- 14 Dic 2012, 02:07
#313663
Hace tiempo que este tema aburre a muchos, entre los que me incluyo. Pero me voy a permitir aportar mi opinión, lo más completa posible y lamentablemente larga, retomando algunas cuestiones del pasado.
Vaya por delante que no quiero ofender a nadie [ni creo que lo haya hecho], menos aun a mis compañeros. Pero tampoco voy a censurarme.
Supongo que todos comulgaremos en que la denominación de una titulación, poco, nada, bastante o mucho puede tener que ver con las atribuciones legales que tenga. Un AT es arquitecto y no ejerce como tal. Igualmente, un ICCP puede proyectar demoliciones de edificaciones residenciales (según consulta que realicé a su colegio profesional) y poco o nada se intuye en su denominación para pensar que eso es así (qué decir de la cuestión urbanística). A partir de ahí, hay países, que en esto de la ingeniería tienen algo de experiencia, como Alemania, donde el titulo que habilita para ejercer de Arquitecto se denomina "Ingeniero Arquitecto", lo que resulta más coherente con su habilitación legal. Por tanto, qué debe denominarse con el vocablo "ingeniería" no es una cuestión ligera, que cuatro "españolitos" deban decidir y mucho menos colectivos profesionales profundamente interesados, carentes de vinculación directa con el sistema formativo hispanistaní y europeo.
Además, desde un punto de vista conceptual, qué es una ingeniería solo parece preocupar cuando las titulaciones implicadas están reguladas, dejando en el olvido aquellas, absolutamente "ridículas", que polulan por nuestras universidades en estos tiempos 'bolónicos', las cuales pueden resultar, según palabras de los eruditos, "muy perniciosas" [véase Ing de Seguridad, Ing Matemática, Ing Tisular, Ing Biomédica, etc]. Ello deja sin argumentos válidos a aquellos que apelan a la 'pureza' de la ingeniería y quedan pues sin legitimidad para decidir qué es ingeniería y qué no. Bueno, deja solo un argumento a estos que se omite generalmente: el vil metal.
Y mejor no hablar y analizar los planes de estudio, si esta debiera ser considerada la fuente de decisión.
Por otro lado, si los AT quieren pillar parte de un pastel que no les corresponde, que quizás sea cierto, es razonablente criticable. Pero antes de hacerlo tan visceralmente hay que echar un ojo atrás, a las confrontaciones profesionales que han marcado tan brutalmente el panorama legislativo, salpicado sospechosamente por sentencias judiciales. ¿Acaso nadie recuerda el aluvión de sentencias, denuncias, querellas, informes interesados de gabinetes jurídicos, etc que han guiado a todos los Consejos y Colegios en los últimos 30 años?. De todos modos yo, personalmente, no creo que la cosa vaya por ahí, esto es, por la intromisión de los AT en campos ajenos. Si fuera de otra manera, las compentencias que recoge la Orden y Acuerdo correspondiente a la IE debería incluir algunas 'atribuciones potenciales' propias de otras titulaciones. No es el caso.
Ahora bien, un intento de "crecer" en atribuciones no sería extraño ni ilegitimo. Después de todo, es lo que llevan haciendo todas y digo TODAS las profesiones con atribuciones habilitadas por norma jurídica. Parece que nadie con memoria queda para rememorar cómo defendían sus intereses los II en la tramitación parlamentaría de la LOE, a la cual no dieron el visto bueno hasta que se les garantizaron unos "pequeños" cambios que protegían sus intereses. Igualmente, la Ley 12/86 de atribuciones de AT e IT, que fue fuertemente "peleada" por los colectivos implicados. Y por cierto que no se les otorgo "lo prometido" para el acuerdo correspondiente a los técnicos de primer ciclo; lo que dicha ley recoge y a lo que obliga: la promulgación de una ley de atribuciones para los titulados de ciclo largo. ¿Por qué no salió adelante dicha ley si era una "obligación" legal?, preguntará alguno. Pues porque dicha ley jamás promulgada establecería los límites habilitantes entre las IT-AT y A-Ing, esto es, entre ciclo corto y largo. Claro, estos últimos, en el ejercicio de su notorio poder, evitaron el cumplimiento de un mandato legal, nada menos que de nuestro poder legislativo: nunca se redactó ni aprobó dicha ley. Como resultado, después de muchos años de retraso, otra ley a la que obligaba su redacción la antigua 12/86, como un apañito, marcó la distribución de atribuciones profesionales en función del uso de lo que ley consideró edificación: la LOE. Una bazofia memorable que tiene como consecuencia que un IAeronáutico pueda calcular una estructura aeroportuaría y no un edificio residencial de dos plantas, entre muchos otros absurdos. Eso sí, las aseguradoras se quedaron muy contentas.
No creo que haya argumento posible que soporte que los denominados IE no merezcan ambos términos. ¿Es que la AT va de otra cosa que no sea la ingeniería y la arquitectura en el sector de la construcción?. Porque lo contrario, estos es, los AT solo se ocupan de arquitectura, implica afirmar que la arquitectura y la ingenieria son perfectamente separables y, por tanto, puede asignarser a unos profesionales denominaciones y funciones en una, excluyendose a estos de la otra. Esto es más que ridículo. Dándole la vuelta a la tortilla, ¿es que un ingeniero industrial no puede intervenir en una obra arquitectónica porque su título no incluye el término arquitectura/arquitecto/arquitectonico...?.
Reconozcamos la evidencia, sin farsas. Ningún colecivo se contenta con que los demás coletivos, políticos, parlamentarios, jueces, el churrero de la esquina, etc digan que puede hacer o no, por encima de sus atribuciones y competencias. Y el que diga lo contrario miente. Cada colectivo trata de materializar las aptitudes que adquiere en su formación e incluso aspirando a la excelencia en su denominación. Prueba de lo cual es la consolidación de las antes "mal llamadas" ingenierias superiores (no porque lo diga yo, sino nuestro TS el cual establece que todos los estudios universitarios con superiores y no exite eso del "grado medio", término pre-constitucional donde los haya) en másteres habilitantes, en su mayoría de entre 90 y 120 ECTS, lo cual ha llevado a que dichos estudios hayan pasado a casi 6 años en la práctica. Eso sí, con la denominación "máster" en las leyendas de su título. Y esto no es nuevo, solo una nueva versión de lo acontecido en el pasado. Un repaso de la jurisprudencia al respecto es prueba mayor de lo que afirmo.
Lo molesto para profesionales y estudiantes es, a mi juicio, está en que vengan "otros" [desde las órbitas más lejanas del sistema educativo] a decir a "unos" como pueden o no pueden denominarse unos estudios y su titulación. No es legítimo de ningún modo, porque Bolonia, para empezar, va de todo lo contrario (y si no, por coherencia, salgamonos fuera). Y cierto es que el lio proviene de una STS y otras que se apoyan en la primera. Pero hay que reconocer sin concesiones que la necesaria modificación legislativa para la correcta implantación de Bolonia no pudo producirse por la total oposición de los colectivos profesionales implicados.
Si este país no fuera Españistán, y primara la competitividad, movilidad, adaptabilidad de los estudios superiores, etc que promulga el EEES, las cosas serían muy distintas. Aquí prima el corporativismo y la titulitis por encima de todo, incluso del sentido común. Y da igual la formación de referencia, malos profesionales y estudiantes los hay en todas las carreras/grados. Puedo contar historias diversas tanto de A, AT, ICCP, IT e II, como muchos otros foreros supongo. La competencia y el buen hacer no depende de que título cuelgues en la pared.
ME = ¿Médicos?. Como dije cierta vez, hay paises donde existe la "Medicina veterinaria", por ejemplo, y nadie piensa que estos profesionales se hayan atribuido ilegitimamente lo de "Médicos" y mucho menos que vayan a realizar neurocirugía con seres humanos. En ellos, dicha denominación ni confunde ni alarma.
Para acabar, que va siendo hora, es más que evidente que muchos de los nuevos grados, bajo el seudo-argumento de la "confusión", pueden ser suspendidos, como se ha puesto de manifiesto en Extremadura por el TSJ (el cual ha "anulado varias denominaciones" de la rama de la ingenieria por no corresponderse con las profesiones reguladas para las que habilitan, y no solo la IE). Si tal confusión fuera "perniciosa", ¿por qué no se "retrotraen" los planes de estudio?. Estos también han sido objeto de impugnación. El error grave de la IE ha sido no seguir los pasos de las IT, las cuales, para ahorrarse embrollos judiciales, no realizaron reserva de denominación alguna. Ello hubiera evitado muchos perjuicios.