Duda con proyecto instalaciones y arquitecto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
por
#316682
Hola compañeros, no suelo escribir pero ya llevo tiempo andando por el foro y me habéis sacado de mas de un marrón que me he encontrado.

La cosa es que estoy trabajando en una instaladora de electricidad y un arquitecto nos ha encargado hacer varios proyectos de las instalaciones de viviendas unifamiliares (es la primera vez que hago uno). Mi duda esta en que si es necesario que vise yo a mi nombre los proyectos, o con que incluya la parte de instalaciones el arquitecto en el proyecto de ejecución de arquitectura les valdría?. Realmente la única instalación que necesita proyecto por normativa es la electricidad (>50 kw), pero ellos quieren proyecto de todas las instalaciones. ¿ tendrían problemas a la hora de legalizar?

¿Como soléis hacerlo los que trabajáis con arquitectos?

Espero haberme explicado bien.

Gracias.
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#316707
¿Encima de cornudo apaleado? No gracias.

meisond sería mejor que te presentaras en el hilo apropiado. Bienvenido.
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#316953
meisond escribió:Hola fsi, ya me he presentado por el hilo correspondiente, disculpa.

Bien hecho :plas
meisond escribió:¿A que te refieres?

Sin acritud y con todo el respeto meisond.
Me refiero a los hechos de: primero, la indeseable intención de los instaladores de ser juez y parte, con el consiguiente perjuicio para la profesión y para el cliente, que así no tendrá problemas y además piensa que le están regalando el proyecto (CORNUDO); y segundo, que parce generalizado que los arquitectos sean incompetentes para el diseño y cálculos de las instalaciones que firman y "dirigen", subcontratando a bajo coste o nulo (/calidad) ingenieros que les resuelva la papeleta (APALEAO). Ya ves, la realidad siempre supera a la ficción, las dos circunstancias en una coctelera :jijiji . Todos salen ganando:

INSTALADOR: No tiene a nadie que le fiscalice o dirija, además si algo sale mal, siempre puede echarte la culpa a ti.
ARQUITECTO: Le hacen gratis un trabajo que cobra, le dirigen gratis un trabajo que cobra. Se ahorra a molestos ingenieros que le digan por donde tiene que pasar sus instalaciones. Maquetar, visar y cobrar.
EL CLIENTE: Piensa que parte le sale gratis. Piensa que como solo tiene acudir al instalador/arquitecto se ahorrará muchos problemas.

Todos felices.

Respecto a tu cuestión, dale los cálculos y planos (si no los ha hecho el delineante) al arquitecto y no firmes.
por
#317020
hola,
habitualmente en industria admiten proyectos a legalizar firmados por ingenieros de telecomunicaciones e Industriales,
con la ley de servicios profesionales, todo va a cambiar,
saludos,
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por
#317066
jcg43 escribió:hola,
habitualmente en industria admiten proyectos a legalizar firmados por ingenieros de telecomunicaciones e Industriales,
con la ley de servicios profesionales, todo va a cambiar,
saludos,

¿No te cansas?
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por
#317067
Goran Pastich escribió:
jcg43 escribió:hola,
habitualmente en industria admiten proyectos a legalizar firmados por ingenieros de telecomunicaciones e Industriales,
con la ley de servicios profesionales, todo va a cambiar,
saludos,

¿No te cansas?

Creo que no amigo Goran, todo esto siempre son síntomas de complejos o frustraciones.
por
#317090
fsi escribió:
Goran Pastich escribió:
jcg43 escribió:hola,
habitualmente en industria admiten proyectos a legalizar firmados por ingenieros de telecomunicaciones e Industriales,
con la ley de servicios profesionales, todo va a cambiar,
saludos,

¿No te cansas?

Creo que no amigo Goran, todo esto siempre son síntomas de complejos o frustraciones.


Es sólo comentarios demostrables y constatables,
por
#317100
Por acotar: el REBT/02 exige proyectos para viviendas con potencias instaladas de más de 100kW, no 50kW. Si por ejemplo te encuentras con el caso de que la vivienda es para un jeque árabe o un hijo de JP y quiere un garaje para más de cinco vehículos, pues también te exige proyecto el REBT/02. Y, ojo, este proyecto tiene que abarcar a toda la unidad constructiva; garaje y vivienda, alumbrados de jardines y exteriores, etc.

Si nos adentramos en el proceloso mundo de las legislaciones de cada taifa hispana, a modo de ejemplo, te digo que en las cumbres de la Atlántida te exigen proyecto si la vivienda tiene ascensor. E insisto, para toda la unidad constructiva.

Si no son tus casos los expuestos, la instalación eléctrica (IE) es suficiente con que figure en el proyecto de ejecución del arquitecto. Y la instaladora redactará su memoria técnica de diseño y su certificado de instalación. Osea, que el arquitecto es el que diseña la IE y la instaladora está para ejecutar lo diseñado. Y si esto en la práctica, resulta que no funciona así, pues entonces bienvenida sea la nueva LSP, y que cada uno asuma responsabilidades según sus competencias !!!
por
#317223
ESVETOPLUC escribió:Por acotar: el REBT/02 exige proyectos para viviendas con potencias instaladas de más de 100kW, no 50kW. Si por ejemplo te encuentras con el caso de que la vivienda es para un jeque árabe o un hijo de JP y quiere un garaje para más de cinco vehículos, pues también te exige proyecto el REBT/02. Y, ojo, este proyecto tiene que abarcar a toda la unidad constructiva; garaje y vivienda, alumbrados de jardines y exteriores, etc.

Si nos adentramos en el proceloso mundo de las legislaciones de cada taifa hispana, a modo de ejemplo, te digo que en las cumbres de la Atlántida te exigen proyecto si la vivienda tiene ascensor. E insisto, para toda la unidad constructiva.

Si no son tus casos los expuestos, la instalación eléctrica (IE) es suficiente con que figure en el proyecto de ejecución del arquitecto. Y la instaladora redactará su memoria técnica de diseño y su certificado de instalación. Osea, que el arquitecto es el que diseña la IE y la instaladora está para ejecutar lo diseñado. Y si esto en la práctica, resulta que no funciona así, pues entonces bienvenida sea la nueva LSP, y que cada uno asuma responsabilidades según sus competencias !!!

Para viviendas unifamiliares con una potencia instalada de mas de 50 kW, si nos haría falta proyecto ¿no?
por
#317420
En el caso de que hiciera falta hacer proyecto por vivienda unifamiliar con potencia instalada >50 kw, para legalizar la instalación. ¿ Valdría el proyecto de ejecución con las instalaciones del arquitecto visado por su colegio o tendríamos que hacer uno especifico nosotros visado por nuestro colegio?
por
#317435
Estamos hablando de un obra en el ámbito de la edificación residencial. Osea que, todavía por ahora, si no cabe duda de quién tiene atribución para firmar, en este caso el proyecto, cuando sea exigido, es el arquitecto. Lo que sí que no es exigido ni práctico, es que el documento que vaya a Industria sea el proyecto íntegro de ejecución, tanto de la parte de construcción e instalaciones. Para este organismo con que vaya el documento parcial de la instalación eléctrica es suficient, ya sea firmado por el propio arquitecto o por un ingeniero.
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