ocupación en zona probadores de tienda de ropa El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#292877
Buenas a todos,

en un establecimiento de uso comercial (tienda de ropa), qué ocupación consideráis en la zona de probadores y en el interior de los mismos? Creéis que se debe suponer 2 m2/persona como en el resto del establecimiento, según CTE?

Muchas gracias!
por
#293039
orangecubic escribió:en un establecimiento de uso comercial (tienda de ropa), qué ocupación consideráis en la zona de probadores y en el interior de los mismos? Creéis que se debe suponer 2 m2/persona como en el resto del establecimiento, según CTE?


Pues depende. Puedes tomar la de vestuarios, o contar el número de probadores, pero yo suelo tomar directamente 2 m2/persona sin descontar el 25% de la superficie y arreando.
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#293079
Eso mismo hago yo, sin complicar mucho la cosa.
por
#293087
Muchas gracias por responder.

Pero el caso es que me interesaria estudiar la posibilidad de bajar ocupación para no llegar a 50 personas y no clasificar el local como pública concurrencia (ya sabéis, el típico promotor que no se quiere gastar pasta en "cosas que no se ven", como la instalación eléctrica...).

Saludos!
por
#293102
orangecubic escribió:Pero el caso es que me interesaria estudiar la posibilidad de bajar ocupación para no llegar a 50 personas y no clasificar el local como pública concurrencia (ya sabéis, el típico promotor que no se quiere gastar pasta en "cosas que no se ven", como la instalación eléctrica...).


Ummm.... estás caminando por el Lado Oscuro de la Fuerza... cuidado, cuidado...
por
#294005
Al final he decidido no continuar con el proyecto ya que el promotor no queria modificar la instalación eléctrica existente por la correspondiente para local de pública concurrencia. A parte, para la distribución del local a ejecutar no se da cumplimiento al recorrido máximo de evacuación.

He de suponer que contratará otro técnico, y que seguramente habrá alguno que si querrá firmar la documentación...

Sé que no estamos en tiempo de decir no a la realización de trabajos, pero...

Saludos!!
por
#294008
¡¡¡¡Con un par!!!!

Yo hubiese hecho lo mismo... y también me habría (y me he quedado en alguna ocasión) sin trabajo... peeeeroooo, el poder dormir tranquilamente por las noches (si tienes moral) conlleva pagar este tipo de precio.

¡Ánimo!
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#294061
orangecubic escribió:Al final he decidido no continuar con el proyecto ya que el promotor no queria modificar la instalación eléctrica existente por la correspondiente para local de pública concurrencia. A parte, para la distribución del local a ejecutar no se da cumplimiento al recorrido máximo de evacuación.

He de suponer que contratará otro técnico, y que seguramente habrá alguno que si querrá firmar la documentación...

Sé que no estamos en tiempo de decir no a la realización de trabajos, pero...

Saludos!!

:plas :plas :plas Ánimo orangecubic, el buen hacer profesional siempre trae sus frutos, aunque como las mejores cosas de esta vida, lleva su tiempo.
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#298428
orangecubic escribió:Muchas gracias por responder.

Pero el caso es que me interesaria estudiar la posibilidad de bajar ocupación para no llegar a 50 personas y no clasificar el local como pública concurrencia (ya sabéis, el típico promotor que no se quiere gastar pasta en "cosas que no se ven", como la instalación eléctrica...).

Saludos!

Lo primero felicitarte. Eso no solo es una buena actitud técnica sino una muy muy buena Aptitud personal. Por otra parte la calificación de local de pública concurrencia o no, se ha de hacer a razón de 1 persona por cada 0.8 m2; es decir para locales de más de 40m2 la aplicación de la ITC 28 es de obligado cumplimineto. La guia técnica no le es de aplicación en este caso. -- muy a mi pesar.
Felicidades por tu decisión y que le den morcilla. Ahhh y no estaría de más que te enterases como se resuelve al final.
:cheers
por
#298452
orangecubic escribió:Al final he decidido no continuar con el proyecto ya que el promotor no queria modificar la instalación eléctrica existente por la correspondiente para local de pública concurrencia. A parte, para la distribución del local a ejecutar no se da cumplimiento al recorrido máximo de evacuación.

He de suponer que contratará otro técnico, y que seguramente habrá alguno que si querrá firmar la documentación...

Sé que no estamos en tiempo de decir no a la realización de trabajos, pero...

Saludos!!


Yo también me uno a felicitarte :amo .
por
#298461
Que yo sepa, la frontera para decidir que una instalación comercial requiere proyecto no se determina con el DB-SI, sino con la ITC-BT-28 del REBT. Si tiene más de 40m2 accesibles por el público -> Proyecto y aplicación de los requisitos de pública concurrencia. En caso contrario se legaliza con memoria técnica y boletín.
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