Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#250190
Buenas noches:

Es mi primera consulta en el foro y tengo una duda al respecto de como facturan los excesos.
Los contadores si no tengo mal entendido calculan la potencia consumida cada 15 minutos con una integración de la medida de dichos 15 minutos, bien, cuando la eléctrica pone que has excedido a X Kw basta con que solo hayas excedido una vez en 15 minutos durante un mes (o cualquier periodo de medida) esa media respecto a la Potencia contratada o es el total en el periodo a facturar, es decir, un mes???
Dudo que sea durante el mes ya que si es asi, siempre podrías contratar una potencia mucho menor de la realmente demandada sin pasar en el maximetro... pero también me parece una pasada que te cobren por el pico máximo que tengas en el mes.... aunque conociendo como funcionan las eléctricas y todo lo relativo a este mundo no me extrañaría. :mira

Voy a poner un equipo que me da la medida cuartohorario y me da la curva de demanda y quería saber interpretarla para ver si puedo bajar la potencia contratada, aunque eso la verdad creo que no vale la pena ya que el ahorro es pequeño, sobre todo si el asunto del maximetro funciona con el pico mayor, si te cambias a una potencia muy al límite te sale más caro el collar que el perro, aunque he leido que hay equipos que miden y pueden usar reles para cortar cargas...

Por favor si alguien me puede contestar con un ejemplo numerico, mejor, que mejor...

Gracias y seguro que nos vamos a oir de cuando en cuando, me parece un foro muy interesante respecto a lo visto hasta ahora, gracias al "quinto armonico"... :botando :botando
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#250233
Buenas tardes Cienaga, primero de todo deberías presentarte aquí: http://www.soloingenieria.net/foros/viewtopic.php?f=2&t=8826

Luego decirte que para saber como se facturan los excesos de potencia hay que saber primero de que tarifa estamos hablando. Si es una tarifa 3.0A o 3.1A se facturan de una forma y si es 6.X de otra.

La potencia para tarifas 3.0A y 3.1A se facturan de la siguiente manera:

Si Pdemandada < 85% Pcontratada entonces se factura el 85% de Pcontratada
Si Pdemandada está entre el 85% y el 105% de la potencia contratada, entonces se factura el valor registrado.
Si Pdemandada> 105% de la potencia, entonces Pfacturada = Pdemandada + 2*(Pdemandada-1,05*Pcontratada)

En el caso de las tarifas 6.X. se factura por un lado la potencia contratada y por otro los excesos de potencia. Estos excesos de potencia vienen dados en la curva cuartohoraria y para calcularlos mejor que ponerme por aquí a explicarlo, que sería un poco pesado... mirate el REAL DECRETO 1164/2001, hay se explica como se calculan todas las tarifas, aunque los períodos han cambiado y son los que vienen en ITC/2794/2007.

Espero haberte ayudado.
Felices Fiestas.
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#250273
Gracias, ya me he presentado, seguro que demasiado largo, pero para que me "comprendais" mejor :D

Las formulas y tarifas las tengo superclaras, (como decía soy autodidacta y me jartado de leer) pero no entiendo una cosa, que espero entender en el REAL DECRETO que me indicas, es que si por ejemplo yo contrato una potencia de 20Kw tarifa 3.0 y el patron de consumo diario es siempre el mismo y consume por ejemplo de 00:00 a 8 h 15Kw, de 8 a 17h 18 Kw, de 17 a 18 22Kw y de 18 a 00:00 16Kw, que se toma como potencia demandada, el pico máximo en todo el periodo del mes (es decir 22Kw) o se hace una media??.

Es decir, con un patron de consumo anual y con la medida real es posible bajar la tarifa?? tengo un primer caso con facturas que el maximetro es siempre cero, entonces si decido bajar la tarifa y empiza a ser distinto de cero, puedo hacer un pan con buenas tortas por la penalización, pero para ello necesito entender el concepto de potencia maxima o demandada.

Leo y si tengo dudas vuelvo, aunque si alguien es capaz de ponerme un ejemplo sencillo, agradecido. :amo

FELICES FIESTAS A TODOS :brindis
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#250312
Todo lo que dices es correcto. Pero el pico no es u pico instantáneo. Ha de tener una duración grande ya que las medidas, como has dicho, son integraciones de periodos cuartohorarios.

Es decir, que puedes tener un pico de 100 kW durante 1 minuto, pero si el resto del periodo demandas 10 kW, el maxímetro no marcará ni 100 ni 10, marcará el valor de la integral de la curva que representa la potencia en el eje de las Y y el tiempo en el de las X.
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#250318
Después de pegarme con los nenes (es lo que tiene la NAvidad) y leerme el real decreto por encima, entiendo que cada 15 minutos que te pases implica una cantidad en Euros que te clavan... eso al final se traduce en que te cobran por decirlo de alguna manera un exceso por cada 15 minutos que te pasas por encima del 105% de la contratada, cuantos más cuartoshorarios te pases más te cuartohorarios te penalizan y cuanto más te pases en cada cuartohorario, más te cuesta dicho cuartohorario...

Es asi más o menos verdad?? confirmarme por favor.

Gracias... y pense que manejaba las tarfias :oops:
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#250327
Muchas Gracias Valles,

Esa parte la tenía clara, en Teleco que es de donde vengo es algo muy habitual en las señales digitales a la hora de dar la potencia se integra en un ancho de banda, aqui en un tiempo..., lo que no tenía claro era que si pasabas una sola vez en esa media si ya en la factura se te cobraba como si hubieras pasado de dicho consumo todo el mes, y la clave esta en el real decreto, que calcula los extras de cada mes, cada 15 minutos, por decirlo de alguna forma...
Una vez visto el RD me ha quedado claro, por lo que esta claro que por la cuenta que me trae hay que mantener por debajo los consumos para evitar esas sangrantes penalizaciones quinceminuteras...

Entonces el riesgo de bajar la potencia contratada que finalmente ahorra poco al año por Kw que bajes en el contrato, no merece mucho la pena si no tomas medidas para bajar esos picos y puedes "aplanar" mucho el consumo para bajar una cantidad considerable la potencia contratada, contra el riesgo que tienes en aumentar la penalización global y te puede salir más caro el collar que el perro si no lo controlas bien... estoy en lo cierto??

Gracias, por iluminarme en este camino, ya voy viendo la luz al final del tunel... :cabezazo
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#250625
Si la tarifa es la 6.XA efectivamente cada vez que te pases te penalizan, si es la 3.1A ó 3.0A si en un cuarto de hora te has pasado por ejemplo de 20 kw contratada a 30 kw, en ese periodo ya puedes estar siempre a 30 kw que te van a penalizar lo mismo.
Saludos y felices fiestas.
por
#251100
Buenas a todos:

Efectivamente, tienes razñon, al leer con más atención el real decreto esta claro que es solo en las tarifas 6.x, por lo tanto lo que pensaba al principio que en cuanto pasas te la clavan es solo para las 3.0 y 3.1... bien apoyando siempre a los pequeños XD...

Gracias por todo.
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