Vestíbulos Previos a salidas directas y escaleras El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#278101
unomenos escribió:En ese dibujo te sobra un vestíbulo.

Si necesitas un vestíbulo de independencia, puede ser común al ascensor y a la escalera.

Si la escalera es especialmente protegida, sí, el vestíbulo ha de estar protegido contra el humo, ya sea por ventilación natural (conductos o ventana) o con un sistema de presión diferencial (sobrepresión).

Hola unomenos,

pues esto que pone en el DB-SI(propagacion interior), me dejó en duda, por eso añadí dicho vestibulo:
4 Las escaleras y los ascensores que comuniquen sectores de incendio diferentes o bien zonas de riesgo especial con el resto del edificio estarán compartimentados conforme a lo que se establece en el punto 3 anterior. Los ascensores dispondrán en cada acceso, o bien de puertas E 30(*) o bien de un vestíbulo de independencia con una puerta EI2 30-C5, excepto en zonas de riesgo especial o de uso Aparcamiento, en las que se debe disponer siempre el citado vestíbulo. Cuando, considerando dos sectores, el más bajo sea un sector de riesgo mínimo, o bien si no lo es se opte por disponer en él tanto una puerta EI2 30-C5 de acceso al vestíbulo de independencia del ascensor, como una puerta E 30 de acceso al ascensor, en el sector más alto no se precisa ninguna de dichas medidas.

no me aclaro con esto ultimo y lo de sector de riesgo minimo...

en lo referente a la ventilacion, me habian comentado que era mejor ventilar mecanicamente para hacer sobrepresion. Aunque si quito dicho vestibulo, donde dudaba de meter ventana o sobrepresion, eso queda descartado..jeje, en todo caso seria meter sobrepresion en el vestibulo que comparte ascensor.

:amo

Muchas Gracias

saludos
por
#278164
Creo que ya he visto lo que querias decir, unomenos, he dado con el DB-SI con los comentarios de Fomento, y dice esto:

Compartimentación de ascensores que comunican sectores de incendio diferentes

El vestíbulo de independencia de acceso al ascensor puede ser, simultaneamente, el de una escalera especialmente protegida (única función que obligaría a que tuviese control de humos) el exigible en la comunicación entre una zona de uso aparcamiento y cualquier otro uso o bien el interpuesto entre dos o más sectores de incendio.

Cuando las puertas de acceso al ascensor estén situadas, en todas las plantas, en el recinto de una escalera compartimentada como los sectores de incendios o en el recinto de una escalera protegida, dichas puertas quedan suficientemente protegidas frente al riesgo de propagación ascendente, por lo que en tales casos no se precisa aplicar ninguna de las alternativas establecidas en el punto 4.


pues eso, con esto decir que queda descartado dicho vestibulo, y resuelta la duda al fin :eaea

saludos
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro