- 07 Ene 2011, 10:51
#251368
Buenas,
Estoy deacuerdo con "mapadon", ya que el que marca el reglamento a usar es la actividad:
RSCIEI: Artícuo 2 "Ámbito de Aplicación":[i] "El ámbito de aplicación de este reglamento son los establecimientos industriales. Se entenderán como tales:
a) Las industrias tales como se definen en el articulo 3.1 de la Ley 21/1992 de 16 de Julio (no es tu caso)
b) Los almacenamientos industriales. (tampoco creo que sea tu caso)
c) Los talleres de reparación y estacionamientos destinados al servicio de transporte de personas o mercancias (según comentas tampoco)
d) Servicios auxiliares... (tampoco)
La carga de fuego no creo que sea superior a 3 millones de MJ.
Luego aplicaras el CTE DB SI, pero según este, los aparcamientos cuando esten integrados en edificios de uso distinto a este, deben constituir un sector de incendios independiente con vestibulo de independencia y resistencia EI 120.
Saludos.