Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
Avatar de Usuario
por
#47630
Hola a todos,

hasta ahora me he dedicado a hacer proyectos de licencias de actividad, en las que ya estaba la obra hecha o a lo sumo, habia que hacer unos pequeños arreglos que ni era necesario pedir licencia de obra menor.

El tema es que ahora me han encargado llevar la apertura de un negocio desde 0, con obra completa.

En el ayuntamiento te dicen los requisitos del proyecto, que cumpla el decreto tal, tal y cual, pero, podriais decirme donde puedo ampliar los conocimientos de los tramites a realizar para llevar una licencia de obras correctamente? plazos de entrega por mi parte y de respuesta por parte del los ayuntamientos, cuando es necesario hacer certificaciones y cuando no, forma de realizar correctamente una certificacion

Desarrollar el proyecto de obra, seguridad y salud, ruidos, proyecto electrico y fontaneria esta claro, pero donde me pierdo es en tramites, certificaciones de obra y la direccion de obra, alguna ley o decreto para consultar??

Gracias a todos :goodjob :goodjob
Avatar de Usuario
por
#47668
Ivanhoe , tu pregunta es muy amplia , pero voy a intentar ayudarte un poco .
En primer lugar debes mirar Ordenanzas Municipales y Reglamentación y Normativa básica a aplicar ( CTE , REBT , PGM , RITE etc. ) . ¿Cuando mencionas certificación , te refieres a Certificados Finales ?
saludos :D
Avatar de Usuario
por
#47753
Hola ivanhoe,
cuando hablas de certificaciones, supongo que te referirás al documento con las mediciones parciales de la obra que hay que ir presentándole a la propiedad conforme va avanzando la obra, para facturarle periódicamente, y firmado por la D.F. (Dirección Facultativa).
Si éste es el caso, y se trata de obra pública (el cliente final es un ayuntamiento, diputación, comunidad autónoma), existe un formato de certificación oficial, que se encuentra en el anexo XI (creo) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas :mira , y que puedes consultar aquí:
http://www.boe.es/boe/dias/2001/10/26/p ... -39371.pdf
También lo puedes encontrar en la web de la diputación valenciana:
http://www.gva.es/c_economia/web/junta/rglcap.pdf
A mí sólo me lo han pedido en este formato en una ocasión, y fue una putada, porque ya tenía más de la mitad de la obra certificada, y por un reajuste de anualidad del Principado de Asturias, hala!, a cambiar todos los datos de las certificaciones desde origen para el nuevo formato. :cabezazo

Si por el contrario, el promotor es privado (una empresa, un paisano), no hay un formato estándar, sino que cada empresa tendrá el suyo propio (una hojita excel es el método más extendido :mrgreen: ). Este formato, te lo pueden dar desde la D.F., o te haces tu uno a tu gusto. De hecho, hay programas que te sacan los formatos de certificación (Presto, Arquímedes,...) directamente.

En general, el período de presentación de certificaciones es mensual; esto es, cada mes, habrás de presentar la certificación de lo que se haya ejecutado en la obra, firmado por el director de obra (el arquitecto), y adjuntar la correspondiente facturita por dicho importe. Los días de facturación y presentación de certificaciones variarán con la D.F. y el ayuntamiento correspondiente, pero ya te digo que va a ser mes a mes.
Si no es el caso que comento, y te refieres al tema de certificaciones en otro sentido, siento el rollo :oops: ;) :gato
Avatar de Usuario
por
#48555
CRISPAL escribió:...debes mirar Ordenanzas Municipales y Reglamentación y Normativa básica a aplicar ( CTE , REBT , PGM , RITE etc. )...

Te refieres a que tanto CTE, como REBT como el resto hay una parte que dan directrices para hacer una dirección correcta de obra? Iré mirando la normativa buscando esas directrices en dirección de obra. Te comentaré el resultado

CRISPAL escribió:... ¿Cuando mencionas certificación , te refieres a Certificados Finales ?

No, me referia a certificaciones como documentos de mediciones parciales de obra, pero Amenofis ya me lo ha aclarado.

Amenofis escribió:...Los días de facturación y presentación de certificaciones variarán con la D.F. y el ayuntamiento correspondiente, pero ya te digo que va a ser mes a mes.

Dices ayuntamiento? Que pinta el ayuntamiento? pensaba que las certificaciones solo era cosa de la empresa promotora, para comprobar que la empresa contratista hace las cosas "en su tiempo estimado".

¿Entonces las certificaciones se hacen cuando una empresa promotora contrata la obra con una empresa contratista (y logicamente la obra tiene una cierta magnitud que hace que dure varios meses) para controlar que la obra se ejecuta en los plazos "pactados"?

Espero vuestras respuestas.

Muchas Gracias Crispal, Amenofis, me estais siendo una gran ayuda

Saludos
Avatar de Usuario
por
#48578
Ivanhoe856 escribió:Dices ayuntamiento? Que pinta el ayuntamiento? pensaba que las certificaciones solo era cosa de la empresa promotora, para comprobar que la empresa contratista hace las cosas "en su tiempo estimado".

¿Entonces las certificaciones se hacen cuando una empresa promotora contrata la obra con una empresa contratista (y logicamente la obra tiene una cierta magnitud que hace que dure varios meses) para controlar que la obra se ejecuta en los plazos "pactados"?

A ver, cuando digo ayuntamiento, me refiero al papel de "cliente final". Lo que pasa es que estaba en el supuesto que dicho cliente era una organismo público (como te decía al principio del post), y seguí mi discurso a partir de ese punto. Pero me refería al "cliente".
En general, en las obras, hay tres partes implicadas: cliente (o promotor), dirección facultativa (o ingeniería) y contratista. En algunos casos, algunos agentes pueden doblar papeles: el cliente puede tener su propia ingeniería para dirigir la obra, o el promotor ser el mismo constructor.
Se supone que el promotor es el que va a explotar las instalaciones tras su ejecución. La D.F. es la que dirige dicha ejecución, velando por los intereses del cliente, tanto en plazo, como en pasta y en calidades. Y la contrata es la ejecutora del proyecto.
Cuando la obra es pública, el papel de promotor, o cliente, lo hace un organismo público (ayuntamiento, diputación, C.A., ministerio de turno,...), y de ahí mi discurso. Tu caso no tiene nada que ver con esto: se trata de una obra privada.

Pese a que en teoría la certificación la ha de preparar la D.F., en realidad muy pocas ingenierías lo hacen, y suele ser la contrata la que prepara las certificaciones mensualmente, según lo ejecutado en obra.
Evidentemente, esto puede favorecer a la contrata a la hora de "avanzar" algunos conceptos que le pueda interesar cobrar antes, siempre que la D.F., los acepte (otras veces, porque no los ve, los cuelas :espabilao ). Esto es, la contrata puede "certificarle" la partida de fontanería al completo, aunque le falten algunas unidades por colocar; si la D.F. no se toman la molestia de ir a obra a comprobarlo, se la cuela, ¿entiendes? Esto no podría pasar si la certificación la prepara la D.F., porque entonces sí saben lo que hay colocado y lo que no, por la cuenta que les trae.
Por lo que, si tú eres contrata, tendrás que presentar la certificación mensual de lo ejecutado en la obra, conseguir que la D.F. te la firme y se la pase al cliente, al que le enviarás la factura por el importe de los conceptos certificados.
El concepto de la certificación no consiste en llevar un control del avance de la obra, para eso ya hay plannings y puntos de control. :usuario Una certificación es una garantía al pago del cliente por los servicios prestados por la contrata en la ejecución de las obras hasta ese instante (joder, ahora que lo leo, cómo ha quedado esta frase, chico...parezco el Reverte, ése...). Y por ello ha de llevar la firma del director de obra (Dirección Facultativa), que es el que garantiza que los conceptos que el cliente paga se hayan realmente ejecutados en obra.
Y se suele hacer mensualmente, por el tema de la liquidez del contratista, y del propio cliente. No sería lógico cobrar una obra de millones de euros de una tacada, al final. Lo propio es fraccionar los pagos mediante certificaciones parciales (cada mes).

Y en este escenario de la obra privada no se contempla un formato único de certificación, como te decía en el primer post, pese a que existe un formato oficial de certificación de cara a organismos públicos.
Es más, cada empresa suele tener su propio formato, e incluso tú te puedes hacer uno. Lo más habitual son, como te comentaba, hojitas excel con la relación de las partidas del presupuesto y sus correspondientes mediciones. Pero existen aplicaciones específicas para desarrollar estos documentos.

Y vaya leñazo que acabo de soltarte, eh? Ya te había dicho que este tema daba para mucho...jurjurjur ;) :mrgreen:
Avatar de Usuario
por
#48608
Amenofis escribió:...Y vaya leñazo que acabo de soltarte, eh? Ya te había dicho que este tema daba para mucho...jurjurjur ;) :mrgreen:...


De leñazo nada, lección magistral. Me ha quedado todo muy claro

Mil gracias Amenofis

Salud :brindis os

PD. Cuando pase por Ferrol te debo unas cuantas mas :brindis
por
#48693
Ivanhoe856, te sugiero leas la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevencion de la Contaminación y Calidad Ambiental (DOGV 5256 DE 11-05-2006)
por
#48790
Amenofis escribió:....... Ya te había dicho que este tema daba para mucho...jurjurjur ;) :mrgreen:


ahí te he visto Amenofis, reivindicando jajajaja :espabilao :espabilao

SUBFORO YA! SUBFORO YA! SUBFORO YA!

:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
Avatar de Usuario
por
#48958
bolado escribió:ahí te he visto Amenofis, reivindicando jajajaja :espabilao :espabilao

SUBFORO YA! SUBFORO YA! SUBFORO YA!

:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Me las pillas al vuelo, tron! ;) :mrgreen: :cunao :comunidad
Avatar de Usuario
por
#48959
Ivanhoe856 escribió:PD. Cuando pase por Ferrol te debo unas cuantas mas :brindis

Ten por seguro que no te "libras" ;) :brindis
Avatar de Usuario
por
#48969
Ivanhoe856 escribió:(...)Te refieres a que tanto CTE, como REBT como el resto hay una parte que dan directrices para hacer una dirección correcta de obra? Iré mirando la normativa buscando esas directrices en dirección de obra. Te comentaré el resultado (...)

No había visto esta cuestión tuya. Y ya te digo yo que dejes de buscar ahí. No vas a encontrar nada de eso :nono Eso sí, encontrarás mogollón de información útil y necesaria. No dejes de leerlos, pero no buscando eso de las directrices para la D.O.
Para eso lo mejor es utilizar el viejo método: preguntar! (a compañeros de trabajo, de carrera, colaboradores, clientes, en los foros ;) ...) :mrgreen:
Yo no te podría dar las claves de una correcta D.O., entre otras cosas porque no soy director de obra, y me parece una razón de lo más convincente. :fumeta

Respecto a otra de las cuestiones que se me ha pasado por alto de tu primer post, respecto a la normativa requerida para los inicios de las obras, ya te voy adelantando información, partiendo de la base de que vas a jugar el papel de Dirección Facultativa, ya que estás hablando de proyecto, normativa, y tal y tal.
Si realmente vas a ser el proyectista y director de obra (que no siempore suele ser la misma persona), de antemano ya te digo que te despreocupes de las solicitudes y trámites:mrgreen: Me explico:
Pese a que creo recordar que en la tan infame para los ingenieros LOE (Ley de Ordenación de la Edificación -RD 38/1999-; no confundir con la Ley de Orgánica de Educación, que también ha dado mucho de sí en estos últimos tiempos ;) ) la responsabilidad de solicitud de permisos, tramitación de licencias y papeleos varios con las administraciones recaía en el promotor :mira , y por extensión, en su D.F., en realidad, ya te digo yo que el que se va a comer todos esos marrones va a ser la contrata. Te lo digo yo, que estoy en una contrata :cabezazo :mrgreen: :espabilao .
Pero por comentarte algunos de estos papeles y trámites, te cito:

- Solicitud de apertura de centro de trabajo: en función de las competencias autonómicas de la ubicación de la obra, hay que ponerse en contacto con el correspondiente organismo (en Cataluña es la Consejería de Trabajo, Salud y Mujer -no sé catalán, disculpas mil-; en Galicia la Consellería X, en Asturias la Y, pero todas relacionadas con trabajo) para informarles del inicio de los trabajos en la fecha prevista.

- Solicitud de licencia de obras: esto suele depender del ayuntamiento en el que se desarrolle la obra, y debería estar definido en el PGOU correspondiente (si lo hay), pero también tienen competencias algunas autonomías. Lo que no sé es cuántas, ni cuántas. Pues lo mismo.

- Solicitud de permisos municipales varios: por ejemplo, de ocupación de la vía pública (caso de hormigonados por bombeo cuando hay que cerrar carriles de circulación). O para desescombro, en el caso de que tengas que disponer de una tolva al exterior por fachada del edificio. O...................................................................................................

- Solicitud para ir a mear: esta hay que planteársela al jefe desde el inicio, porque si no, te coge por banda y no te suelta ni,...ni,...ni para eso, para ir a mear. :cabezazo

En fin, como puedes ver, está muy bien esto. Ánimo y no decaigas! ;)
por
#48982
Amenofis escribió:[Te lo digo yo, que estoy en una contrata :cabezazo :mrgreen: :espabilao .
;)


vamos que tu eres el que les pasa las certificaciones para firmar a la D.O. "redondeadas" es decir mmmmmmmm 150 + 70 sumannnnn unosssss 300 mas o menos + otros 165 que en total hacennnnnnnn a ver....... quesumoquesigoquenomequedecortooooooooooo 750 metros vale certificamos 950 nipatinipami :twisted: y además como te he puesto esto que no venía en presupuestoooooooo --->partida nueva----> precio nuevo y te la coloco jejejejejejeej

"Que a mi me han contao que hay gente mu mala que hace eso" :mrgreen: :mrgreen:

Ánimo Ivanhoe856 que me da que no te vas a aburrir :espabilao :espabilao
Avatar de Usuario
por
#48987
bolado escribió:"Que a mi me han contao que hay gente mu mala que hace eso" :mrgreen: :mrgreen:

Qué va, qué va...habladurías sin fundamento :espabilao :mrgreen: :cunao
Es que si no, mi jefe no gana un duro. Sobre todo en obra pública, que siempre coges la obra perdiendo. Siempre :cabezazo :cabezazo Así que hay que sacar precios nuevos de debajo de las piedras ;)
Así que ya sabes, ivanhoe: cúidate muy mucho de desarrollar los proyectos al máximo, porque como te toque un jefe de obra (de la contrata) con horas de vuelo, te la puede meter doblada :mrgreen:

P.D: no seré yo, pardiez, que no tengo esas horas! :comunidad
Avatar de Usuario
por
#49103
Amenofis escribió:En fin, como puedes ver, está muy bien esto. Ánimo y no decaigas! ;)


Vale notas tomadas,
Certificaciones de obra ok
Tramites de puesta en obra ok (aunque luego se los coma la contrata)
Revision de normativas especificas ok (aunque ya las tengo algo miradas)

Lo de la DO por lo que veo será controlar que todo se lleva conforme a proyecto y evitar que me cuelen cosas mal hechas y que no me metan en los precios de la obra los cafes que se toman otro por ahi. De todas formas como dijiste mirare a ver si veo algun libro tipo "Direcciones de obra para novatos" y hablare con los compañeros de la escuela.

En fin, que ya tengo faenita para "entretenerme" :fumeta

De todas formas el tipo de obras en elq ue me voy a meter es de locales no muy grandes, con pocas contratas y cada una de un par de tios, lo cual simplifica bastante el tema.

Muchas gracias y ya os ire contando

:brindis :brindis :brindis :brindis :brindis
Avatar de Usuario
por
#49891
Amenofis escribió:
bolado escribió:"Que a mi me han contao que hay gente mu mala que hace eso" :mrgreen: :mrgreen:


Así que ya sabes, ivanhoe: cúidate muy mucho de desarrollar los proyectos al máximo, porque como te toque un jefe de obra (de la contrata) con horas de vuelo, te la puede meter doblada :mrgreen:



Hola a todos, hacia dias dias que consultava el foro, pero nunca habia postado nada.

Amenofis, por que dices esto? En teoria esto todo bastante especificado, no?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro