Que yo sepa no te obliga a poner espuma salvo:
Para todo lo demás:
La cosa está en justificar porqué usas espuma y agua conjuntamente para la extinción, no? Es eficaz el agua?
APQ escribió:Artículo 26.
Los tanques de almacenamiento de líquidos de subclase B1 de capacidad unitaria igual o superior a 200 m3, deberán estar dotados de protección con espuma. Los cubetos que contengan recipientes que almacenen líquidos de la subclase B1 de capacidad global igual o mayor a 200 m3 deberán estar dotados de protección de incendios con espuma contra derrames en cubetos.
Para todo lo demás:
APQ escribió:Artículo 24.
La protección contra incendios en un almacenamiento de líquidos inflamables y/o combustibles y sus instalaciones conexas está determinada por el tipo de líquido, la forma de almacenamiento, su situación y/o la distancia a otros almacenamientos; por lo que, en cada caso, deberá seleccionarse el sistema y agente extintor que más convenga, siempre que cumpla con los requisitos mínimos que, de forma general, se establecen en el presente capítulo.
La cosa está en justificar porqué usas espuma y agua conjuntamente para la extinción, no? Es eficaz el agua?

"Nasío pa diseñá"