Obras, reformas, métodos de construcción, etc.
por
#57493
Buenos dias a todos. Es una cuestión referente al nivel de accesibilidad en zonas de uso restringido en la Comunidad valenciana. El decreto 39/2004 indica que, para los locales CA3 el nivel de accesibilidad para zonas de uso restringido es de "Practicable". Ahora bien, en la Orden de 25 de mayo, no especifica características para estas zonas. Por lo tanto la pregunta es: ¿En zonas de uso restringido hay que aplicar las condiciones para las circulaciones horizontales, verticales, etc.. o no?

Por ejemplo, si el almacèn de un comercio tiene dos niveles, ¿hay que instalar escalera + rampa, o escalera + elevador?


Gracias!
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#57890
ORDEN de 25 de mayo de 2004, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia
Aquí tienes las condiciones, si no las encuentras exactamente, razona por analogía.
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