Ivanhoe856 escribió:Dices ayuntamiento? Que pinta el ayuntamiento? pensaba que las certificaciones solo era cosa de la empresa promotora, para comprobar que la empresa contratista hace las cosas "en su tiempo estimado".
¿Entonces las certificaciones se hacen cuando una empresa promotora contrata la obra con una empresa contratista (y logicamente la obra tiene una cierta magnitud que hace que dure varios meses) para controlar que la obra se ejecuta en los plazos "pactados"?
A ver, cuando digo ayuntamiento, me refiero al papel de "cliente final". Lo que pasa es que estaba en el supuesto que dicho cliente era una organismo público (como te decía al principio del post), y seguí mi discurso a partir de ese punto. Pero me refería al "cliente".
En general, en las obras, hay tres partes implicadas: cliente (o promotor), dirección facultativa (o ingeniería) y contratista. En algunos casos, algunos agentes pueden doblar papeles: el cliente puede tener su propia ingeniería para dirigir la obra, o el promotor ser el mismo constructor.
Se supone que el promotor es el que va a explotar las instalaciones tras su ejecución. La D.F. es la que dirige dicha ejecución, velando por los intereses del cliente, tanto en plazo, como en pasta y en calidades. Y la contrata es la ejecutora del proyecto.
Cuando la obra es pública, el papel de promotor, o cliente, lo hace un organismo público (ayuntamiento, diputación, C.A., ministerio de turno,...), y de ahí mi discurso. Tu caso no tiene nada que ver con esto: se trata de una obra privada.
Pese a que en teoría la certificación la ha de preparar la D.F., en realidad muy pocas ingenierías lo hacen, y suele ser la contrata la que prepara las certificaciones mensualmente, según lo ejecutado en obra.
Evidentemente, esto puede favorecer a la contrata a la hora de "avanzar" algunos conceptos que le pueda interesar cobrar antes, siempre que la D.F., los acepte (otras veces, porque no los ve, los cuelas

). Esto es, la contrata puede "certificarle" la partida de fontanería al completo, aunque le falten algunas unidades por colocar; si la D.F. no se toman la molestia de ir a obra a comprobarlo, se la cuela, ¿entiendes? Esto no podría pasar si la certificación la prepara la D.F., porque entonces sí saben lo que hay colocado y lo que no, por la cuenta que les trae.
Por lo que, si tú eres contrata, tendrás que presentar la certificación mensual de lo ejecutado en la obra, conseguir que la D.F. te la firme y se la pase al cliente, al que le enviarás la factura por el importe de los conceptos certificados.
El concepto de la certificación no consiste en llevar un control del avance de la obra, para eso ya hay plannings y puntos de control.
Una certificación es una garantía al pago del cliente por los servicios prestados por la contrata en la ejecución de las obras hasta ese instante (joder, ahora que lo leo, cómo ha quedado esta frase, chico...parezco el Reverte, ése...). Y por ello ha de llevar la firma del director de obra (Dirección Facultativa), que es el que garantiza que los conceptos que el cliente paga se hayan realmente ejecutados en obra.
Y se suele hacer mensualmente, por el tema de la liquidez del contratista, y del propio cliente. No sería lógico cobrar una obra de millones de euros de una tacada, al final. Lo propio es fraccionar los pagos mediante certificaciones parciales (cada mes).
Y en este escenario de la obra privada no se contempla un formato único de certificación, como te decía en el primer post, pese a que existe un formato oficial de certificación de cara a organismos públicos.
Es más, cada empresa suele tener su propio formato, e incluso tú te puedes hacer uno. Lo más habitual son, como te comentaba, hojitas excel con la relación de las partidas del presupuesto y sus correspondientes mediciones. Pero existen aplicaciones específicas para desarrollar estos documentos.
Y vaya leñazo que acabo de soltarte, eh? Ya te había dicho que este tema daba para mucho...jurjurjur
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