Kirium escribió:No es un caso raro.
Como te dicen, desde el punto de vista de la actividad se puede legalizar. El local es existente y punto. Si el Ayuntamiento contrasta que no existe la división horizontal la podría exigir, pero yo no me lo que encontrado nunca.
Respecto a la inst. eléctrica, está claro que incumple la ley, pero por la parte del suministro.
Si el local tiene su instalación correcta, se hace el boletín. La instalación será legal y terminará tu responsabilidad.
Gracias por la respuestas.
No conozco la situación de los otros dos locales. Creo que están con licencia pero sin cumplir con toda la normativa.
La cuestión es que al firmar la declaración responsable, indicas que el local cumple con toda la normativa vigente.
Respecto a la instalación de agua fría. ¿Es obligatorio por ley la instalación de contador y acometida independiente para cada una de las 3 separaciones? Si es obligatorio, ¿en que normativa se indica?