¿Problemas al recargar con refrigerante R-22? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Aparatos, recipientes, etc. a presión, tratamiento y almacenamiento de aire comprimido, y plantas e instalaciones frigoríficas
por
#248266
Creo que es ilegal recargar de manera a como se hacía antiguamente con R-22, si hay una fuga... ¿Que peligros hay? ¿Que sabeis de los problemas del refrigerante R-22?

Saludos
Última edición por Etegus el 14 Dic 2010, 08:39, editado 1 vez en total
Avatar de Usuario
por
#248271
No es ilegal si es R-22 reciclado. El R-22 que no es reciclado está prohibido. Hay sustitutos directos e indirectos (con cambio de aceite).
Ahora si preguntas por los problemas técnicos, ninguno. El R-22 es un gas muy bueno.
:brindis
por
#248274
Gracias por la respuesta.

Sí, he visto el calendario y he visto que por la aplicación del Reglamento CE 2037/2000, hasta el 2015 es legal si se trata de R-22 (que es un hidrocarburo halogenado) reciclado, pero estaría prohibido si no lo es.

Mi duda es algo más concreta, ya que se trata de una cámara de conservación de frío para carne y alimentos, y no se si una fuga podría influir en la seguridad alimentaria.

Gracias de todos modos, a ver si alguien da una luz sobre el tema.
Avatar de Usuario
por
#248275
Creo que no, pero para más seguridad, mira la ficha de características de cualquier casa (dupont, gas servei,...).
En el RSIF vienen clasificados los gases con su nivel de peligrosidad y toxicidad. Ahí puedes verlo.
:brindis
por
#248303
Bueeeno... dos consideraciones...

a) sea o no sea ilegal, puedes encontrar en el mercado tanto r22 como quieras, nuevo, reciclado, hasta con puntillas y bodoques si lo quieres... Otra cosa es el precio...
b) aunque posible, es altamente improbable que tu fuga esté dentro de la cámara, debido a que es el lado de baja de la máquina. (a no ser que sea un picado o algo así).
por
#250908
Estimados colegas:
Tengo que informar,con mucho gusto, que el R.E. que regula las sustancias que Agotan la Capa de Ozono (SAO), se denomina
1.005/2.009. y es un refundido del 3037/2.000.

Que lo importante de ese R.E. es saber que :
+Queda prohibido terminentemente la puesta en el mercado de producto virgen VIRGEN para el mantenimiento de los equipos que contengan R-22, (cualquier HCFC), ya que para equipos nuevos está prohibido desde hace mucho tiempo.
+El R-22 se puede usar hasta el período que finaliza el 31 de diciembre de 2.014, siempre que el producto sea Reciclado y/ó Regenerado.
+Que se puede revender el producto Regenerado y no el Reciclado.

*Existen en la banca en España más de 45.000 toneladas de R-22 que funcionaen las instalaciones (mas del 55% contienen R-22) y es una gran oportunidad el uso del producto que ya existe para el mantenimiento directo de los equipos pequeños con lo que vamos sacando de los grandes para hacer la adaptación de los mismos a otros productos,..
operación denominada Internacionalmente Retrofit.
*Por el momento, desde la fecha 1º de enero de 2.010 que comenzó la prohibición, ha sido puesto en el mercado GRANDES CANTIDADES de producto que se ha vendido como Regenerado y os aseguro que era Virgen,en la mayor parte de los casos, etiquetado como Regenerado,...pero no hay Control del cumplimiento de las leyes, al menos hasta ahora.
*Obviamente,conforme se está acabando el producto disponible (legal ó no) el precio del mismo va en alza (cuestión de oferta/demanda).
Os ruego visitar el siguiente link que os puede aclarar lo que os comento, con relación al entendimiento de las leyes Eurpeas con relacción a las SAO y otras consideraciones sobre el 842/2.006 con relación a las sustancias fluoradas.

http://www.mma.es/portal/secciones/cali ... racion.htm

Con relacción a la posible influencia que pueda existir por fugas dentro de una cámara frigorífica,...os informo que el producto viene siendo utilizado desde hace muchos años con esas condiciones y que yo sepa, JAMÁS ,ha existido ninguna incompatibilidad con el uso de producto y no influye en las condiciones alimentarias del producto que esté dentro del recinto.
Otra cosa sería el límite admisible de exposición de la concentración de esas sustancias que puedan inflir negativamente a los operadores y esa está cifrada en 1000 ppms (concentración hasta la que se puede respirar toda la vida del profesional, sin que le pase nada), se llama AEL (limite admisible de exposición)

Saludos muy cordiales. fgutierrez
Avatar de Usuario
por
#251004
Me adhiero a lo dicho por fgutierrez :yep
por
#251028
Amigo y colega LuisM:
No estoy de acuerdo contigo en el mensaje que estás tratando de exponer...
Tampoco sé si relamente coneces que en la banca se pierden el 10% de lo que hay instalado por fugas, y por tanto, hay dos soluciones:
+Recuperas y Reciclas y/ó Regeneras lo que hay y así mantienes el resto de las instalaciones...
+Ó éste año no habrá disponibilidad de R-22 para que lo puedas adaquirir cuando tu quieras,...ni siquiera pagando precios desorbitados.
Es muy dificil que todavía éste año podamos disponer de otras 4.500 Toneladas para el mantenimiento de las instalaciones frigoríficas,..se precisarían 70.000 botellas de 60 Kg. acopiadas...¿crees que es posible?
Pues amigo,yo creo que NO, y eso dará problemas éste mismo año cuando disponemos de 4 mas, para usarlo legalmente, si lo Recuperamos de las instalaciones actuales...
Saludos cordiales. fgutierrez
por
#251036
Estoy de acuerdo en todo lo que expones, pero en el mercado haberlo, haylo. Y por mucho que digan, se sigue fabricando, como mínimo, donde se fabrica el 80% de lo que tengo delante de mis ojos ahora mismo...

Otra cosa es la legalidad, pero supongo que por lo menos la mitad de las empresas / domicilios con equipos de r22 tienen caja B, con lo que demuestran que la legalidad les importa tres pitos siete.

Por supuesto que es a extinguir y que yo me pongo erecto dejo una tarjetita cada vez que veo una mega instalación de r22... pero de ahí a que se cambie va un mundo. Hasta que no pasen los 4 años y empiecen a empurar a instalaciones que tengan equipos de r22 (que NO lo harán), pues como para cargarse la industria a multas estamos...

En otro orden de cosas, es como el halón en la extinción de incendios.

La eliminación se hará con el tiempo, por vejez natural y por que los equipos nuevos no pueden ser de r22, no por lo que cueste el gas.

Saludos,

Luis
por
#251042
Bueno LuisM:
A las pruebas me remito.
Respetando lo que dices, que está bien dicho, y por mucha ilegalidad ó leglidad que se pretenda,...hacen falta tantos Kg de producto que no será fácil...
A final de año hablamos de lo que ha podido pasar,y entoces ANALIZAMOS el tema. ésta es sólo mi opinión,que no es la mejor del mundo, pero está basada en la experiencia sobre los refrigerantes, y la refrigeración.
Saludos muy cordiales. fgutierrez.
por
#267664
Actualmente esta totalmente prohibido el R-22, hay que sustituirlo por ejemplo por el gas 427A.
Ahora mismo estan vendiendo R22 reciclado a unos precios desorbitados pero se estan comenzando a sustituir el R22 por el 427a
por
#268006
Estimado compañero:
Lo que está prohibido en el uso del R-22 es el producto "VIRGEN", y también está prohibido la reventa del producto R-22 como Reciclado (salvo que se coloque con servicio, por la empresa habilitada que hizo la Recuperación y el Reciclaje del producto),...sólo se puede revender el producto Regenerado...
Dá la casualidad que lo que hasta ahora,lo que se ha vendido en General, es producto Virgen como si fuera Regenerado y a precios de "escandalosa" especulación,...pero eso de que el producto "sustituto" sea el R-427 A, no es la mejor fórmula...
El R-427A es una mezcla de HFCs y por lo tanto es lo mismo que si pusieramos los "comodities" (como el R-404A ó el R-407C)... si no queremos limpiar los residuos de aceite MO, sólo que las presstaciones del R-427A son peores que las disponibles en los "comodities"..., y si limpiamos...¿por qué no colocas un Comodity, que tiene prestaciones mejores?
Por todo ello, creo que dispones de algún error en tu apreciación y te ruego consideres éste mensaje.
Saludos muy cordiales.fgutierrez
por
#298078
Refloto el tema por que he estado asesorando a una instalación.

Os comento: Hotel con sistema de expansión directa de r22. Tres máquinas, una por planta.
El instalador "listillo" le dice que el sustituto lo prohiben y que tiene que cambiar las máquinas.

Asunto, que el tema de las máquinas es lo de menos, el follon es las unidades interiores, que están encastradas en los falsos techos de las habitacioens. Es decir, matas una planta del hotel un mes por la jodida gracia.

Tras mucho consultar con los distintos fabricantes constato:

1.- Está todo el mundo con el mismo problema
2.- Los instaladores están caninos y los "menos" profesionales estan haciendo de asustaviejas
3.- La rumorologia dice que un fabricante de equipos que tambien hace coches y que empieza por M está desarrollando un equipo en el que solo se cambia la unidad exterior.
4.- El uso de R22 es perfectamente legal hasta 2015.
5.- Los retrofit con gas "compatible" estan siendo un fracaso, incluso los propios fabricantes los están desaconsejando.
6.- como dije en su dia, sea legal, ilegal o alegal, se puede conseguir todo el que se quiera. El precio ronda los 30 €/kg.

Con lo cual, y viendo la que está cayendo, mi recomendación al cliente (y amigo, antes de cliente) es que:
Quieto en la mata y R22.

Entre tanto, en 2014-2015, las máquinas estarán mas amortizadas (ya tienen unos añitos pero van perfectamente) y ya veremos que es lo que se hace.

Saludos.

Luis
Avatar de Usuario
por
#298082
Contenido
LuisM escribió:Quieto en la mata y R22.
Eso.. que ademas, le saldrá mas barato tu informe, que el cambio de equipos por parte del instalador :mrgreen:
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro