Titulaciones, carreras, centros o entidades docentes, Bolonia, cursos, oposiciones, etc.
por
#8254
Buenas.

Una duda que me ha surgido, debido a una pregunta directa de un cliente.

Cuando se pone en marcha una actividad que requiere de sus correspondientes medidas de PCI según el RSCIEI, éste nos pide un certificado firmado por la empresa instaladora de esas medidas de protección proyectadas, independiente del certificado del proyectista que hace el proyecto de actividad e instalaciones (yo en este caso).

Ese certificado suele estar firmado por un ingeniero que trabaja en la empresa que ha instalado esas medidas.

Mi pregunta es: ¿puedo yo, como ingeniero, aunque no trabajo en ninguna empresa de PCI, firmar ese segundo certificado donde se diga que esas medidas de PCI están correctamente instaladas y corresponden a lo proyectado originalmente? ¿O tiene que ser otro técnico? ¿O se requiere demostrar y/o tener algún tipo de cualificación o medios adicionales a los que tengo yo como ITI en profesión libre?

Espero haberme hecho entender. Gracias por las respuestas y opiniones.
por
#8260
Juan.Antonio

La cuestión que planteas la regula el RIPCI:

""Artículo 11.
1. La inscripción en el Registro de Instaladores deberá solicitarse a los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma.
La solicitud incluirá, como mínimo:
a) Relación de aparatos, equipos y sistemas de protección contra in cendios para cuya instalación se solicita la inscripción.
b) Documentación acreditativa de su plantilla de personal adecuada a su nivel de actividad. Deberán contar con un técnico titulado, responsable técnico, que acreditará su preparación e idoneidad para desempeñar la actividad que solicita.
c) Descripción de los medios materiales de que dispone para el desarrollo de su actividad.
d) Documentación acreditativa de haber concertado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones.""

Como ves tienes que estar ligado de alguna manera a la empresa instaladora:

Unas CA exigen la pertenencia a su plantilla media jornada o jornada completa

En otras es suficiente con un contrato de arrendamiento de servicios

En cuanto a la preparación e idoneidad con la titulación de ITI no creo que tengas problema.

En alguna CA,me parece que en Canarias (Serpan, corrígeme si me equivoco), creo que el responsable técnico de la empresa instaladora, no puede coincidir con el autor del proyecto

En CLM desconozco las exigencias del OC en industria.

saludos
por
#8263
Gracias, TAMA, es justo lo que quería saber. Es que me ha pasado lo típico, que en una instalación pequeña, que solo requería dos extintores y un pulsador, cuando le he dicho al cliente que el instalador de PCI le tiene que hacer el certificado, me ha preguntado si podía instalar esos aparatos por su cuenta y firmárselo yo, y, claro, a fuerza de estar acostumbrado a que lo firme la instaladora, a uno «se le olvidan» los argumentos por los que es así, y se queda en blanco sin saber qué contestar. Gracias de nuevo.
por
#8267
Juan.Antonio

Seguramente el certificado de los extintores lo puede firmar cualquiera (a menos que en CLM se exijan medidas complementarias), ya que el Ripci indica:

""Artículo 10.
La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este Reglamento, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados.""

Sin embargo el sistema de alarma manual, debe ser instalado por empresa instaladora autorizada de IPCI y certificada por su responsable técnico.

saludos
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