Piso de alquiler con potencia fija en boletín (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#271772
Estas cosas pueden conmigo.... :ko :ko :moil :moil :moil :moil :moil :moil
Vas a Industria presentas un escrito con el tema y que te lo registren.
Con ese registro, te vas a consumo y registras una nueva denuncia y con ambas dos, te vas a la oficinita donde está el pardal que no te deja contratar menos de 9.2 y se lo tiras a los morros. Le dices que lo próximo es Bruselas....
Asco de incompetentes, inútiles y berzas que pagamos todos....Imagen

Potencia a instalar no es potencia a contratar. Será BURRO el tío....
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#271785
MAZINGER escribió:Potencia a instalar no es potencia a contratar. Será BURRO el tío....
me da que no es el "animal" adecuado... mas bien lo asimilaría a macho cabrio, adulto... ...

Es que no termino de asimilar, que el pollo ese no distinga ambos términos.. o que no se haya encontrado con el asunto antes... esto huele a coacción barata.. :cabezazo
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#271787
Cueli escribió:
MAZINGER escribió:Potencia a instalar no es potencia a contratar. Será BURRO el tío....
me da que ese termino no es el adecuado... mas bien lo asimilaría a macho cabrio, adulto... ...

Es que no termino de asimilar, que el pollo ese no distinga ambos términos.. o que no se haya encontrado con el asunto antes... esto huele a coacción barata.. :cabezazo


El problema no es que sea el pollo, es que somos 100 vecinos (es un bloque de VPO nuevas) y a todos los vecinos que han llamado les han dicho que solo pueden contratar 9,2kW que es lo que pone en el boletín, los que han contratado más les han cancelado el alta y los que han ido al punto de servicio tres cuartos de lo mismo.
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#271795
tedi escribió:
Cueli escribió:
MAZINGER escribió:Potencia a instalar no es potencia a contratar. Será BURRO el tío....
me da que ese termino no es el adecuado... mas bien lo asimilaría a macho cabrio, adulto... ...

Es que no termino de asimilar, que el pollo ese no distinga ambos términos.. o que no se haya encontrado con el asunto antes... esto huele a coacción barata.. :cabezazo


El problema no es que sea el pollo, es que somos 100 vecinos (es un bloque de VPO nuevas) y a todos los vecinos que han llamado les han dicho que solo pueden contratar 9,2kW que es lo que pone en el boletín, los que han contratado más les han cancelado el alta y los que han ido al punto de servicio tres cuartos de lo mismo.
Por eso creo que es una coacción, que no termino de comprender...

Es seguro, que contrato, puedes hacerlo -HASTA- el máximo del boletín, pero por debajo de eso, cualquiera de los escalones, como se ha dicho...

También me da mala espina le asunto.. algo raro hay, algún acuerdo previo por ahí que desconoces... pero no alcanzo a intuir que puede ser, la verdad...
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#271802
Yo empiezmo a pensar que alguien se lleva comisión de por medio. Cada vez que he intentado hacer el alta por Internet todos los agentes me han puesto mil pegas (obvio que se llevan comisión de alta) y en el punto de servicio, además de cancelarme el alta me han dicho que no existe discriminación horaria para <10kW, le he comentado que entonces incurren en publicidad engañosa a través de su web a lo que me ha respondido que bueno, quizás se pueda, pero que es una tonteria y a mi no me sale a cuenta, que solo es para empresas y que yo no voy a poner mis electrodomésticos en ese horario. Le comento que no se preocupe, que ya los programo para que se pongan en marcha a media mañana y me responde que entonces voy a molestar a los vecinos y que al final me va a salir más cara la factura.
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#271828
tedi escribió:Yo empiezmo a pensar que alguien se lleva comisión de por medio. Cada vez que he intentado hacer el alta por Internet todos los agentes me han puesto mil pegas (obvio que se llevan comisión de alta) y en el punto de servicio, además de cancelarme el alta me han dicho que no existe discriminación horaria para <10kW, le he comentado que entonces incurren en publicidad engañosa a través de su web a lo que me ha respondido que bueno, quizás se pueda, pero que es una tonteria y a mi no me sale a cuenta, que solo es para empresas y que yo no voy a poner mis electrodomésticos en ese horario. Le comento que no se preocupe, que ya los programo para que se pongan en marcha a media mañana y me responde que entonces voy a molestar a los vecinos y que al final me va a salir más cara la factura.

´Claro, hombre, que te digan que zapatos te pones hoy tambien....
Pero ¿eso que estas contando es tal cual? ABUSO con todas las letras, eso me parece ABUSO de POSICION DOMINANTE.
:nono
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#271942
Pregunta:
En este caso: ¿puede el usuario pedir a la compañía de turno que vale, ningún problema, que como no acceden a tu petición decides cancelar el servicio y contratas con otra comercializadora que sí te limite la potencia?


El contador, ¿te lo pueden retirar? (¿es que no es de la compañía distribuidora, que no tiene porqué coincidir con la comercializadora?).


(Yo es que estoy más familiarizado con la industria, y puedo contratar lo que me salga en gana siempre que esté por debajo de lo indicado en el boletín y proyectos y también debajo de lo admitido por la distribuidora en ese punto de suministro, y me cambio de comercializadora cada pocos años).
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#271944
Más noticias al respecto.
- Hablé con Industria, que me derivó a Consumo de la Generalitat.
- Hablé con Cosumo de la Generalitat, que me derivó a Energia de la Generalitat.
- Hablé con Energia de la Generalitat, que me derivó al ECA.
- Hablé con el ECA, que me derivó al punto de servicio de Endesa.

Como no me fio del punto de servicio de Endesa, insistí al ECA, que no supo darme una respuesta, pero quedamos en que buscarian a alguien que sepa de que va el tema y mañana volveré a llamarles.

Total, que parece ser que aquí los únicos que conocen las regulaciones son los de Endesa, que por otro lado no resultan muy transparentes. ¿Habéis mirado otras compañias? Yo envié una consulta a Iberdrola y eOn hace dos dias, pero nadie me ha respondido.
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#271958
tedi escribió:Más noticias al respecto.
- Hablé con Industria, que me derivó a Consumo de la Generalitat.
- Hablé con Cosumo de la Generalitat, que me derivó a Energia de la Generalitat.
- Hablé con Energia de la Generalitat, que me derivó al ECA.
- Hablé con el ECA, que me derivó al punto de servicio de Endesa.

Como no me fio del punto de servicio de Endesa, insistí al ECA, que no supo darme una respuesta, pero quedamos en que buscarian a alguien que sepa de que va el tema y mañana volveré a llamarles.

Total, que parece ser que aquí los únicos que conocen las regulaciones son los de Endesa, que por otro lado no resultan muy transparentes. ¿Habéis mirado otras compañias? Yo envié una consulta a Iberdrola y eOn hace dos dias, pero nadie me ha respondido.


las regulaciones de que te hablamos estan en el BOE. osea que te han capoteado...
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#271965
Tedi, hazme caso, que las llamadas de tfno no sirves de res....
Registro de entrada.Registro de entrada.Registro de entrada.Registro de entrada.

Eso y solo eso...
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#271972
El problema es que no encuentro en ningun lugar del BOE donde indica que puedo contratar una potencia inferior sin hacer otro boletin. Alguien tiene idea sobre como encontrarlo?
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#271979
un adelanto

rd 1955

TÍTULO VI
Suministro
CAPÍTULO I
Contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes. Suspensión del suministro.
Equipos de medida
SECCIÓN I. CONTRATOS DE SUMINISTRO A TARIFA Y DE ACCESO A LAS REDES
Artículo 79. Condiciones generales.
REAL DECRETO 1955/2000 Página 31
http://www.coitiab.es/reglamentos/elect ... 955_00.htm 29/09/2010 18:32:28
1. A los efectos del presente Real Decreto se define el suministro de energía eléctrica como la entrega de energía a través de las redes
de transporte y distribución mediante contraprestación económica en las condiciones de regularidad y calidad que resulten exigibles.
2. El suministro se podrá realizar:
a. Mediante contratos de suministro a tarifa.
b. Mediante la libre contratación de la energía y el correspondiente contrato de acceso a las redes.
3. El contrato de suministro es personal, y su titular deberá ser el efectivo usuario de la energía, que no podrá utilizarla en lugar distinto
para el que fue contratada, ni cederla, ni venderla a terceros.
Se exceptúan de estas limitaciones las empresas distribuidoras a las que sea de aplicación la disposición transitoria undécima de la
Ley 54/1997, y aquellos otros sujetos que lo vinieran realizando con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 54/1997, siempre y
cuando estuvieran autorizados por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía.
4. La contratación del suministro a tarifa y del acceso a las redes se formalizará con los distribuidores mediante la suscripción de un
contrato. El Ministerio de Economía elaborará contratos tipo de suministro y de acceso a las redes.
Sin perjuicio de que la normativa vigente pueda considerar otros plazos para suministros específicos, la duración de los contratos de
suministro a tarifa y de acceso a las redes será anual y se prorrogará tácitamente por plazos iguales. No obstante lo anterior, el
consumidor podrá resolverlo antes de dicho plazo, siempre que lo comunique fehacientemente a la empresa distribuidora con una
anticipación mínima de cinco días hábiles a la fecha en que desee la baja del suministro, todo ello sin perjuicio de las condiciones
económicas que resulten en aplicación de la normativa tarifaria vigente.
5. El consumidor tendrá derecho a elegir la tarifa que estime conveniente, entre las oficialmente aprobadas, teniendo en cuenta las
tensiones de las redes disponibles en la zona de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del presente Real Decreto, así como la
potencia que desea contratar entre las resultantes de aplicar las intensidades normalizadas para los aparatos de control que se vayan
a emplear.


lo puedes sacar

http://www.coitiab.es/reglamentos/elect ... 955_00.htm

ahi tienes la libertad de eleccion, falta encontrar lo de con el mismo boletin pero de esta reglado lo esta....
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#272010
Me sorprende como llevais el hilo los veteranos y de que os extrañais. No tengo experiencia con Endesa a nivel de contratación pero que las eléctricas actúen así es de lo mas normal. Eso que se expone en el hilo, cientos como eso y lo que querais. Se aprovechan de su monopolio natural, de la buena fe de la gente con políticas que rayan el terrorismo comercial con la connivencia de los ST de Industria, del Ministerio y del Papa de Roma si es preciso y nadie pone orden en el tema.

El otro dia sin ir mas lejos (esta vez con los Ibertrolos) contrato de pozo de riego a 3x230 V del año catapum, llamo para bajar un calibre el ICP y optimizar la contratación ya que había algo de exceso de potencia contratada. Respuesta de la pava del SAC: "para bajar la potencia hay que pasar a 3x400 V con los gastos a cargo del cliente", repuesto de la estupidez tiro de 1955, del REBT y de lo que hizo falta. Ni por esas, acabé colgándole no sin antes mentarle a grito pelado a la madre del Sanchez Galán, y después a pasar por gilipollas para explicarle al cliente que no puede bajar la potencia si no cambia la bomba y la mitad del cuadro para ahorrarse 20 euros al mes o la otra opción era denunciar el tema ante los STI. Obviamente no se lo creyó.

En el caso que nos ocupa estoy seguro que Endesa sabe que no puede hacer lo que hace, pero lo hace y también estoy seguro que la alta dirección conoce estas políticas ilegales pero les importa un pito porque aqui no pasa nunca nada. El dia que el Consejero Delegado de una eléctrica salga esposado de la central para tener que dar explicaciones a un juez por una denuncia hecha a mano en papel de envolver el bocata por un ciudadano de a pie, verás tu que pronto se acaban los abusos. En cinco minutos que se acaban.

Mientras amigo, a luchar, patalear, papeles, registros y el copón bendito si hace falta. No queda otra.

La verdad es que después de tantos años, estos hilos todavía me causan rabia y tristeza.
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#272018
otra opcion como diria cierto amigo del foro es enterarse si en Endesa tienen motos y aplicar motopiroterapia
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