Buenas.
Como siempre, no se como me acaban a mi todos los marrones (bueno, si lo se.

). El caso es que tengo un caso fino fino.
Vease, polígono industrial por donde pasa una LAAT gorda. Torre rusa 220KV. Esa linea condiciono el polígono, de manera que la calle principal va paralela a la linea.
Pues bien, evidentemente la linea sobrevuela terreno privado. En una de esas parcelas, que dan a la calle pasando por debajo de la línea hay que montar un CT abonado, para lo cual, los ibertolos nos piden CS, lógico y normal, pero como siempre, nos piden instalarlo en el límite de parcela, pero claro, ese límite de parcela es zona de influencia de la línea. Podríamos instalarlo mas adentro, dentro de la parcela del cliente, pero claro, ibertola solo admite que sea accesible, para lo cual no se debería vallar la parcela o modificar el alineamiento del mismo, normatíva urbanistica... y REE consultado, y ahora os vais a reir, cometa que no puedo montar el CS (le propuse un o compacto), pero por normativa si se puede montar un poste y un seccionamiento aéreo (desenterrar la linea, subirla, seccionar y volver a bajar), porque claro, la normativa que le afecta está clara que es la de cruzamiento de lineas aereas...
A que mola?
Que hago?, porque está claro que lo del poste es de traca...
a) mando vino al de REE
b) mando vino al de Ibertrola
c) mando vino al ayuntamiento
Hay una opción que salvaría el caso, que es montar una cabina mas en el embarrado de seccionameinto del CT Iberdrola mas próximo y desde allí alimentar en antena al CT abonado, pero creo que tendré que mandarles mucho vino para que cuele... ¿mas opciones?
No, no se puede alimentar la parcela por otro lado que no sea el frente.