Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#207318
Hola compañeros,

Mi duda es sencilla pero me está rondando la cabeza de forma preocupante.... a ver si me podéis ayudar.

El tema es que el RITE da unos espesores para los conductos de aire tanto por el interior del edificio como si transcurren por el exterior.
Bien como dice el Rite esto se refiere a climatización.....climatización=ventilación+humedad+control de temperatura o climatización significa ventilación o control humedad o control de la temperatura???

En un ejemplo práctico, en un recuperador entálpico, todos los conductos que salen del mismo deben ir aislados o sólo los que van hacia el interior del local que son los que han tenido tratamiento de aire o ninguno de ellos??

En un extractor de aseos debe ir aislado el conducto ??? Supongo que no....

En un aporte de aire exterior de ventilación.... se ha de aislar el conducto???Creo que no pero no lo se....

Como veis soy novatillo y no tengo las cosas claras, a ver si me podéis echar un cable.....

Gracias de antemano y saludos a todos
por
#208002
Según mi opinión y según los casos planteados:

En el recuperador: Yo sólo pondría aislamiento en los conductos que van hacia el interior del local.

En el aporte de aire de ventilación: Pienso que no interesa mantener la temperatura del aire exterior... a no ser el aislamiento se utilice para evitar condensaciones.

En la extracción: Es aire que se expulsa al exterior, no veo por qué aislarlo.

Saludos y a ver si me podéis echar una mano.

Gracias a todos
por
#208006
Sólo tendrás que aislar obligatoriamente los conductos cuando discurran por el exterior (calorifugados). Los que circulan por el interior, sólo en el caso que la conductividad y/o espesor de tales conductos sea inferior a lo especificado como mínimo en el RITE. Los de fibra, con 2,5 de espesor dan cumplimiento.

El conducto de extracción de los aseos no tiene que llevar aislamiento. Saludos.
por
#208248
Gracias Becerro por aclararme la duda, de echo es muy diferente de como yo pensaba...

En ventilación veo lógico lo que me dices pero, en recuperación considero que puede haber alguna pérdida térmica a lo largo del conducto en el interior del local. Como veis soy duro de mollera :cabezazo

Bueno gracias y saludos :saludo
por
#229213
Siento recuperar este tema, pero no las tengo todas claras.
Según este párrafo del RITE:
Cuando la potencia térmica nominal a instalar de generación de calor o frío sea menor o igual que 70 kW son válidos los espesores mínimos de aislamiento para conductos y accesorios de la red de impulsión de aire de la tabla 1.2.4.2.5. Para potencias mayores que 70 kW deberá justificarse documentalmente que las pérdidas no son mayores que las indicadas anteriormente.
Si entendemos que la recuperación no es "generación de calor o frio" no sería necesario aislar los conductos de ventilación, ni impulsión ni extracción. ¿Lo entendéis así?
Saludos cordiales!
por
#229279
Medianero escribió:Si entendemos que la recuperación no es "generación de calor o frio" no sería necesario aislar los conductos de ventilación, ni impulsión ni extracción. ¿Lo entendéis así?


Intenta precisar un poco más. Yo lo único que tengo claro es que las pérdidas no deben ser mayores al 4% (cosa que a veces es imposible de cumplir)
por
#229310
Medianero escribió:Siento recuperar este tema, pero no las tengo todas claras.
Según este párrafo del RITE:
Cuando la potencia térmica nominal a instalar de generación de calor o frío sea menor o igual que 70 kW son válidos los espesores mínimos de aislamiento para conductos y accesorios de la red de impulsión de aire de la tabla 1.2.4.2.5. Para potencias mayores que 70 kW deberá justificarse documentalmente que las pérdidas no son mayores que las indicadas anteriormente.
Si entendemos que la recuperación no es "generación de calor o frio" no sería necesario aislar los conductos de ventilación, ni impulsión ni extracción. ¿Lo entendéis así?
Saludos cordiales!



Yo también lo entiendo así compañero, creo que donde hay que determinar la pérdida térmica es únicamente en la impulsión que es donde está la madre del cordero.

Respecto a la recuperación y extracción, lo entiendo como ayuda o un añadido energético a la instalación, no siendo necesario aislar estos conductos.
por
#229460
BECERRO escribió:

Yo también lo entiendo así compañero, creo que donde hay que determinar la pérdida térmica es únicamente en la impulsión que es donde está la madre del cordero.


:yep
RITE: IT.1.2.4.2.2. Aislamiento térmico de redes de conductos escribió:
1. Los conductos y acceorios de la red de IMPULSIÓN de aire dispondrán de un asilamiento térmico suficiente para que la pérdida de calor no sea mayor que el 4% de la potencia que transportan y siempre que sea suficiente para evitar condensaciones.

3. Las redes de retorno se aislarán cuando discurran por el exterior del edificio y, en interiores, cuando el aire está a temperatura menor que la de rocío del ambiente, o cuando el conducto pase a través de locales no acondiconados.

5. Los conductos de tomas de aire exterior se aislarán con el nivel necesario para evitar la formación de condensaciones.
por
#230931
Lo que no cumple el RITE son las coquillas calorifugadas que vienen en los kits de montaje de los splits. Esas coquillas, normalmente blancas, no tienen el aislamiento térmico necesario.

un saludo:

Paco pla
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