Informe Atribuciones ITI Naves (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#258399
Sigue habiendo algunos que no les gusta que los ITI´s firmen naves. :mira Hay que ver la sutileza normativa que emplea el que hace el siguiente informe sobre un proyecto de una nave firmadada por un ITI:

El informe se puede descargar aquí (buscar "Informe Julio 2010":
http://www.diputoledo.es/global/categor ... =113&f=113

Si quereís mandarle unas críticas a los que en el 2010 todavía no se han enterado de la fiesta, el Director del Departamento ese se llama Cristobal:

[email protected]
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#258420
La conclusión es impresionante:

Un Ingeniero Técnico Industrial no tiene competencia, a juicio de la informante,
para redactar el proyecto de construcción de una nave agrícola, aunque el uso
principal sea agropecuario, porque, en principio, carece de la especialidad profesional
y capacidad técnica necesaria, teniendo en cuenta que en el Plan de Estudios del título
académico habilitante no existe contenido docente directamente relacionado con
disciplinas de construcción.


Que tiemblen los propietarios de naves industriales para uso industrial proyectado por un ITI....
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#258435
hugo79 escribió:La conclusión es impresionante:

Un Ingeniero Técnico Industrial no tiene competencia, a juicio de la informante,
para redactar el proyecto de construcción de una nave agrícola, aunque el uso
principal sea agropecuario, porque, en principio, carece de la especialidad profesional
y capacidad técnica necesaria,


Que tiemblen los propietarios de naves industriales para uso industrial proyectado por un ITI....


Si el colegio de turno le hubiera metido una demanda judicial bien montada a titulo personal y otra a la diputación verias tu que pronto se acaban las gilipolleces. En un santiamén se acababan.
Ahora resulta que un chupatintas de una diputación es quien determina la competencia o no competencia de un ITI mecánico y además con un par escribe ".. teniendo en cuenta que en el Plan de Estudios del título académico habilitante no existe contenido docente directamente relacionado con disciplinas de construcción". No se que estudié yo con dos cursos de estrcuturas y un PFC ... :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo

Si la nave la hubiera presentado un arqui ¿alguien se hubiera planteado esto? No se donde vamos a llegar.
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#258440
Dice:"...no tiene competencia, a juicio de la informante..."
¿Qué competencias tiene que valorar? hay una L.O.E que lo dice...más le valía leersela....
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#258441
Solo su atrevimiento es más grande que su ignorancia, que un ITI mecánico que muy posiblemente sepa más de estructuras y cimentaciones que muchos arquitectos e ingenieros superiores, no tienen capacidad técnica, JAJAJAJA, pues entonces no se si se necesitara un ingeniero de caminos, que para mí son los que más saben de estructuras, para hacer una simple nave industrial, que le pregunte a los colegios profesionales y las escuelas de ingenierías, si quieren les pongo en contacto con el catedrático de estructuras de mi escuela y que les explique que las asignaturas que da en la superior es exactamente igual a la que da en la técnica.
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#258443
pakos escribió:pues entonces no se si se necesitara un ingeniero de caminos, que para mí son los que más saben de estructuras, para hacer una simple nave industrial.


Me temo que en una nave donde la parte de instalaciones o de proceso es dominante (p.ej. nave de fabricación de productos metálicos, transformación de productos químicos peligrosos, etc...) los ICCP poco podríamos hacer.
por
#258448
No es por levantar o crear asperezas, pero las naves de uso agrícola y/o ganaderas, tanto en rústico como en urbano, así como las agroalimentarias son de competencia estricta de los ingenieros técnicos agrícolas e ing. agrónomos, otra cosa es que en los SAU de cada ayuntamiento o comarca, donde prácticamente sólo hay arquitectos y algunos ITI o II, pase todo, hasta que actúan los respectivos colegios.
No se habla de la capacitación para la estructura, sino para el uso.
Una persona puede ser el mejor calculista de la historia, pero se quiere hacer su casa y se la tiene que firmar un arquitecto, no? a mi tb me parece absurdo esto, pero si después criticamos lo que va a salir de la Ley de Servicios Profesionales...
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#258453
jmedi escribió:No es por levantar o crear asperezas, pero las naves de uso agrícola y/o ganaderas, tanto en rústico como en urbano, así como las agroalimentarias son de competencia estricta de los ingenieros técnicos agrícolas e ing. agrónomos, otra cosa es que en los SAU de cada ayuntamiento o comarca, donde prácticamente sólo hay arquitectos y algunos ITI o II, pase todo, hasta que actúan los respectivos colegios.
No se habla de la capacitación para la estructura, sino para el uso.
Una persona puede ser el mejor calculista de la historia, pero se quiere hacer su casa y se la tiene que firmar un arquitecto, no? a mi tb me parece absurdo esto, pero si después criticamos lo que va a salir de la Ley de Servicios Profesionales...


.... hasta que llega el arqui listo de turno pone NAVE SIN USO ESPECIFICO y a apartarse todos. ¡Venga hombre, que una nave agricola es una nave diafana!

Por otra parte, mir a ver si subes algún papelito firmado por Juan Carlos o algún Consejero de comunidad autónoma y que sea de obligado cumplimiento donde ponga eso que dices.
por
#258457
Por eso he especificado el uso. Y sin ese uso, llégate a Agricultura de cualquier administración a ver qué dicen sobre dar de alta cualquier explotación o agroindustria
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#258466
LOE escribió:
Artículo 10. El proyectista.

..................

2. Son obligaciones del proyectista:

Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas.


Esas edificaciones del grupo b) del apartado 1) del artículo 2 son:

LOE escribió:Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

..........

b)Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.

.............


Mi caso, ITI mecánico: Asignaturas cursadas en relación con los proyectos de construcción de edificaciones:

Generales y troncales: Mecánica (9 créditos), Elasticidad y Resistencia de Materiales (9 créditos), Teoría de Estructuras y Construcciones industriales (9 créditos), Oficina Técnica (6 créditos)

Optativas: Estructuras de hormigón (9 créditos), Estructuras Metálicas (9 créditos), Topografía (4,5 créditos), Cimentaciones (6 créditos), Materiales de construcción (6 créditos), Proyecto de Instalaciones (4,5 créditos). Quizá me deje alguna en el tintero, hace ya algún tiempo de aquello.....

Mucho no se ha informado esta señora. Si pusiera en duda la atribución legal de un ITI para hacer el proyecto de actividad de una nave agrícola, le doy la razón. Si pone en duda la capacidad de un ITI para redactar el proyecto de construcción (que es lo que hace en el informe), se merece todos los insultos, y como ha dicho algún compañero, una demanda personal del colectivo a la responsable de ese informe.
por
#258468
Seguramente estaras sobradamente capacitado para diseñar una nave agricola. No me cabe la menor duda y no veo ninguna diferencia tecnica que impida que alguien que puede diseñar una nave diafana para uso industrial no lo sepa hacer para uso agricola.
Pero la ley es la ley y un ITI no puede firmar una nave agricola art10.2 de la LOE

"a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural."
Son exclusivos de los arquitectos

"b) Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación."
Pueden firmarlas los arquitectos y cada Ingeniero su especialidad.

Puede que sea injusto, que no se ajuste al 100% a los conocimientos de cada uno pero es la ley al dia de hoy.
por
#258473
blueberry escribió:Seguramente estaras sobradamente capacitado para diseñar una nave agricola. No me cabe la menor duda y no veo ninguna diferencia tecnica que impida que alguien que puede diseñar una nave diafana para uso industrial no lo sepa hacer para uso agricola.
Pero la ley es la ley y un ITI no puede firmar una nave agricola art10.2 de la LOE

"a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural."
Son exclusivos de los arquitectos

"b) Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación."
Pueden firmarlas los arquitectos y cada Ingeniero su especialidad.

Puede que sea injusto, que no se ajuste al 100% a los conocimientos de cada uno pero es la ley al dia de hoy.

En mi intervención anterior dije:
gonguma escribió: Si pusiera en duda la atribución legal de un ITI para hacer el proyecto de actividad de una nave agrícola, le doy la razón. Si pone en duda la capacidad de un ITI para redactar el proyecto de construcción (que es lo que hace en el informe), se merece todos los insultos, y como ha dicho algún compañero, una demanda personal del colectivo a la responsable de ese informe.

Vuelvo a repetir: Si se dijera que cada uno se dedique a su especialidad o rama profesional, puedo estar de acuerdo. Pero esta señora lo que dice claramente es que UN INGENIERO TÉCNICO (SEA CUÁL SEA SU RAMA Y/O ESPECIALIDAD) NO TIENE COMPETENCIAS PROFESIONALES PARA REDACTAR NINGÚN TIPO DE PROYECTO DE LOS INCLUÍDOS EN EL GRUPO B, lo cual es totalmente falso, ya que la LOE lo especifica claramente en el articulado:
gonguma escribió:
LOE escribió:
Artículo 10. El proyectista.

..................

2. Son obligaciones del proyectista:

Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas.
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#258482
jmedi escribió:Por eso he especificado el uso. Y sin ese uso, llégate a Agricultura de cualquier administración a ver qué dicen sobre dar de alta cualquier explotación o agroindustria


Eso no es proyectar la construcción de una nave agrícola, sino autorizar la actividad de un uso agrícola o ganadero. Uso no es construcción.
por
#258490
Vamos a ver... con todos los respetos. Que yo no le doy la razón a esa señora. Los ITI pueden firmar proyectos de construcción de naves (siempre que sean industriales) al igual que los Ingenieros Agrónomos pueden firmar naves agricolas.

No subas de tipografia solo la parte del artículo que te interesa.pillín.

"b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas."

En la comunidad de Madrid el colegio de Ingenieros Agricolas esta intentando impugnar licencias de obra concedidas que no sean firmadas por sus técnicos. Manda cartas a los servicios legales del Ayuntamiento amenazando con que se están dando licencias ilegales, etc. .Te hablo por experiencia propia, en nuestro estudio nos ha pasado. Al final si el Ayuntamiento se planta quedan en nada. Pero a algún técnico municipal le meten el miedo en el cuerpo.
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#258498
:alarma :alarma :alarma Tirando un poco del hilo este, me encuentro en la misma página otro informe, pero este mejor

http://www.diputoledo.es/global/ver_pdf.php?id=5059

En la larga exposición de disparates, mezcla de normativas, contradicciones, falta de rigor técnico, etc. uno se pregunta como es posible que semejantes personas puedan asorar así a un ayuntamiento; ¿como una diputación puede permitir que semejantes informes bajo el sello de "la informante" se alojen públicamente?.

:partiendo2 :partiendo2 Según "la informante" :

"Los Técnicos de Grado Medio no tienen capacidad para hacer proyectos que requieran cálculos de cimentación o gravitación de pesos". Habría que preguntarle a la misteriosa informante haber de entre los cientos de proyectos de naves firmadas por técnicos de grado medio si es que no llevan cálculos de cimentaciones.

Pero la que se lleva la palma es la recomendación de la informante al ayuntamiento que si le llega un proyecto de una nave firmado por Ingeniero Técnico que vaya a preguntar al Colegio de Ingenieros Industriales. De paso también se podría contravisar en plan UTE Colegial a tres bandas Arquitectos-Ingenieros Industriales-Ingenieros de Caminos a ver si "la Informanta" le vale así lo de la gravitación de pesos. Este país sigue funcionando así, unos currando y visando proyectos en precario, con las horas de Ingeniería contadas y otros soltando "chorrada va, chorrada viene". Lo que decía por ahí alguién, una denuncia en condiciones quita las ganas de enredar a esta gente.

P.D.: Bueno, como hoy tenía algo de tiempo libre, al final le he mandado un correo al del Departamento haber si pone algo de ordén en el festival que tiene montado "Maripili y sus colegas del Show Jurídico de la Diputación de Toledo".
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