Necesita Proyecto una modificación de alumbrado más eficiente (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#312295
Hola,
Mi pregunta es si un local de publica concurrencia que tiene un determinado alumbrado y se quiere modificar o cambiar por alumbrado led más eficiente. ¿Necesita proyecto?
Nota: Sólo se cambia el tipo de luminaria y sus elementos.
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#312296
engineervip escribió:Hola,
Mi pregunta es si un local de publica concurrencia que tiene un determinado alumbrado y se quiere modificar o cambiar por alumbrado led más eficiente. ¿Necesita proyecto?
Nota: Sólo se cambia el tipo de luminaria y sus elementos.


El REBT dice que necesita Proyecto toda aquella modificación de importancia o que aumente un 50% la potencia instalada. Modificación de importancia es a su vez aquella que afecte a más del 50% de la potencia instalada (según el Proyecto original).

Dado que la modificación sólo afectaría a los receptores, y no al cableado, circuitos o protecciones, me atrevería a decir que no requeriría Proyecto aunque la potencia de esas luminarias supere en un 50% la potencia instalada total. No obstante, si te quedan dudas, consulta con Industria.
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#312588
Yo te puedo decir que se hacen montones de cambios de alumbrado (Halógeno, Fluorescencia...) por LED y ninguno lleva proyecto. Es más, tú realmente lo que haces es bajar la potencia, no aumentarla.
Lo que debes hacer si es un local de pública concurrencia, es realizar un cambio en el que mantengas los mismos lux que había antes y llegues al mínimo establecido. Te recomiendo que compruebes después de realizar el cambio con un luxómetro.
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#312591
Hola, mas alla de la obligatoriedad reglamentaria existen en mi opinion dos motivos por los cuales realizar un proyecto, ya que no se trata de cambiar una bombilla en casa paisano, sino en una instalación importante que puede que se haya proyectado con esos receptores de alumbrado:
1º porque se necesita estudio tecnico economico del cambio, nivel de iluminación, sombras, coste, amortización, ahorros, porque no creo en que llegue cualquiera y lo cambie todo a pelo.
2º porque cualquier incidente en la insatlación las compaías de seguros o la judicatura puede considerar que se ha manipulado la instlación sin cumplir la reglamentación o tramites necesarios.

Saludos.
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#312601
yo entiendo que no necesitas proyecto, salvo los supuestos anteriores de 50%



La compañia de seguros por eso no va a entrar, en que cambies de tipo de bombilla, si fuese así no quedaría un establecimiento abierto en españa.. te pongo par de similes

a) cuando desenchufas de la pared un receptor y enchufas otro.....¿es cambio de la instalación?

si y no ... si porque esta consumiendo un receptor distinto. , no porque la instalación está preparada y diseñada para el cambio...
es mas si tu pones en el proyecto electrico enchufe para aire acondcionado....y encufas un ventilador de 37 w si sale ardiendo el ventilador... ¿te condenan por poner un receptor distinto?

pues las luces es igual es, creo que lo que se tiene que comprobar es que las secciones y protecciones aguantan los regimenes trnasitorios y estaticos de corriente y nada mas.. máxime cuando todo apunta que las intensidades van a bajar.....

b) si como se estan eliminandon las bombillas incasdescentes las desenrosco y pongo unas fluorescentes compactas ¿tengo que hacer otro prouyecto para poner lamparas fluorescentes?......¿se me acabará el seguro?

segun tu si, son tipos de lamparas distintas y no hay mas distancia entre lamparas fluorescente y leds que entre incandescentes y compactas, el caso es identico..


Y si tieras un tabique y pones una lampara mas ¿nuevo proyecto? casi seguro que mas justificado que el cambio...

ya que una lampara mas es mas consumo y mas riesgo de calentamiento, mientras que cambiar a led baja el consumo y por tanto el calentamiento.

Dicho esto si quieres estarte tranquilo interiormente, no estaría de mas un estudio pequeñito que justificase el cambio y se lo dieses al dueño, si hace falta hasta sin firmar con los calculos rápido, eso se hace en tres patás....

Y el seguro tendrá que justificar si pasa algo, la defesna tendrá un peritaje propio y el juez impondrá un tercero en caso de duda.. pero vamos... el problema vendrá por mal montaje que es otra cosa....y en ese caso culpable al que monto malamente...

¿supongo que no estamos hablando de un teatro o así verdad?
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#312646
Hola arquimedes, ya se lo que hace la gente por ahí, solo he intentado razonar motivos por los que realizar un proyecto, una dirección de obra, un cerificado de instlación, por parte de un tecnico capacitado. El que lo haga todo el mundo desde siempre no queire decir que sea lo adecuado.
alguien debe responsabilizarse del cambio, pueden surgir problemas relacionados con armónicos, compatibilidad electromagnetica, etc., ademas de lo que ya indique anteriormente. Cuanto más lo pienso mas rpoblemas veo y mayor justificación de que alguien se responsabilice.

Saludos.
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#312653
Yohana82 escribió:Hola arquimedes, ya se lo que hace la gente por ahí, solo he intentado razonar motivos por los que realizar un proyecto, una dirección de obra, un cerificado de instlación, por parte de un tecnico capacitado. El que lo haga todo el mundo desde siempre no queire decir que sea lo adecuado.
alguien debe responsabilizarse del cambio, pueden surgir problemas relacionados con armónicos, compatibilidad electromagnetica, etc., ademas de lo que ya indique anteriormente. Cuanto más lo pienso mas rpoblemas veo y mayor justificación de que alguien se responsabilice.

Saludos.

hola yohana... ante todo decirte que espero no te hayas molestado por mi comentario..

Segundo estoy de acuerdo en lo que dices de proyecto y direccion de obra pero cuando haya un cambio que sea significativo...

no puedes estar haciendo un proyecto por cambiar bombilla incandescente con E14 por una fluorescente compacta con equipo incorporado E14... si en el proyecto ponia incandescente segun tu razonamiento ...proyecto.. como comprenderas el dueño se iba a partir de risa cuando le dijeras ... por cambiar una bombilla 500 leuros y te esperas una semana ....... a la tramitación.
o por cambiar un todos los pulsadores por detectores de presencia es igual de cambio que cambiar de tipo de luminarias... es tener otra cosa que la que dice el proyecto original.

Tan grave no será si hasta los centros de transformación te dejan subir un escalon de potencia de trafo si la instlaación está preparada tecnicamente en la primera legalización.

No podemos ser mas papistas que el Papa, porque aun asi.. nos la meten doblada ..

Hombre .. en cuanto armonicos..... si te preocupa eso.....pues que monten lamparas de calidad pero eso pasa si cambias una pantalla de 18w buena por otra de 18w made in hong kong... para el proyecto es igual pero anda que no se nota ni nada.... mas me preocupa a mi que conecten en una base de usos multiples muchos ordenadores (que esos si que meten armonicos) que me cambien unas bombillas por otras...(dentro de la logica claro)....

No puedes estar pidiendo proyectos por cosas nimias y pedir poryecto por cambiar parte del alumbrado de un publica concurrencia si no llegas al 25 % si no cambias potencia me parece exagerado... máxime cuando la reglamentación te habla de receptores de alumbrado y te penaliza sólo si eres de descarga con el factor de potencia.... pues eso en el peor de los casos si no subes otencia el led no es de descarga y el 1,8 lo tienens de margen de seguridad...por lo cual cambiar a otro tipo de luminarias que no den problemas (evidentemente tendras que evitar picos de corriente de arranque y eso pero se sobreentiend que lo vas a ahcer bien...
Claro que alguien se responsabiliza... como mínimo el electricista que ha hecho la instalación y si hay un tecnico que supervisa pues el tecnico ¿o es que crees que la responsabilidad solo se establece mediante proyecto?......pues no... se establece de muchas maneras...


venga un saludo...
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#312676
No.

Primero, no aumentas la potencia, la reduces. Eso no requiere proyecto.

Segundo, no cambias la instalación. Cambias sólo los receptores. Eso no requiere proyecto.


Una valoración económica y un estudio luminínico, sí es conveniente (la mejora que no se mide, no se produce), pero eso no es un proyecto.
Es un rato trabajando con el dialux, y cuatro números en un excel. Por eso no se cobra nada. Ya lo suele hacer el proveedor de las nuevas luces de forma gratuita. Y lo puede hacer cualquier administrativo que simplemente sepa cómo funciona el programa. Ni firmas, ni índice, ni planos acotados, ni nada. Es un pequeño informe para que tengas un valor objetivo sobre la mejora producida (y con eso, no descartes acogerte a una subvención, o conseguir un poco de publicidad gratuita a través del programa "greenlight" de la comisión europea).
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#312697
Hola arquimedes, no hay molestia alguna, al contrario, es un placer debatir con expertos y ver diferentes puntos de vista.

Perdonarme que insista, lo de realizar un proyecto ya indicaba que era recomendable en instalaciones significativas, y no en cambiar una bombilla.

Olvidamos a veces el fundamento del proyecto y la direccion facultativa, que no solo debe hacerse cuando alguien obliga. en mi opinión es un mecanismo de protección del cliente, es decir lo debe contratar el liente o titular para diseñar lo que se necesita (proyecto) y controlar la ejecución(dirección facultativa) frente a terceros que tambien contrata el titular: instalador autorizado, fabricante maquinaria o receptores...

el estudio o comprobación que puede hacer un administrativo o el fabricante lamparas, con un programa informatico, que puede ser "juez y parte" no es recomendable en una instalación de importancia, donde el cambio de iluminación puede ser del orden de varios miles de euros.

Algo me dice que si un estudio es gratis, es que no vale nada. Lo cual no justifica que un estudio o proyecto por tener precio, este bien hecho.

En instalaciones industriales y comerciales existentes es común que se ejecutaran en su día incluyendo el alumbrado, con tipo luminaria y tipo de lampara, incandescente, fluorescente...

El REBT indica en el articulo 2 que el mismo es de aplicación cuando se realizan ampliaciones o modificaciones en las instalaciones existentes, entendiendo la modificación, reparación si afecta a mas del 50 % potencia instalada, y si afecta a procesos completos aún con reducción de potencia (literal).

En este caso si se cambian luminarias y lamparas de un local, mi recomendación de proyectar la elevo a obligatoriedad, adema de la seguridad y protección para el titular.

Saludos.
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#312700
hola yohana

si pero el proceso completo es la instalacion electrica, cuyo alumbrado seguro que no es la parte mas significativa.. en un edifcio publico casi el 50% delk consumo es el acondicionamiento del aire. Con lo cual ya no hay ni procesos completos (instalacion electrica del edificio) y luego no vas a cambiar toda porque habrá elementos decorativos que no prodras cambiar.

De todas formas es que nos sabemos que tipo de edificio es. Por ejemplo un bar de 20 m2 es publica concurrencia y tendra no mas de 25 lamparas y un consumo en lamparas de no mas de 400 w ¿crees que debe hacerse proyecto por 400 ? (asi a ojo y usando los ratios del CTE de w/m2)

Otra cosa es que si el edifcio de publica concurrencia es el estadio del Real Madrid eso si que ya es otra cosa......



otra cosa en una fabrica con 10 tornos con motores asincronos..... cambiamos los tornos a motores sincronos ¿nuevo proyecto?
un saludo
por
#312703
Hola arquimedes, preguntas si por 400 W hay que hacer proyecto. Creo que desde el principio he ido diciendo que en una instalación significativa sí que recomendaría el proyecto a parte de la posible obligatoriedad.

y si es obligatorio un proyecto para una instalacion publica concurrencia por pequeña que sea, porque no iba a ser su modificación, aplicando el reglamento? si los receptores estaban enumerados en el proyecto evaluando la potencia instalada y pones o quitas los mismos.

Admiro la estrategía de "reducción al absurdo" de los matemáticos, o del sentido común, y es bastante clarificadora en general, y para ello se tiene que aplicar en los dos extremos, si uno quiere llegar a sus propias conclusiones, y en este caso con el bar de 20 metros y el estadio de futbol, ha sido genial.

En cuanto a la modificación en los tornos, no veo que con un motor sincrono se reduzca la potencia necesaria para el funcionamiento del mismo, y ademas forma parte de un equipo con su placa características que se mantiene.
si cambias los tornos por fresas u otra maquinaria de menor potencia, o la misma potencia pero diferente función a la que había en el proyecto original, pues sí, en mi opinión se debe de proyectar, certificar, presentar en Industria...y que lo anoten en el registro industrial que corresponda.

Saludos.
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#312729
Yohana82 escribió:Hola arquimedes, preguntas si por 400 W hay que hacer proyecto. Creo que desde el principio he ido diciendo que en una instalación significativa sí que recomendaría el proyecto a parte de la posible obligatoriedad.

y si es obligatorio un proyecto para una instalacion publica concurrencia por pequeña que sea, porque no iba a ser su modificación, aplicando el reglamento? si los receptores estaban enumerados en el proyecto evaluando la potencia instalada y pones o quitas los mismos.

Admiro la estrategía de "reducción al absurdo" de los matemáticos, o del sentido común, y es bastante clarificadora en general, y para ello se tiene que aplicar en los dos extremos, si uno quiere llegar a sus propias conclusiones, y en este caso con el bar de 20 metros y el estadio de futbol, ha sido genial.

En cuanto a la modificación en los tornos, no veo que con un motor sincrono se reduzca la potencia necesaria para el funcionamiento del mismo, y ademas forma parte de un equipo con su placa características que se mantiene.
si cambias los tornos por fresas u otra maquinaria de menor potencia, o la misma potencia pero diferente función a la que había en el proyecto original, pues sí, en mi opinión se debe de proyectar, certificar, presentar en Industria...y que lo anoten en el registro industrial que corresponda.

Saludos.


Creo que tu último párrafo es contrario a toda la tendencia actual de mejora continua, estrategias lean, flexibilidad, etc.

En mi empresa hay períodos en que entra una máquina nueva cada semana. A veces, la decisión se toma en días, por un requerimiento del cliente. ¿eso significaría que cada semana hay que presentar un expediente en industria?

Una cosa es la instalación general, con sus trafos, cuadros eléctricos de distribución, etc.... y otra muy diferente, la maquinaria que conectas a esas tomas. Si cada semana tengo que presentar un proyecto a industria, más vale que me ponga una mesa y un ordenador en el ministerio, y ya me quede allí....o que el ministerio monte una delegación en la mesa de al lado de mi oficina.


Lo que comentas, creo que estaba bien cuando las empresas fabricaban productos maduros, en los que apenas había variación. Pero como te digo, en una empresa actual que esté en un sector más o menos competitivo (como el del automovil en mi caso), hay modificaciones en máquinas y en instalaciones CADA SEMANA.
Cada año, puede haber, y sin exagerar, del orden de 100 modificaciones en el layout, maquinaria nueva, modificación de maquinaria existente, modificación de procesos, modificaciones en instalaciones... en muchos casos, son previsiones de meses, en otros, se hace de un día para otro por una incidencia, o una sugerencia de cliente, una sugerencia de un trabajador que se comprueba que supone una mejora, etc...

En mi experiencia, una empresa competitiva, tiene que ser flexible y dinámica. Y eso significa, realizar muchas modificaciones en la estrategia de mejora continua.
Si tenemos que hacer un proyecto para cada mejora... ponemos palos en las ruedas. Dejamos de mejorar y perdemos competitividad.

Conclusión: si afecta al 25% de la potencia instalada, se hace un proyecto. Si no, no. Y luego, según nuestra licencia, cada 8 años, actualización del proyecto.
(realmente, de 8 años en 8 años, la empresa no se parece en nada... líneas de producto que antes suponían el 20% de la facturación, ya no existen, y han sido sustituidas por otras, etc.).

Pero es lo que hay. O somos dinámicos, o desaparecemos. No pongamos palos en las ruedas de la innovación.
por
#313016
Hola jose-mac, mi opinión en cuanto la tendencia actual liberadora, es que a veces se confunde la no necesidad de autorización previa, visados, ... con la posibilidad de no proyectar, no certificar y no exigencia cumplir reglamentos.
En cuanto a la fabrica que comentas, si me permites, haría una pregunta para clarificar en lo posible:
¿en el proyecto inicial se han justificado potencias con maquinas o equipos determinados, o ha sido una instalación con tomas o puntos de conexión con potencias máximas pero sin objetivar?

Si la respuesta, es el primer caso, yo diria que si cambias las máquinas todos los días pues habría que proyectar y certificar todos los días.

En una gran fabrica que tiene su equipo técnico, el titular esta perfectamente asesorado y tiene personal responsable de esa función. Pero en caso de industrias o comercios mas reducidos que dependen de profesionales externos, la necesidad de asesoramiento, para cumplir reglamentación, no se debería obviar.

Saludos.
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