calificación pista de padel cubierta El tema está resuelto (Valoración de 4.50 sobre 5, resultante de 2 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#292460
Hola. Tengo un caso, a ver como lo veis vosotros.

Se quiere montar dos pistas de padel en una nave industrial. Yo considero que aunque esté ubicado en un edificio industrial, la actividad no lo es y por tanto en lo que se refiere a la instalación de protección contra incendios habría que regirse por el CTE. La nave tiene 800 m2, y la idea es alquilar las pistas por horas, pero sin presencia de público, no irian gradas ni nada parecido. En principio yo pienso que para desarrollar el DB-SI 4, el local se debería clasificar como uso pública concurrencia, con lo que al tener mas de 500 m2 se debe instalar BIEs.

El caso está en que la ocupación máxima será de 9 personas (trabajador del local + 8 jugadores). ¿Habría alguna manera para evitar la colocación de las BIEs? ¿Si fuese de uso privado solo para socios cambiaría la cosa en algo?.
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#292463
Además de lo que ya se comentó en viewtopic.php?f=8&t=35085&p=275424&hilit=padel#p275424 , aunque el tema al final acabo derivando hacia "publica concurrencia" pero en lo que respecta a REBT...

Hagamos la pregunta al revés... si no es pública concurrencia, ¿qué uso le pondrías a tu actividad?
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#292497
Carlos, había visto el tema que tu has referenciado, pero como bien dices, mas bien va por el REBT.

Contestando a tu pregunta, como he puesto en mi primer post yo pienso que es uso del local sería pública concurrencia.

El tema está en que el muchacho ha alquilado la nave y cuando me ha llamado a mi para preparar la documentación para la licencia de apertura, ya ha pintado, ha arreglado la cubierta, casi tiene terminada la oficina y los vestuarios (sin aseo previsto para minusválidos). Así que cuando le conté todo lo que debía montar, casi se me echa a llorar, ya que no contaba con:

- Tener que poner placas solares, al haber realizado la instalación de fontanería totalmente nueva.
- No poder aprovechar la instalación eléctrica que había en la nave, ya que ahora es local de pública concurrencia y los hilos no cumplen con la ITC-BT 28.
- Por superficie, al considerarlo local de pública concurrencia, tendrá que instalar BIEs, con el consiguiente aljibe y grupo de bombas.

La verdad que me ha dejado muy preocupado al ver la cara que se le quedó y los comentarios que me hizo, y por ello mi consulta para ver de que manera podría salir mejor parado el muchacho, a ver si se puede enfocar esto de manera diferente a como la veo yo, si por ejemplo poniéndolo como club privado pudiese haber algún cambio en la reglamentación.
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#292502
Entiendo la preocupación del cliente, pero solo hasta cierto punto, ya que ni se molesto en contactar con un ingeniero de mano, ni pedir licencia de obra (¿le van a dar licencia de apertura sin licencia de obra previa?), ni nada más que hacer lo más barato posible y según su propio criterio.

Creo que deberías verlo desde tu propio interés. Eres tu el que legalizas y firmas... y aunque ahora te diga que allí solo va a haber 4 gatos... ¿alguien te puede garantizar que dentro de un par de meses no se le ocurra hacer un torneito de padel alli? ¿alguien te puede garantizar que suele jueguen socios? No.

Es local de pública concurrencia, con todas las consecuencias. Lo único que valoraría sería reducir la densidad de ocupación... aunque el propio CTE pone muchos reparos a ello, salvo que haya otra que se ajuste mejor a tu actividad. Pero lo de la BIE y demás... en mi opinión es inevitable.
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#292505
ernesthum74 escribió:Se quiere montar dos pistas de padel en una nave industrial. Yo considero que aunque esté ubicado en un edificio industrial, la actividad no lo es y por tanto en lo que se refiere a la instalación de protección contra incendios habría que regirse por el CTE. La nave tiene 800 m2, y la idea es alquilar las pistas por horas, pero sin presencia de público, no irian gradas ni nada parecido. En principio yo pienso que para desarrollar el DB-SI 4, el local se debería clasificar como uso pública concurrencia, con lo que al tener mas de 500 m2 se debe instalar BIEs.


Pública concurrencia, sin duda.

ernesthum74 escribió:El caso está en que la ocupación máxima será de 9 personas (trabajador del local + 8 jugadores).


Incorrecto. Habrá momentos en los que se juntarán, los jugadores en la pista y los que van a entrar a jugar en cuanto acaben los otros, por no hablar de que puede que se lleven acompañantes que los mirarán mientras juegan.

ernesthum74 escribió:¿Habría alguna manera para evitar la colocación de las BIEs? ¿Si fuese de uso privado solo para socios cambiaría la cosa en algo?.


Lo del uso para socios no afecta para nada a la dotación de BIE's. Como mucho podrías realizar una justificación en función del riesgo de la actividad y que el técnico municipal la acepte/se la crea.
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#292604
Carlos, Unomenos, muchas gracias por vuestras intervenciones que han reforzado aún mas mis pensamientos iniciales.

Tras confirmarle todo lo que debía realizar para cumplir la reglamentación, ha hecho lo mas sensato en su situación, retirarse perdiendo lo que hasta ahora llevaba hecho (no era mucho) sin meterse en mas lios de los que le hubiese sido muy complicado salir. De hecho el día después de mi visita, le iban a montar las pistas, cosa que pudimos evitar tras ver las instalaciones y el desembolso económico que tenía que hacer.

Lo bueno de todo esto es que ha aprendido la lección y el mismo reconoció que le ha pillado de novato y que lo primero que debería haber hecho es consultar antes de iniciar nada. Por desgracia esto suele pasar casi siempre, lo que debe ser primero se deja para el final, además con prisas y que venga el técnico a comerse un poco el marrón y a realizar remiendos. Pero bueno, a ver si poco a poco se impone la consulta técnica como primer paso................ algún día :rolleyes
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#292605
ernesthum74 escribió:Lo bueno de todo esto es que ha aprendido la lección y el mismo reconoció que le ha pillado de novato y que lo primero que debería haber hecho es consultar antes de iniciar nada. Por desgracia esto suele pasar casi siempre, lo que debe ser primero se deja para el final, además con prisas y que venga el técnico a comerse un poco el marrón y a realizar remiendos. Pero bueno, a ver si poco a poco se impone la consulta técnica como primer paso................ algún día :rolleyes


¡Caramba!

Felicidades, tanto por tu intervención en el asunto como por los arrestos del cliente para ser capaz de decir que no. Otros no se hubiera amilanado por cosas como la "legalidad".
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#292623
ernesthum74 escribió:Carlos, Unomenos, muchas gracias por vuestras intervenciones que han reforzado aún mas mis pensamientos iniciales.

Tras confirmarle todo lo que debía realizar para cumplir la reglamentación, ha hecho lo mas sensato en su situación, retirarse perdiendo lo que hasta ahora llevaba hecho (no era mucho) sin meterse en mas lios de los que le hubiese sido muy complicado salir. De hecho el día después de mi visita, le iban a montar las pistas, cosa que pudimos evitar tras ver las instalaciones y el desembolso económico que tenía que hacer.

Lo bueno de todo esto es que ha aprendido la lección y el mismo reconoció que le ha pillado de novato y que lo primero que debería haber hecho es consultar antes de iniciar nada. Por desgracia esto suele pasar casi siempre, lo que debe ser primero se deja para el final, además con prisas y que venga el técnico a comerse un poco el marrón y a realizar remiendos. Pero bueno, a ver si poco a poco se impone la consulta técnica como primer paso................ algún día :rolleyes


¿Y al final no va a hacer la obra? ¿has perdido el encargo?

En todo caso... es una alegría ver como el sentido común se impone, pero si además es contratando a un Ingeniero (en este caso tú) mejor que mejor...

Un saludo
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#292639
No, al final no sigue con la obra y yo he perdido el encargo.

La verdad que el hombre se ha tirado al ruedo sin pensar y sin sopesar las consecuencias, todavía no se como se animó a meterse en ese berenjenal. Con lo que el creia que se debía realizar (unos vestuarios, una oficina, montar las pistas y a correr) ya iba bastante apurado. Invertir todo lo que tendría que invertir para cumplir la reglamentación, para solo montar dos pistas, no se cuando iba a recuperar la inversión.

La situación en la actualidad no está muy boyante en cuanto a proyectos, así que todo trabajo es bienvenido, pero aunque haya perdido el encargo, en esta ocasión me siento hasta bien. La cara del muchacho y del padre de verdad que era un poema, le faltó un pelo para echarse a llorar delante mia. Por lo menos llegamos a tiempo de que no se liara bien liado.
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#296298
Hola:
quería dejar un apunte sobre este tema (aunque puede que ya sea tarde para el cliente de ernesthum74 pero puede servir para otros compañeros):
En estos casos de pistas de pádel sin público, me parece que se podría intentar justificar que el uso del DB-SI no es el de pública concurrencia, primero porque en la definición parece que se está refiriendo a estadios y similares, y segundo porque son recintos en que en su uso normal (autorizado) no van a tener gran afluencia de público. Yo propondría considerar el uso administrativo, en base al segundo párrafo de la definición de uso administrativo, aunque claro, esto requeriría una justificación más completa y detallada.
Esto además eximiría de considerarlo como pública concurrencia a efectos del REBT, porque la ocupación va a ser menor de 50 personas.
Y además, ¿qué sentido tiene exigir una red de BIEs en una actividad totalmente inocua y con una ocupación reducidísima?

El problema de esta interpretación es que creo que hubo una sentencia judicial que anuló las definiciones del DB-SI del uso pública concurrencia y del uso administrativo, sin que se haya sacada nada nuevo para sustituirlas, aunque esto puede ser tanto un problema como una ventaja de cara a la justificación del uso.

Aunque siempre el problema principal sería convencer al técnico municipal correspondiente ...
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#296302
Al final, para variar, todo va a quedar a merced del que interprete la norma y tenga la sarten cogida por el mango... es decir, el técnico municipal.

Yo, como técnico que proyecta una instalación de este tipo, siempre intentaría llevar al cliente por la senda de la legalidad, y no cerrarle puertas a su actividad, siempre y cuando quiera llevar a cabo una inversión. No obstante, si su deseo es una licencia de actividad, limitada al alquiler de 4 pistas EXCLUSIVAMENTE, y sólo a socios, sin torneos ni nada más, podría "colar"... pero también habría que ver la distribución que se le da a la nave y a los propios accesos... ya que podría cantar esa "actividad oculta" que intentamos evitar... la de los torneos.
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#296320
Carlos_Asturies escribió:Al final, para variar, todo va a quedar a merced del que interprete la norma y tenga la sarten cogida por el mango... es decir, el técnico municipal.

Yo, como técnico que proyecta una instalación de este tipo, siempre intentaría llevar al cliente por la senda de la legalidad, y no cerrarle puertas a su actividad, siempre y cuando quiera llevar a cabo una inversión. No obstante, si su deseo es una licencia de actividad, limitada al alquiler de 4 pistas EXCLUSIVAMENTE, y sólo a socios, sin torneos ni nada más, podría "colar"... pero también habría que ver la distribución que se le da a la nave y a los propios accesos... ya que podría cantar esa "actividad oculta" que intentamos evitar... la de los torneos.


Hola Carlos

Y como técnico municipal que le contestarías ..............................

saludos
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#296323
Buenas Tama!

Si me pusiera en la piel del técnico municipal, entre otras cosas, valoraría la distribución, y el "riesgo" de que el titular de la actividad me la quiera meter doblada con el tema de los torneos...

Si la práctica totalidad de la superficie de la nave está ocupada por las propias pistas de padel, los pasillos "justos y necesarios" para el acceso a las mismas y unos vestuarios con capacidad normal para el numero de pistas, siendo necesario pasar por los vestuarios para acceder a las pistas... podría aceptar la justificación de que no se trata de un local de pública concurrencia, y exclusivamente para uso por alquiler o por socios.

Otro punto a favor del titular para aceptar su solucion, sería por ejemplo, que todos los cerramientos de las pistas se ejecutaran con muros ciegos (sin los clásicos ventanales de las pistas de padel).

¿Que opinas?
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#296327
Si que nadie me haya dado vela....

Yo lo que opino es que una reglamentación absurda ha echado por tierra una actividad.

Bueno, como hay mucho trabajo, el perder unas instalaciones por parte de unos operarios, y un par de puestos de trabajo... no da mayor problema ¿verdad?..

porque claro... ¿cómo vas a abrir una pista de pádel sin BIE's? ¿y si se quema una toalla? (poco combustible más hay).


Yo creo que, si bien antes de empezar, se debería haber informado... antes de decidir dejar el tema, debería haber hablado con el técnico municipal.

Tal vez podían haber permitido una apertura indicando un aforo máximo de X personas, indicando en la licencia que no se permitían gradas, ni la celebración de torneos con público, etc.

A modo de ejemplo, en una licencia de un hotel en el que la cocina no cumplia, y no tenía sentido por su tipo concreto de actividad, el tema se resolvió con la indicación en la memoria de que sólo se servían comidas frías, y la indicación explícita en el texto de la licencia de que no se permitía cocinar.

Tal vez algo tipo club privado con socios, y con indicaciones restrictivas en la licencia, sí podría haberse legalizado. Al final, claro, depende del criterio del técnico.
por
#296329
Carlos_Asturies escribió:
....................y el "riesgo" de que el titular de la actividad (¿y el proyectista?) me la quiera meter doblada con el tema de los torneos...



Y esto el técnico municipal como lo evalúa ........................

A mi me contaron de pequeño el cuento del lobo y las siete cabritillas. La mayoría de los técnicos municipales se lo saben.

un abrazo
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