- 28 Dic 2007, 00:23
#41719
Hola a todos,
Soy nuevo en el foro y espero participar activamente.........
Tengo una encarnizada discusión con el arquitecto del Ayuntamiento por el dichoso tema de la "Potencia mecánica"..... El proyecto que me está sollicitando es el de actividades para un Bar-restaurante de menos de 300mt2, sin equipo de música y menor de 15Kw en cuanto a potencia mecánica, según los cálculos realizados, y confirmados por el Colegio de Ingenieros además de leer en diferentes sitios, pero aún así me gustaría, si es posible opiniones de compañeros que lo viven en las carnes ya que para según quien hace uso de la P.M tiene varias interpretaciones (referencia en LEY 7/2006 de 22 dejunio de prtotección ambiental de Aagón, Anexo VII, apartado d.-Otras actividades).
El arquitecto me dice que la potencia mecánica es todo excepto la iluminación???? y bajo mi pto. de vista y algunos más sería......Se entiende por potencia total instalada en una actividad, a los efectos de las limitaciones que se señalan, a la suma de C.V. de todas sus máquinas fijas que tienen elementos mecánicos móviles. Se excluye de tal
cómputo la potencia de instalaciones mecánicas, como extractores o acondicionadores de aire, cuya función es ajena a la finalidad propia de la actividad y sirva para el mejor acondicionamiento humano del
personal propio o del público. Sin perjuicio de ello, tales instalaciones podrán ser sometidas a las medidas correctoras exigibles en el conjunto de la instalación total.
Para empezar, pedazo de lío....... alguien me puede dar su opinión, experiencia, etc...
Gracias por adelantado y muchos saludos a todos.