Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
por
#74763
Muy buenas a todos.
Os expongo un pequeña duda en cuanto a las presentaciones de unos proyectos ante industria que seguro que vosotros teneis mas experiencia que yo en esto.

A ver, tengo que hacer proyecto de electricidad, acs y gas para una piscina climatizada.

Proyecto de baja tension, por separado( ese lo tengo claro)

El agua se calienta por acs, mediante una caldera de gas natural( p>70kw). En la instalacion de la piscina hay tambien instalado un deshumidificador para evitar la condensacion ( el estudio y los calculos de este deshumidificador lo incluiria en el de acs)

Estos proyectos(acs y gas) deberían ir por separados?? o incluidos en el mismo proyecto??

Tengo la duda aqui, ya que para calentar el agu necesito la caldera, pero esta es alimetada por gas natural canalizado procedente de acometida.

No se donde cortar un proyecto y seguir con el otro.

Otra duda es: Esta piscina tiene adjudicada la licencia de obras en julio de 2006 y segun el CTE, es de obligatorio su cumplimiento a partir de los 12 meses en su entrada en vigor, y de 6 meses para instalaciones energéticas.

Ahora bien, en estas instalaciones no se han instalado captadores solares para el ahorro energetico segun He.4: Contribucion solar mínima de ACS, por lo que entiendo que puedo EXCLUIR esta instalación de las que se están haciendo en la actualidad.

Creo no haberme equivocado.

Gracias a todos por vuestras respuestas.
Avatar de Usuario
por
#74852
Yo haría un solo proyecto, pero con las partes que tú indicas.
Proyecto de piscina.
Apartados: Electricidad, gas, ACS.

Será más sencillo. Para las carpetas (boletines), presentas el proyecto (único) y ya está. Para mí es más sencillo que dividirlo en tres partes, pero si haces tres proyectos separados tampoco está mal.

:brindis
Avatar de Usuario
por
#74922
Yo también los unificaría. :yep
por
#75584
Respecto de tramitar en Industria los proyectos de ACS y gas juntos o por separado, me imagno que dependerá de cada Comunidad Autónoma. En Asturias, por ejemplo, tendrías que hacerlo por separado, ya que se lleva en dos departamentos distintos, aunque se admite que el proyecto contenga ambas partes, por lo que habría que presentar dos copias.

El límite que separa ambos proyectos lo marca el reglamento aplicable (RITE y Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos), teniendo en cuenta que el generador es el punto común sobre el que ambos reglamentos tienen competencia.

A efectos de aplicar el CTE ten en cuenta que la fecha a considerar no es la de concesión de la licencia de obras, sino la de solicitud de la misma, que puede ser varios meses anterior, por lo que si esa fecha es anterior al 29 de marzo de 2006 no hay obligación de cumplir con la HE-4.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro