por PJ33
- 16 Jun 2018, 15:52

-
Perfil básico de usuario
- 16 Jun 2018, 15:52
#363478
Buenas a todos,
Hablando con un compañero nos ha surgido las siguientes dudas que voy a intentar explicar de la forma más escueta y clara posible:
-En un local de pública concurrencia que tiene una instalación eléctrica de una cierta antigüedad pongamos antes de 2002, se quiere realizar un cambio en el cuadro (poner todas las protecciones nuevas) y reformar todo el cableado del local. La pregunta es, si no vamos a modificar potencia, ni tipo de suministro. ¿Se exige un nuevo boletín ante la reforma producida? Suponemos que sería recomendable hacerlo, pero nunca exigible ¿no? La OCA al ver que se ha cambiado la instalación pero no hay un nuevo boletín ¿podría exigirte algo?
-El segundo caso sería: Imaginemos que tenemos un local con un boletín anterior a 2002 y con una antiguedad de más de 20 años el pto 5 del Art 83 del RD 1955/2000.''Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes''. Dice lo siguiente:
5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador.
Nuestra duda es, la obligación de obtención del nuevo boletín en este caso sería efectiva si la empresa contacta con el titular del local suponemos ¿no? En caso de que la empresa no haga constancia o no informe al titular este no tiene obligación de realizar el nuevo boletin ¿no?
Espero sus respuestas, muchas gracias.
Hablando con un compañero nos ha surgido las siguientes dudas que voy a intentar explicar de la forma más escueta y clara posible:
-En un local de pública concurrencia que tiene una instalación eléctrica de una cierta antigüedad pongamos antes de 2002, se quiere realizar un cambio en el cuadro (poner todas las protecciones nuevas) y reformar todo el cableado del local. La pregunta es, si no vamos a modificar potencia, ni tipo de suministro. ¿Se exige un nuevo boletín ante la reforma producida? Suponemos que sería recomendable hacerlo, pero nunca exigible ¿no? La OCA al ver que se ha cambiado la instalación pero no hay un nuevo boletín ¿podría exigirte algo?
-El segundo caso sería: Imaginemos que tenemos un local con un boletín anterior a 2002 y con una antiguedad de más de 20 años el pto 5 del Art 83 del RD 1955/2000.''Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes''. Dice lo siguiente:
5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador.
Nuestra duda es, la obligación de obtención del nuevo boletín en este caso sería efectiva si la empresa contacta con el titular del local suponemos ¿no? En caso de que la empresa no haga constancia o no informe al titular este no tiene obligación de realizar el nuevo boletin ¿no?
Espero sus respuestas, muchas gracias.