Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#346933
Muy buenas a todos, os voy a escenificar una situación real, de un cliente:

Es un bar con una instalación eléctrica anterior al año 2003, este bar deja de funcionar y da de baja el contrato de luz. Al cabo de un tiempo deciden volver a abrirlo por lo que tienen que volver a contratar luz.
Mi cliente es instalador electricista y su asociación de instaladores electricistas le comunica que tiene que poner la instalación al día según el reglamento vigente.
Mi pregunta es: ¿si esta instalación es anterior al año 2003 porque no se puede regir por el reglamento del año 1972?

En otras instalaciones antiguas sé que les exigen cumplir el reglamento del año 72, ¿está equivocada la asociación? o ¿es otra situación?

Saludos.
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#346935
¿hay boletín eléctrico?

Si se dió de baja la actividad y el contrato eléctrico, en León (por lo menos) está muy claro, al pedir de nuevo la luz, te piden boletín nuevo y en este caso (bar ITC-BT 28), proyecto, y todo adecuado al nuevo reglamento.

De cualquier manera si tenéis un boletín antiguo, con el boletín se puede ir a Industria y preguntar, y así sales de dudas.
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#346940
Se pudo poner en marcha en 2003 y usar el reglamento del 73 si estaban en uno de los casos del periodo de transición y que pudieron legalizarse con el viejo (Disposiciones transitorias: http://www.coitiab.es/reglamentos/elect ... 08.htm#dt1).
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#346944
como muy bien te ha indicado esaizmata, si la han dado de baja, necesita proyecto, instalación conforme al rbte 2002 e inspección inicial de OCA. Es como si ya no existiese a efectos de industria.

Otra cosa es que hubieran mantenido el contrato de la luz, de pedirles una inspección le hubieran aplicado el rbte 73, pero en tu caso, todo nuevo.
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#347083
En mi comunidad hay una normativa para estos casos. Se trata de demostrar que es anterior al 2002 y que cumple el REBT de 1973, con algún detalle más. Yo preguntaría en industria de tu comunidad si hay algo al respecto.
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#347399
A mi me ha pasado y he tenido que hacer proyecto nuevo, OCA, cableado libre de halógenos, 3 circuitos y .....
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#347986
Y si se da de baja durante un día? Todo nuevo? Y si no se da de baja, hay que pagar a la compañía la potencia durante toda la vida?. Que tiene que ver darte de baja de un contrato con industria?. La instalación (no el contrato) es anterior a la entrada en vigor del nuevo REBT, se puede demostrar porque hay registro en industria. Luego excepto en lo que a inspecciones periódicas se refiere, antiguo reglamento. Pero clarísimo.

isrm escribió:A mi me ha pasado y he tenido que hacer proyecto nuevo, OCA, cableado libre de halógenos, 3 circuitos y .....

Supongo que lo preguntaste en industria. Los cuales, en caso de duda... ya se sabe, por pedir que no quede. Nuestro trabajo a veces es argumentar que están pidiendo más de lo que según normativa se exige.
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#347989
Pxm1031 escribió:Y si se da de baja durante un día? Todo nuevo? Y si no se da de baja, hay que pagar a la compañía la potencia durante toda la vida?. Que tiene que ver darte de baja de un contrato con industria?. La instalación (no el contrato) es anterior a la entrada en vigor del nuevo REBT, se puede demostrar porque hay registro en industria. Luego excepto en lo que a inspecciones periódicas se refiere, antiguo reglamento. Pero clarísimo.

isrm escribió:A mi me ha pasado y he tenido que hacer proyecto nuevo, OCA, cableado libre de halógenos, 3 circuitos y .....

Supongo que lo preguntaste en industria. Los cuales, en caso de duda... ya se sabe, por pedir que no quede. Nuestro trabajo a veces es argumentar que están pidiendo más de lo que según normativa se exige.

Igual no sabes que los boletines caducan. No son válidos siempre y, se han de renovar en un plazo o, de lo contrario hay que adecuar la instalación. Como esto no lo hace nadie, te suele salvar mantener el servicio por que prevalece la continuidad del mismo por ser de primera necesidad. Si quieres leer normativa sobre esto busca en el foro, es algo muy manido por aquí.
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#347999
Pxm1031 escribió:Pero hablamos del proyecto, o no?

No hay boletín o está caducado, el suministro está dado de baja. Ahora vete tú con tu proyecto y final de obra del 96 a por otro boletín.
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#348007
Valles. Mi primera intervención iba dirigida a isrm, y venia a decir: Me parece que renovar toda la instalación eléctrica de un local como si no hubiese nada existente, fue una "curada en salud" del técnico de industria.

A parte, lo que tu comentas. En industria hay (o debería haber) registro de boletín, de proyecto, final de obra y OCA inicial (si ya le tocaba evidentemente). En ese caso con inspección periódica en vigor (y si no la hay, ahí sí, contratarla), para que compruebe que se mantienen las condiciones del proyecto, y reglamentarias (IDs sobrecargados por ejemplo, que aquí en Baleares salió una circular de industria que obligaba a ello a las instalaciones existentes) ya bastaría, para evitar recablear todo el local, porque hay prueba de que la instalación se ejecutó, y que sigue manteniendo sus condiciones.

Entiendo que es una situación diferente a la de la disposición transitoria 3ª en la que hay proyecto pero no ejecución. Habrá que hacer algunos trabajos, claro, aqui en Baleares IDs o PIAs unipolares, o entubados a menos de 2,5m. ¿Y emitir nuevo boletín? pues depende, probablemente sí (nunca he dicho que no) pero la instalación será existente, y los mínimos exigibles los de la reglamentación antigua. Que es de lo que iba la pregunta.
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