por James
- 26 May 2011, 17:33

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Perfil básico de usuario
- 26 May 2011, 17:33
#270336
Hola a todos,
hace tiempo que no me pasaba por aquí, pues la faena...ya se sabe...poca cosa.
La cuestión es que ando liado con el tema de la iluminación. Es decir, con el cumplimiento del Decreto 82/2005 de desarrollo de la Ley 6/2001 de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.
En resumidas cuentas, me piden que justifique el cumplimiento de los valores establecidos por dicho reglamento para la iluminación exterior de una industria. Se trata, por tanto, de la iluminación exterior del patio interior de la nave.
Yo es la primera vez que me pongo con el tema, así que ando dándoles vueltas al programa DIALUX (es que me han dicho que me deje de fórmulas y vaya al grano con el tema, que para lo que nos van a pagar...). He conseguido situar las luminarias en sus respectivas alturas e inclinaciones. También me importé el catálogo de la marca de las luces. Y he conseguido, importando el DWG, acoplar el escerario al perímetro del patio.
El tema es que le estoy echándole un vistazo a los resultados y veo que me aparece al final el grado de deslumbramiento (GR) en función de la posición de la persona (perdón, este dato también lo introduje). Claro, por lo que he podido saber a través del foro, el GR se aplica a exteriores y el UGR es para interiores, o algo así, ya nos entendemos. Pero resulta que los datos que me dá los tengo que cotejar con los que me aparecen en la tabla 4 del anexo del citado reglamento, y que dicen que para diferentes alturas de las luminarias hay unos máximos de deslumbramiento.
¿Alguien me puede orientar un poco? No se bien que es esto exactamente. Los datos que me dá el programa son del orden de 25 min 48 max, en cambio la tabla habla de 4000, 5500 y 7000. No sé si es un tema de unidades o más bien de que no he entendido nada.
Gracias companys!
hace tiempo que no me pasaba por aquí, pues la faena...ya se sabe...poca cosa.
La cuestión es que ando liado con el tema de la iluminación. Es decir, con el cumplimiento del Decreto 82/2005 de desarrollo de la Ley 6/2001 de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.
En resumidas cuentas, me piden que justifique el cumplimiento de los valores establecidos por dicho reglamento para la iluminación exterior de una industria. Se trata, por tanto, de la iluminación exterior del patio interior de la nave.
Yo es la primera vez que me pongo con el tema, así que ando dándoles vueltas al programa DIALUX (es que me han dicho que me deje de fórmulas y vaya al grano con el tema, que para lo que nos van a pagar...). He conseguido situar las luminarias en sus respectivas alturas e inclinaciones. También me importé el catálogo de la marca de las luces. Y he conseguido, importando el DWG, acoplar el escerario al perímetro del patio.
El tema es que le estoy echándole un vistazo a los resultados y veo que me aparece al final el grado de deslumbramiento (GR) en función de la posición de la persona (perdón, este dato también lo introduje). Claro, por lo que he podido saber a través del foro, el GR se aplica a exteriores y el UGR es para interiores, o algo así, ya nos entendemos. Pero resulta que los datos que me dá los tengo que cotejar con los que me aparecen en la tabla 4 del anexo del citado reglamento, y que dicen que para diferentes alturas de las luminarias hay unos máximos de deslumbramiento.
¿Alguien me puede orientar un poco? No se bien que es esto exactamente. Los datos que me dá el programa son del orden de 25 min 48 max, en cambio la tabla habla de 4000, 5500 y 7000. No sé si es un tema de unidades o más bien de que no he entendido nada.
Gracias companys!