por pacopla - 25 Ene 2008, 20:33
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- 25 Ene 2008, 20:33
#47438
Estimados amigos:
Estoy colaborando con el Consejo de Ingenieros Técnicos Industriales, en la comisión que redacta de nuevo RSF que saldrá publicado suponemos antes de un año.
En mi opinión particular, la nueva redacción es un bodrio puesto que no es un reglamento de seguridad ni es un reglamento de instalaciones.
No es un reglamento de seguridad porque carece de dictamen o certificado de seguridad.
No es un reglamento de instalaciones porque no se ha tenido en cuenta las condiciones de diseño, el ahorro energético, el rendimiento, el diseño de las instalaciones etc.
Estamos luchando sólos contra las asociaciones de instaladores puesto que, tanto el Consejo de Ingenieros Industriales ni el Consejo de Ingenieros Agrónomos, está representado en dicha comisión. Los instaladores, que han recogido el encargo de la redacción del nuevo reglamento, se han ceñido a coger el reglamento antiguo y simplemente lo han adaptado a su conveniencia, incrementando enormemente las competencias de los instaladores, sin ampliar sus responsabilidades, sin entrar cuestiones de diseño de la instalación, de ahorro energético y dejando a los técnicos titulados competentes sin apenas proyectos que diseñar, ejecutar, dirigir y certificar.
La Comunidad Valenciana, como tantas otras, no está representada en la comisión. Sólo está representada en esa comisión Cataluña, Pais Vasco y Región de Murcia.
Cuando salga publicado el nuevo RSF, según el borrador adjunto, aproximádamente el 93 % de instalaciones frigoríficas no requerirán proyecto. Sino que con una memoria reducida de un instalador bastará para legalizarla. El porcentaje lo he extraido en instalaciones reales, de las estadisticas de venta de los proveedores de material frigorífico. Puesto que el 93 % de las unidades condensadoras que se venden en España, tienen una potencia inferior a 30 kW ( 40 CV de compresor ).
En el nuevo reglamento sólo se exige proyecto si superan los 30 kW por cada sistema frigorífico ( es decir cada unidad condensadora ). No se suman potencias como lo hace el Rite. Por lo cual una industria con una cámara de 5000 m3 y que posea 120 CV de potencia de compresores en cuatro unidades condensadoras independientes ( sin central frigorífica ). No requiere proyecto ni dirección de obra alguna por parte de Técnico Titulado Competente.
Si quereis más información o presentar alguna enmienda, o asistir a la próxima reunión de la Comisión que está redactando el nuevo RSF, me lo podeis enviar antes del viernes 8 de febrero.
No puedo adjuntar el archivo del nuevo reglamento por exceso de memoria, pero se lo he enviado al amigo antonio para que lo cuelgue en recursos.
Un cordial saludo:
Paco Pla
Estoy colaborando con el Consejo de Ingenieros Técnicos Industriales, en la comisión que redacta de nuevo RSF que saldrá publicado suponemos antes de un año.
En mi opinión particular, la nueva redacción es un bodrio puesto que no es un reglamento de seguridad ni es un reglamento de instalaciones.
No es un reglamento de seguridad porque carece de dictamen o certificado de seguridad.
No es un reglamento de instalaciones porque no se ha tenido en cuenta las condiciones de diseño, el ahorro energético, el rendimiento, el diseño de las instalaciones etc.
Estamos luchando sólos contra las asociaciones de instaladores puesto que, tanto el Consejo de Ingenieros Industriales ni el Consejo de Ingenieros Agrónomos, está representado en dicha comisión. Los instaladores, que han recogido el encargo de la redacción del nuevo reglamento, se han ceñido a coger el reglamento antiguo y simplemente lo han adaptado a su conveniencia, incrementando enormemente las competencias de los instaladores, sin ampliar sus responsabilidades, sin entrar cuestiones de diseño de la instalación, de ahorro energético y dejando a los técnicos titulados competentes sin apenas proyectos que diseñar, ejecutar, dirigir y certificar.
La Comunidad Valenciana, como tantas otras, no está representada en la comisión. Sólo está representada en esa comisión Cataluña, Pais Vasco y Región de Murcia.
Cuando salga publicado el nuevo RSF, según el borrador adjunto, aproximádamente el 93 % de instalaciones frigoríficas no requerirán proyecto. Sino que con una memoria reducida de un instalador bastará para legalizarla. El porcentaje lo he extraido en instalaciones reales, de las estadisticas de venta de los proveedores de material frigorífico. Puesto que el 93 % de las unidades condensadoras que se venden en España, tienen una potencia inferior a 30 kW ( 40 CV de compresor ).
En el nuevo reglamento sólo se exige proyecto si superan los 30 kW por cada sistema frigorífico ( es decir cada unidad condensadora ). No se suman potencias como lo hace el Rite. Por lo cual una industria con una cámara de 5000 m3 y que posea 120 CV de potencia de compresores en cuatro unidades condensadoras independientes ( sin central frigorífica ). No requiere proyecto ni dirección de obra alguna por parte de Técnico Titulado Competente.
Si quereis más información o presentar alguna enmienda, o asistir a la próxima reunión de la Comisión que está redactando el nuevo RSF, me lo podeis enviar antes del viernes 8 de febrero.
No puedo adjuntar el archivo del nuevo reglamento por exceso de memoria, pero se lo he enviado al amigo antonio para que lo cuelgue en recursos.
Un cordial saludo:
Paco Pla