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#343702
Segun REBT, los cables no propagadores de incendios son obligatorios en Locales Publica Concurrencia (y otros).
Pero en el caso de una Nave que es un Taller de carpinteria de aluminio que dispone de amoladoras, tronzadoras, cortadora, etc, entiendo que va por el ITC BT-29(riesgo de incendio explosion). En este caso ¿es obligatorio el cable libre de halogeno?. De ser así, seria en toda la Nave?, o solo en las zonas clasificadas como Zona 22 o Zona 21.
Gracias por los posible comentarios y respuestas.
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#343703
Según el RSCIEI, que aunque no sea aplicable de forma directa a tu Proyecto, si lo será a la nave posiblemente, "los cables deberán ser no propagadores de incendio y con emisión de humo y opacidad reducida".
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#343705
Creo recordar que el RSCIEI indicaba que libre de halógenos sólo en el interior de falsos techos y suelos elevados.
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#343708
Arthas escribió:Creo recordar que el RSCIEI indicaba que libre de halógenos sólo en el interior de falsos techos y suelos elevados.


Cierto es. Buena puntualización.
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#343709
Yo entiendo que si el local es un local con riesgo de incendio o explosión según ITC-BT 29, tienes 2 métodos de instalación:
- Cable de tensión asignada 450/750 V bajo tubo metálico flexible o rígido, NO PROPAGADOR DEL INCENDIO SEGÚN UNE EN 60332-3
- Cable armado con hilo de acero o con otra protección mecánica implementada. También será NO PROPAGADOR DEL INCENDIO SEGÚN UNE EN 60332-3.

Como ves, no indica que deba ser libre de halógenos, con baja emisión de humos y gases, etc...pero por lo general casi todos los fabricantes producen sus "cables convencionales" (H07V-U, H07V-R, H07V-K, RV-K 0,6/1 kV) siendo sólo No propagadores de la llama (UNE EN 60332-1-2), y si quieres un cable que sea No propagador del incendio, ya te tienes que ir a las gamas que además son libres de halógenos, etc.. (H07Z1-K(AS) TYPE2, RZ1-K(AS) 0,6/1 kV...).
De ahí, que por lo general si lo precisas No propagador del incendio, debas pedir "Cable libre de halógenos". Hay algún fabricante por ahí, que SI que tienen los cables más convencionales y sencillos del tipo H07V-U, H07V-K con la característica de No propagador del incendio, pero no es lo más común.

Por último, como indicaban arriba, si se trata de una instalación industrial, si el cable va dentro de falsos techos o suelos elevados, deberá ser "no propagador de la llama, no propagador del incendiio, con baja emisión de humos tóxicos, corrosivos, de baja opacidad" (AS).

Nota:
De forma sencilla, no propagador de la llama indica que un sólo cable sometido a fuego no propaga la llama y se autoextingue.
No propagador del incendio indica que varios cables (mazos de cables - más material plástico, con corrientes de aire entre ellos, etc...) sometidos al fuego, no propagan la llama y se autoextinguen.
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#343720
ok, muchas gracias por los comentarios. En cuanto a la aplicacion de ITC BT 29 (riesgo incendio explosion), algun compañero me ha comentado que no es de aplicacion a una Nave que se dedica a Taller aluminio aunque tenga virutas (por corte de perfiles). Sin embargo he visto segun REBT seria una Clase II, por ser “Zonas en las que se producen , procesan, manipulan polvos metalicos de materiales ligeros”. ¿Estoy en lo cierto, no?.
Mil gracias
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#343722
JOSYJES escribió:ok, muchas gracias por los comentarios. En cuanto a la aplicacion de ITC BT 29 (riesgo incendio explosion), algun compañero me ha comentado que no es de aplicacion a una Nave que se dedica a Taller aluminio aunque tenga virutas (por corte de perfiles). Sin embargo he visto segun REBT seria una Clase II, por ser “Zonas en las que se producen , procesan, manipulan polvos metalicos de materiales ligeros”. ¿Estoy en lo cierto, no?.
Mil gracias


Si indican que no es de aplicación a una nave por ser de uso industrial... creo que sí es de aplicación, en todos los casos menos en los siguientes, según indica explícitamente el Reglamento (artículo 2.4): minas, tracción, automóviles, navíos, aeronaves, sistemas de comunicación y usos militares, y resto que tenga legislación específica.

No veo tampoco en la propia instrucción nada muy diferente a este campo de aplicación... el polvo de aluminio es inflamable, con lo cual yo también veo un Clase II según el REBT ITC 29...
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#343729
JOSYJES escribió:ok, muchas gracias por los comentarios. En cuanto a la aplicacion de ITC BT 29 (riesgo incendio explosion), algun compañero me ha comentado que no es de aplicacion a una Nave que se dedica a Taller aluminio aunque tenga virutas (por corte de perfiles). Sin embargo he visto segun REBT seria una Clase II, por ser “Zonas en las que se producen , procesan, manipulan polvos metalicos de materiales ligeros”. ¿Estoy en lo cierto, no?.
Mil gracias


Dependerá del tamaño de la viruta, pero por corte de oerfiles, el tamaño de los restos son "grandes para que sea explosivo el aluminio....
Diría yo en mi proyecto.

Ahora bien, si luego pasan por la piedra esos cortes....mmm... Ya no se que decir. Aspiracion por si las moscas...



Saludos.

Edito: eso es, como dice el compañero (no había leído bien), pero ojo a los esmeriles
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#343745
esaizmata escribió:Yo entiendo que si el local es un local con riesgo de incendio o explosión según ITC-BT 29, tienes 2 métodos de instalación:
- Cable de tensión asignada 450/750 V bajo tubo metálico flexible o rígido, NO PROPAGADOR DEL INCENDIO SEGÚN UNE EN 60332-3
- Cable armado con hilo de acero o con otra protección mecánica implementada. También será NO PROPAGADOR DEL INCENDIO SEGÚN UNE EN 60332-3.

No lo encuentro en la ITC, puedes indicar en que apartado viene.
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#343757
Apartado 9.2 de la ITC-BT 29. Lo que puse es un resumen y las opciones que más se suelen utilizar:

9.2. Requisitos de los cables.

Los cables a emplear en los sistemas de cableado en los emplazamientos de clase I y clase II serán:

a) En instalaciones fijas:
Cables de tensión asignada mínima 450/750V, aislados con mezclas termoplásticas o termoestables; instalados bajo tubo (según 9.3) metálico rígido o flexible conforme a norma UNE-EN 50086-1.
Cables construidos de modo que dispongan de una protección mecánica; se consideran como tales:
Los cables con aislamiento mineral y cubierta metálica, según UNE 21157 parte 1.

Los cables armados con alambre de acero galvanizado y con cubierta externa no metálica, según la serie UNE 21.123.

Los cables a utilizar en las instalaciones fijas deben cumplir, respecto a la reacción al fuego, lo indicado en la norma UNE 20432-3.


Nota: La norma UNE 20432-3 ha sido sustituida y derogada por la UNE EN 50266-2-4 y luego por la UNE EN 60332-3. Es el ensayo de no propagación del incendio.

Igual no me expliqué correctamente y lo simplifiqué demasiado.
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