CorreCaminos escribió:Hola,
A la hora del cálculo estructural de un forjado frente a hipótesis de incendio, si resulta que me hacen falta 5 mm de yeso recubriendo la cara inferior del forjado para que me cumpla la estabilidad mínia al fuego, ¿podría considerar qu un falso techo de escayola me aporta dicha protección aunque exista una cámara de aire entre el forjado y falso techo?
Gracias
Si te estás refiriendo a C.2.4.2: "Los revestimientos con mortero de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real. Cuando estén aplicados en techos, para valores no mayores que R 120 se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección y para valores mayores que R 120 su aportación solo puede justificarse mediante ensayo."
Mi opinión. Un falso techo
NO es un
revestimiento (un revestimiento de algo está
en contacto con ese algo a mi entender). Y desde luego
NO está aplicado "
por proyección". Ergo...
Es una opinión meramente.