- 19 May 2008, 14:59
#77831
Leyendo el RSIEI, punto "4. Estabilidad al fuegode los elementos constructivos portantes", más adelante, en el punto "4.4 Justificación...".
Resumiendo casos para una Estructura portante que debe protegerse, si se protege con:
a) Elementos de fábrica (bloque de hormigón, ladrillo cerámico) NO es necesario certificado del instalador de la protección, NI de materiales.
b) Proyecciones protecctoras ¿es necesario certificado del instalador?
Por otro lado, el punto "5.Resistencia al fuego de elementos constructivos de cerramiento", más adelante, en el punto "5.9 Justificación...". En este caso ¿valen las mismas apreciaciones que en el caso anterior?
Y por último, el punto 5.4 En su penúltimo párrafo: "Justificación...". En este caso, el de la dichosa franja, ¿es obligatorio el certificado del instalador siempre?
Todas estas cuestiones me surgen porque para la franja de 1 metro se pretende instalar "pladur foc", con certificados de resistencia al fuego de las placas y de los elementos de fijación, pero nadie me certifica la instalación.
Muchas gracias y perdón por el coñazo.
PD: todas las cuertiones van dirigidas a aclarar que en los casos en los que es necesario algún tratamiento contra el fuego, ¿qué certificados se deben pedir?