Ley Ómnibus, reforma Colegios y Ley Servicios Profesionales (Valoración de 4.86 sobre 5, resultante de 7 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#319737
rurk escribió:
Pues voy a asustarte un poco más, no solo los de FP o los técnicos intermedios, sino también los del curso básico (50 horas), ya que la ley de prevención de riesgos les atribuye ya atribuciones en la prevención :jijiji

Tranquilo, no creo que llegue a tanto. De todas formas, el mercado ya está inundado de abogados, ciencias del trabajo, graduados sociales... con el master de prevención y sin tener ni puñetera idea de química, ruidos, electricidad, resistencia de materiales....

Lo que sí me esperaba con la LSP es la desaparición de la obligación de estar en un servicio de prevención para ejercer. Es la única profesión que no se puede ejercer por libre.(me refiero al técnico de prevención, no al CSS)

Correcto lo que apuntas.

Y lo de no poder ser profesional liberal para los servicios de prevención, especialmente sorprendente, no sé como no se ha denunciado o pronunciado competencia (CNC)
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#319738
rurk escribió:
JORDIM escribió:¿Y en que papelito pone eso, paisano? :pausa


http://www.todofp.es/todofp/formacion/q ... onale.html

http://www.cece.gva.es/eva/es/fp/mspprp3d.htm


Lo que regula legalmente los riesgos laborales son Decretos de la Generalitat y Leyes y Reales Decretos que firman Mariano y Juan Carlos. Lo que has enlazado no es más que el plan de estudios formación profesional de los tropecientos mil que hay, el 50 % de los cuales son un timo en toda regla.
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#319742
JORDIM escribió:
rurk escribió:
JORDIM escribió:¿Y en que papelito pone eso, paisano? :pausa


http://www.todofp.es/todofp/formacion/q ... onale.html

http://www.cece.gva.es/eva/es/fp/mspprp3d.htm


Lo que regula legalmente los riesgos laborales son Decretos de la Generalitat y Leyes y Reales Decretos que firman Mariano y Juan Carlos. Lo que has enlazado no es más que el plan de estudios formación profesional de los tropecientos mil que hay, el 50 % de los cuales son un timo en toda regla.


Me temo que estás equivocado, ahora algunas FP tiene nivel superior en prevención de riesgos laborales. No digo ni que me parezca ni bien ni mal, simplemente les dan el título superior, el mismo que obtienes posteriormente después de hacer el máster de prevención de riesgos en la especialidad de obras.
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#319744
custom escribió:
JORDIM escribió:
rurk escribió:
JORDIM escribió:¿Y en que papelito pone eso, paisano? :pausa


http://www.todofp.es/todofp/formacion/q ... onale.html

http://www.cece.gva.es/eva/es/fp/mspprp3d.htm


Lo que regula legalmente los riesgos laborales son Decretos de la Generalitat y Leyes y Reales Decretos que firman Mariano y Juan Carlos. Lo que has enlazado no es más que el plan de estudios formación profesional de los tropecientos mil que hay, el 50 % de los cuales son un timo en toda regla.


Me temo que estás equivocado, ahora algunas FP tiene nivel superior en prevención de riesgos laborales. No digo ni que me parezca ni bien ni mal, simplemente les dan el título superior, el mismo que obtienes posteriormente después de hacer el máster de prevención de riesgos en la especialidad de obras.


También hay FPs que dan titulación en eficiencia energética y no por eso se pueden certificar edificios ni firmar proyectos con LIDER y CALENER.
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#319745
Analizando algo más el borrador de LSP y sus posibles consecuencias, se constata que a nivel atribuciones se habla de ingeniero e ing. técnico en vez de máster y grado ingeniero, que es modelo vigente.

Partiendo de la base de que estamos ya inmersos en un nuevo modelo en el que se imparten grado y máster unicamente (salvo residualmente durante los próximos 2 años para terminar las ingenierias y las ingenierias tecnicas ya iniciadas) soprende el poco interés que desatan los cientos de máster especializantes, por no ser habilitantes a la anterior profesión de ingeniero correspondiente.

Da la sensación de que tal y como está planteado ahora mismo el anteproyecto de la ley servicios profesionales, LSP, entra en confrontación con las universidades que ofrecen máster, dado que evidencian la clara diferenciación entre los másteres habilitantes y los no habilitantes, de forma que unos tienen un valor sustancial a nivel atribuciones y competencias, mientras que los otros solo y exclusivamente competenciales.

Pero Bolonia no habla de eso. Y podría darse el caso de que un grado ingeniero español con un máster no habilitante en España, si que tuviera atribuciones en la UE o vicerversa, que un grado español con máster habilitante en España no tuviera atribuciones en la UE. Pongo un ejemplo: Un grado con máster habilitante en España en ingeniería de montes podría no tener especiales competencias en Alemania, dado que allí la profesión no está regulada. Sin embargo un grado con máster no habilitante en España en automática o robótica si podría tener atribuciones profesionales en Alemania.

U otro ejemplo: un grado holandés con máster en construcción, ¿podrá trabajar proyectando puentes en España?

Estos ejemplos que se darían en múltiples casos, ponen de manifiesto el riesgo de hacer una LSP que se enfrente desde un primer momento con la UE y con la capacitación real de determinados profesionales que por tanto han estudiado másteres, que aunque sean oficiales, son de segunda clase.

Y de hecho, si un grado con máster en edificación diseña una casa, ¿podría un juez determinar que esa persona no tiene las competencias suficientes y que por lo tanto no puede diseñar ese edificio?

Parece extraño que la LSP no aborde este tema controvertido, simplificando el asunto, o bien complicándolo a base de atribución por crédito ECTS obtenido.
Última edición por custom el 07 Abr 2013, 11:06, editado 2 veces en total
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#319746
JORDIM escribió:También hay FPs que dan titulación en eficiencia energética y no por eso se pueden certificar edificios ni firmar proyectos con LIDER y CALENER.


Es cierto lo del LIDER y el CALENER, pero yo solo me remito a lo que se dice en el borrador de ley de servicios profesionales en lo referente a coordinación de seguridad, y lo deja abierto a casi todo el mundo tal y como está redactado.
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#319747
sauce escribió:Para mí el siguiente artículo es una burrada

"3.-A partir de la entrada en vigor de esta ley, sólo los titulos universitarios de grado o de máster que den acceso a cualquier profesión de ingeniero o ingeniero técnico podrán incluir en su denominación la palabra ingeniero, a excepción de los títulos de ingeniero informático e ingeniero técnico informático, que podrán mantener dicha denominación. "

Se acabó innovar en ingeniería


No se sí entiendo mal este párrafo...
Quiere decir que los grado en :
- Ingeniería en Organización Industrial
- Ingeniería Biomédica
- Ingeniería de la Energía
- Ingeniería de la Edificación
- Ingeniería en Tecnologías Industriales
- Etc
No podrán incluir en su denominación Ingeniero ya que ninguno de ellos conduce al ejercicio de las profesiones reguladas de Ingeniero Técnico.
El caso más llamativo sería el Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, creado insistentemente por los Ingenieros Industriales para crear el grado generalista como antiguamente era Ingeniería Industrial de 2 ciclos.
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#319748
custom escribió:Analizando algo más el borrador de LSP y sus posibles consecuencias, se constata que a nivel atribuciones se habla de ingeniero e ing. técnico en vez de máster y grado ingeniero, que es modelo vigente.

Partiendo de la base de que estamos ya inmersos en un nuevo modelo en el que se imparten grado y máster unicamente (salvo residualmente durante los próximos 2 años para terminar las ingenierias y las ingenierias tecnicas ya iniciadas) soprende el poco interés que desatan los cientos de máster especializantes, por no ser habilitantes a la anterior profesión de ingeniero correspondiente.

Da la sensación de que tal y como está planteado ahora mismo el anteproyecto de la ley servicios profesionales, LSP, entra en confrontación con las universidades que ofrecen máster, dado que evidencian la clara diferenciación entre los másteres habilitantes y los no habilitantes, de forma que unos tienen un valor sustancial a nivel atribuciones y competencias, mientras que los otros solo y exclusivamente competenciales.

Pero Bolonia no habla de eso. Y podría darse el caso de que un grado ingeniero español con un máster no habilitante en España, si que tuviera atribuciones en la UE o vicerversa, que un grado español con máster habilitante en España no tuviera atribuciones en la UE. Pongo un ejemplo: Un grado con máster habilitante en España en ingeniería de montes podría no tener especiales competencias en Alemania, dado que allí la profesión no está regulada. Sin embargo un grado con máster no habilitante en España en automática o robótica si podría tener atribuciones profesionales en Alemania.

U otro ejemplo: un grado holandés con máster en construcción, ¿podrá trabajar proyectando puentes en España?

Estos ejemplos que se darían en múltiples casos, ponen de manifiesto el riesgo de hacer una LSP que se enfrente desde un primer momento con la UE y con la capacitación real de determinados profesionales que por tanto han estudiado másteres, que aunque sean oficiales, son de segunda clase.

Y de hecho, si un grado con máster en edificación diseña una casa, ¿podría un juez determinar que esa persona no tiene las competencias suficientes y que por lo tanto no puede diseñar ese edificio?

Parece extraño que la LSP no aborde este tema controvertido simplificando el asunto o bien complicándolo a base de atribución por crédito ECTS obtenido.


Por otra parte Custom, me gustaría comentarte que estoy casi convencido que este fue el primer borrador y el 2do fue el ppt que todos conocemos.

Tienes toda la razón en lo que comentas. No tiene sentido la LSP. La UE ha dicho por activa y por pasiva que los grados son los que dan atribuciones y los Masters son especialistas.
No entiendo porque nos involucramos en el EEES si al final hacemos todo por respetar a los Colegios profesionales.

En fin, estoy casi convencido de que este borrador no saldrá así definitivamente.
Y estoy convencido porque es la UE quien nos obliga a sacar la LSP.

Un saludo
por
#319749
dgomecan escribió:
No se sí entiendo mal este párrafo...
Quiere decir que los grado en :
- Ingeniería en Organización Industrial
- Ingeniería Biomédica
- Ingeniería de la Energía
- Ingeniería de la Edificación
- Ingeniería en Tecnologías Industriales
- Etc
No podrán incluir en su denominación Ingeniero ya que ninguno de ellos conduce al ejercicio de las profesiones reguladas de Ingeniero Técnico.
El caso más llamativo sería el Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, creado insistentemente por los Ingenieros Industriales para crear el grado generalista como antiguamente era Ingeniería Industrial de 2 ciclos.


Pues si, sería un agravio importante que grados ingenieros no pudieran llamarse ingenieros, no tuvieran por tanto competencias de ingeniero técnico y se quedaran sin competencia alguna, y en particular el ejemplo de grados ing. en tecnologías industriales.

Saludos
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#319765
custom escribió:
JORDIM escribió:
rurk escribió:
JORDIM escribió:¿Y en que papelito pone eso, paisano? :pausa


http://www.todofp.es/todofp/formacion/q ... onale.html

http://www.cece.gva.es/eva/es/fp/mspprp3d.htm


Lo que regula legalmente los riesgos laborales son Decretos de la Generalitat y Leyes y Reales Decretos que firman Mariano y Juan Carlos. Lo que has enlazado no es más que el plan de estudios formación profesional de los tropecientos mil que hay, el 50 % de los cuales son un timo en toda regla.


Me temo que estás equivocado, ahora algunas FP tiene nivel superior en prevención de riesgos laborales. No digo ni que me parezca ni bien ni mal, simplemente les dan el título superior, el mismo que obtienes posteriormente después de hacer el máster de prevención de riesgos en la especialidad de obras.


Por matizar esta cuestión, que el titulo de FP en prevención de riesgos PROFESIONALES sea un titulo de grado superior de formación profesional, no quiere decir que habilite para desempeñar funciones de nivel superior en prevención de riesgos LABORALES según se determinan las mismas en el rd 39/1997 por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención. Para estas, unicamente sirve poseer una formación universitaria y haber realizado un "master" (ahora universitario) en prl, con el contenido y duración mínima que marca dicho rd 39/1997.

El titulo de fp de tecnico superior en prevención de riesgos PROFESIONALES, unicamente habilita para desempeñar las funciones de nivel intermedio en prevención de riesgos LABORALES que establece dicho rd 39/1997, y no es solo cuestión de que así este regulado en este rd 39/1997, sino que también el propio rd que regula las competencias de este título establece las mismas funciones para el mismo que el rd 39/1997.

Cuestión distinta es que en el borrador de LSP, tal y como esta redactado el tema de las competencias para actuar como CSS, no se haga distinción sobre esta cuestión, pero igualmente no se hace tampoco con respecto de la formación de nivel BASICO en prl.
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#319829
dgomecan escribió:
Por otra parte Custom, me gustaría comentarte que estoy casi convencido que este fue el primer borrador y el 2do fue el ppt que todos conocemos.

Tienes toda la razón en lo que comentas. No tiene sentido la LSP. La UE ha dicho por activa y por pasiva que los grados son los que dan atribuciones y los Masters son especialistas.
No entiendo porque nos involucramos en el EEES si al final hacemos todo por respetar a los Colegios profesionales.

En fin, estoy casi convencido de que este borrador no saldrá así definitivamente.
Y estoy convencido porque es la UE quien nos obliga a sacar la LSP.

Un saludo


Si, completamente de acuerdo, el powerpoint va después del borrador de ley, el cual debe ser el documento de octubre del año pasado.

Queda una nebulosa con lo de grado y máster que van a tener que resolver por narices, dado que en la UE el grado/bachelor es generalista, incluyendo que el grado es máximo nivel en la función pública. Además, hay un problema de adaptaciones a grado y a máster sin resolver por una gran mayoría.

Siempre que igualen competencias se va a igualar grados y máster. A los máster les van a dar lo de proyecto en edificación como plus, pero no aclaran lo de los máster no habilitantes que sepan de edificación o con los grados que saben de construcción.

Otra cosa son los arquitectos y arquitectos técnicos que posiblemente pasen a niveles grado y máster asimilables a ingenieros o si no, extraña solución van a dar.

Si, evidentemente la Ley de servicios profesionales cada día parece más descafeínada, hay conversaciones de los colegios profesionales secretas, y sorprende la filtración del decano de ingenieros técncios de minas que dice que solo agua, energía y tasaciones quedarán abiertas a todos, y que el resto se está negociando. Sorprende tambien que el INITE se dedique al tema de la acreditación profesional, como si fuera la salida de los grados hacía competencias mayores.

La UE exige, pero España es dura de pelar, mucho pesebre difícil de erradicar. Dicen que antes de verano, bueno, ya llevamos un año de retraso puesto que se anunció en abril del año pasado y aquí estamos. Todo dependerá de lo que aprieten desde europa, y si como parece las farmacias ya no se liberalizan, quiere decirse que lo de la liberalización es más que relativo desde el punto de vista español.

Y como guinda al pastel hoy sale el decano del colegio de iti de Almdería diciendo que ha convocado a todos los colegios almerienses para defender la obligación de colegiación, sin hablar de nada más: otro puto dinosaurio agarrado al sillón que lo único que quiere es la supervivencia del colegio para tener ahí su chiringo. En fin...

Saludos
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#319837
custom escribió:Dicen que antes de verano, bueno, ya llevamos un año de retraso puesto que se anunció en abril del año pasado y aquí estamos.


¿un año?, mas bien DOS AÑOS (y tres meses, de momento) de retraso, según lo que rezaba en la disposición transitoria cuarta de la ley 25/2009 "omnibus":

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 6.html#dt4

:cabezazo :cabezazo :cabezazo
por
#319841
Icm75 escribió:
custom escribió:Dicen que antes de verano, bueno, ya llevamos un año de retraso puesto que se anunció en abril del año pasado y aquí estamos.


¿un año?, mas bien DOS AÑOS (y tres meses, de momento) de retraso, según lo que rezaba en la disposición transitoria cuarta de la ley 25/2009 "omnibus":

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 6.html#dt4

:cabezazo :cabezazo :cabezazo


Si bueno, en lo referente a las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación si llevan 2 años. Yo me refería la LSP (que incluye colegios) que prometía de guindos en abril del año pasado. Si a eso le sumas que el anterior ejecutivo anduvo a vueltas con el anterior anteproyecto de julio de 2010, pues si efectivamente, llevamos casi 3 años a vueltas con la liberalización de las profesiones.

No hay que olvidar que estamos contraviniendo la directiva de servicios (que ya es del 2006) en cuanto a la libre circulación de profesionales que desarrollen servicios y la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y todas las modificaciones que provocó.

En fin, que no tenemos prisa ninguna, total para qué...
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#319938
Pudiera ser, ya me extraña, que a final de este mes se aprobara en congreso de ministros llevar al congreso el anteproyecto de ley de servicios profesionales

De Guindos ha manifestado que quiere llevar antes de final de mes un paquete de medidas al Consejo de Ministros, entre las cuales puede estar la Ley de Servicios Profesionales. Se ha manifestado a favor de la máxima liberalización y la eliminación de barreras y que la colegiación solo se mantendrá donde sea imprescindible.


De Guindos añadió que «en otros ámbitos, cuando consideramos que no existen razones que justifiquen la existencia de barreras, que se derivan de restricción o corporativismo, el Ministerio de Economía tiene que eliminarlas porque la eliminación de esas trabas acabará redundando en un incremento de la economía española y de la generación de empleo y, por tanto, ahí es donde se va a actuar, es decir, el objetivo prioritario es mantener en aquellos casos en que sea imprescindible porque haya un valor superior, lo que pueda ser la colegiación obligatoria, que en algunos casos consideramos que no supone una merma del crecimiento».


http://www.abogacia.es/2013/04/09/de-guindos-se-mantendra-la-colegiacion-en-aquellas-profesiones-donde-este-justificada-por-existir-un-valor-superior/
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#319939
custom escribió: http://www.abogacia.es/2013/04/09/de-guindos-se-mantendra-la-colegiacion-en-aquellas-profesiones-donde-este-justificada-por-existir-un-valor-superior/


Ante las profesiones que lleven en la mochila un "valor superior" no habrá mas remedio que hincar la rodilla. ¡Que menos!.

Se aceptan una porra a ver cuales van en el paquete: seguro que alguna empieza por "ar..."

No os quiero quitar el gusto, pero creo que os lleváis unas torrijas mentales fenomenales para nada. Nada va a cambiar, los que tenían el poder de influencia lo sieguen teniendo y los que no pintaban una mona siguen sin pintarla y este gobierno, como cualquier otro se tirará con gomita todas las directivas europeas que le pongan por delante, a mayor gloria de unos pocos y en desprecio absoluto a los intereses generales. Y si algo tiene que cambiar de cara a la galería lo dejarán muy difuso, para que dentro de 10 años un juez le de la razón a los unos y otro a los otros, y todos tan felices ... :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas :chorradas

Al tiempo.
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