Puedes acogerte a lo dispuesto en el Artículo 29º punto 2 del RD 35/2000, entendiendo que adaptar dicho local requiere medios técnicos y económicos desproporcionados ya que el investimiento de las obras que se realizarían para adaptar el espacio sería superior en más de un 50% del costo que resulta de realizar las obras necesarias para hacerlo practicable. Tendrás que estudiarlo.
Sobre los medios técnicos desproporcionados: Realizar una rampa de acceso podría requerir intervención en la estructura general del edificio y una compleja reforma de la misma. La instalación de una plataforma elevadora también podría requerir modificar la estructura general del edificio, siendo necesario un retranqueo para no invadir la vía pública.
Sobre los medios económicos desproporcionados: La formación de peldañeado de (p.e.j) 3 escaleras con ladrillo hueco doble de 25x12x9 y revestido con granito abujardado gris tiene un coste aproximado de 500 €. Por otro lado, la instalación de una plataforma elevadora superaría una inversión de 12.000 €, por lo cual, se entiende que el sobrecosto no está justificado.
Ahora sólo te queda que el técnico de turno esté de acuerdo con estas justificaciones.
Sobre los medios técnicos desproporcionados: Realizar una rampa de acceso podría requerir intervención en la estructura general del edificio y una compleja reforma de la misma. La instalación de una plataforma elevadora también podría requerir modificar la estructura general del edificio, siendo necesario un retranqueo para no invadir la vía pública.
Sobre los medios económicos desproporcionados: La formación de peldañeado de (p.e.j) 3 escaleras con ladrillo hueco doble de 25x12x9 y revestido con granito abujardado gris tiene un coste aproximado de 500 €. Por otro lado, la instalación de una plataforma elevadora superaría una inversión de 12.000 €, por lo cual, se entiende que el sobrecosto no está justificado.
Ahora sólo te queda que el técnico de turno esté de acuerdo con estas justificaciones.