se puede consultar en BOE creo que del 18 de Febrero del año pasado, establece claramente cuales son estos requisitos. 240ECTS, competencias en rama industrial, etc...
¿Que es lo que pasa? Que los actuales ITI, los de 3 cursos, no tienen todas esas competencias en sus planes de estudios.En el RD dice que la admisión será según los criterior de la Universidad y que se podran incluir complementos de formación que formen parte del master pero que no superen los 120 ECTS en total.
YACada uno hace la lectura que le conviene de los decretos y masters pero por mucho que lea no veo que ninguna orden ni decreto exija estar en posesión del grado y no de ITI para la admisión en el master.
No veo donde está la contradicción.
En la orden si, en el RD no, y ahi radica el problema. Aunque la OM ministerial es posterior y se legislo pensando en el RD, con la modificacion de este ultimo, y al ser el RD de mayor valor legislativo, la OM quedó pisada. Tengamos en cuenta que el RD es algo general y la OM se refiere solo a ese master, y no era intencion del legislador que asi fuera.Tú mismo has dicho que el acceso y la admisión son diferentes, un enfermero puede acceder al master en II pero para ser admitito debe de cumplir los resuisitos respectivos al master en II:
"1. Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o establezca la universidad."
El problema es que esos requisitos no se están cumpliendo por una chapuza legislativa
Saludos
Si no existe el link del plan del MII de santander, es que tienes información privilegiada? Sí existe sin embargo el link del Master en Investigación en Ingeniería Industrial de 60 ECTS
NO, Insisto, NO, la OM no dice que haya que adaptarse al grado ni estar en posesión del grado
La OM después del apartado 4.2.3. dice :
"Los apartados anteriores se entenderán, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 y en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre."
Es decir, que a pesar de lo que digen los apartados de acceso de la OM, un titulado en Ingeniería Técnica Industrial puede acceder al MII ateniendose a la disposición adicional 4 del RD y el artículo 17.2, por los que podrán ser admitidos en el master y completar su las competencias adquiridas en la ITI con complementos de formación dentro del propio master, no pudiendo superar el master y los complementos los 120 ECTS:
Y el artículo 17.2 del RD dice: "La Universidad incluirá los procedimientos y requisitos de admisión en el plan de estudios, entre los que podrán figurar complementos formativos en algunas disciplinas, en función de la formación previa acreditada por el estudiante. Dichos complementos formativos podrán formar parte del Máster siempre que el número total de créditos a cursar no supere los 120."
Y la disposición adicional cuarta del RD dice: "3. Quienes, estando en posesión de un título oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un título oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el artículo 13 del presente Real Decreto.
Los titulados a que se refiere el párrafo anterior podrán acceder, igualmente, a las enseñanzas oficiales de Máster sin necesidad de requisito adicional alguno, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17. En todo caso, las universidades, en el ámbito de su autonomía, podrán exigir formación adicional necesaria teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos derivados de las enseñanzas cursadas en los planes de estudios de origen y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas de Máster solicitadas."
Está nítidamente escrito, negro sobre blanco, ni hay contradicción alguna ni ninguna ambigüedad.
Ahora, un enfermero no podría acceder al MII porque los complementos de formación necesarios serían infinito, la formación adicional necesaria para la adecuación entre las competencias y los conocimientos del el plan de origen de enfermero y y los previstos en el plan de estudios de Master solicitadas no cabrían en 120 ECTS por lo que es imposible.