¿de quien es la propiedad intelectual de los proyectos? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#108717
basandome en este artículo de este "decano"del periodismo y ya se ha hablado alguna vez un tanto de pasada.....


http://www.20minutos.es/noticia/409793/ ... do/copiar/
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#108734
Eso se ha hecho toda la vida, y ¿Ahora lo penalizan? :shock: :shock:

Bajo mi punto de vista la propiedad intelectual es de quien paga el proyecto. Tiene todos los derechos puesto que ha pagado por ello.

Ahora visto eso, sino que derecho hay que te exigan planos y proyectos en CD. Pero lo más grave que yo creo que deberíamos poner cartas en el asunto son Ayuntamientos que tambien lo exigen y eso si que me da rabia, porque ¿Que derechos tienen?

:usuario :comunidad
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#108740
pues eso de que el que paga tiene todos los derechos es discutible.... los "artistas" por lo visto nunca los pierden aunque cobre una millonada siempre están hablando de la propiedad moral (véase el impresentable del calatrava) o de los escultores, pintores que despues de vender las obras aun se creen con el derecho a mangonear todas las creaciones...

Luego en los proyectos .. ¿no sería extrapolable? es decir el pagano tendría derecho a construir según lo proyectado y scar benerficio de él, pero no podría ceder el proyecto para hacer obras repetitivas...... suponiendo por el momento que no necesiten firma, o hacerls firmar por otro técnico a menor precio que se limitara a revisarlas y cambiarle la ubicación.....


Eso o todos moros o todos cristianos..... pues no se porque un gachupin que compone una cancion de tres minuots tiene mas protección que alguien que hace un proyecto. Independientemente que el mayor daño que puede hacer un error de un cantante es que te duela la cabeza (o de que llueva)
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#108742
MINERVA escribió:Bajo mi punto de vista la propiedad intelectual es de quien paga el proyecto. Tiene todos los derechos puesto que ha pagado por ello.

En general, en el mundo de la investigación, creo que suele darse esa figura.
Los derechos de explotación de cualquier "descubrimiento" que se haga, son del centro que ostenta la titularidad del estudio.
Y en el resto de casos, pues dependerá del contrato firmado entre las partes, ¿no?

Respecto al caso de la noticia de arquímedes, a buenas horas mangas verdes, los italianos. Pero si eso se lleva haciendo tooooda la vida. :mrgreen: Y se meten ahora con el tema.
Bueno, claro, a petición expresa de los afectados, que resolvieron denunciar al profesor. :espabilao
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#108747
Amenofis escribió:
MINERVA escribió:Bajo mi punto de vista la propiedad intelectual es de quien paga el proyecto. Tiene todos los derechos puesto que ha pagado por ello.

En general, en el mundo de la investigación, creo que suele darse esa figura.

Si, y no solo eso, para un informe tuve que empaparme la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes de Invención y Modelos de utilidad y ahí indica claramente que todos los derechos de una patente surgida en el puesto de trabajo son propiedad de la empresa.

Artículo 15.

1. Las invenciones realizadas por el trabajador durante la vigencia de su contrato o relación de trabajo o de servicios con la empresa, que sean fruto de una actividad de investigación explícita o implícitamente constitutiva del objeto de su contrato, pertenecen al empresario.


Si alguien descubre algo más vale despedirse :mira
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#108766
arquimedes escribió:pues eso de que el que paga tiene todos los derechos es discutible.... los "artistas" por lo visto nunca los pierden aunque cobre una millonada siempre están hablando de la propiedad moral (véase el impresentable del calatrava) o de los escultores, pintores que despues de vender las obras aun se creen con el derecho a mangonear todas las creaciones...


Lo que un artista nunca pierde ni puede ceder es el derecho de autoría, es decir que él es el autor de la obra en cuestión. Es decir puede que el artista no vea un duro su obra o por los derechos que genera años después, si no ha sabido negociar, pero siempre se le ha de reconocer como autor...
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#108768
En el caso que expone la noticias, va mas allá de la titularidad del proyecto, pues no fue el centro quien hizo uso de el, sino el profesor en beneficio propio.
Ya tiene delito, que las universidades, usen mano de obra "barata" para investigar y que luego compitan en el mercado con el sector privado, pero lo de este pollo de la noticia, tiene otro nombre..

Este ademas de hacer uso de la información o el proyecto para explotación o beneficio comercial (escribe un libro con ello), ha pretendido decir, que eso lo había hecho el presentándose a un concurso de plaza universitaria.
:fumeta
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#108770
no goran no me refería a eso, creo que es justo que el derecho de autoría lo conserve, lo que digo es que sigue el derecho a decidir el destino material de una obra. Legalmente no se como estará el tema, pero lo que reclaman es el derecho a tras vender la obra,... seguir conservando el derecho a decidir que se hace con ella, tal y como he nombrado lo del calatrava que tras vender el puente pidio una indemnización a al ayto por que este puso una pasarela adicional para que no se lesionaran los transeuntes.. Por otro lado, y siendo prácticos, los artistas están sobrevalorados en el sentido de que los hacemos casi divinos, por encima de los valores y premisas de comportamiento usuales. pero ¿porque son artistas? . Tal vez si tuviesen que gsnarse las habichuelas todos los dias no harían "obras de arte", luego sus creaciones son trabajo. Trabajo que nosotros valoreamos porque no somos capaces de hacerlo, pero a lo mejor ellos no hacen lo que pudieramos hacer nosotros. Repito los artistas deben ser respetados hasta cierto punto pero no tan divinizados como ellos reclaman, tanto que cuando se les entrevistan los primero que dicen que su "arte" les viene de nacimiento, vamos que están elegidos por Dios para "salvar" al mundo.
En fin demasiada vanidad y narcisismo en ese mundo que nostros como mitómanos nos encargamos de bailarles el agua
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#108776
Pues yo creo que la propiedad intelectual de los proyectos pertenece a sus autores.

Lo que paga el que solicita el proyecto es hacer uso de lo que allí se recoge, realizar la obra según lo proyectado, presentar el documento en los organismos públicos para su legalización, etc.

Pero cualquier diseño que allí figure pertenece a su autor, y sobretodo, si es un diseño innovador, debe estar protegido.
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#108819
yo lo tengo claro, la propiedad intelectual del proyecto pertenece al proyectista, el autor del mismo.......entre otras cosas el lo firma, tiene responsabilidades judiciales etc etc......me parece un poco pillado por los pelos lo del promotor: siguiendo eso la editorial Everest encarga a Calatraba un libro-tratado de edificios del siglo XXI....¿quien os creeis que es el autor?¿Everest? no lo creo..........si un proyectista toma un proyecto "prestado"y fusila, si el que lo ha hecho lo pilla y lo denuncia quien os creis que el juez diria que es al autor (cosa que por otra parte ya ha pasado)?.........

para mi esta clarisimo....es mas, si el promotor plagia mi proyecto para otro similar, se le puede empaquetar seguro.......


otro tema interesante seria cuando hay varios proyectistas y sobre todo cuando solo firma uno aun existiendo varios proyectistas......eso es mas complejo
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#108824
arquimedes escribió:no goran no me refería a eso, creo que es justo que el derecho de autoría lo conserve, lo que digo es que sigue el derecho a decidir el destino material de una obra. Legalmente no se como estará el tema, pero lo que reclaman es el derecho a tras vender la obra,...


Pero, si mal no recuerdo, el juez no le dió la razón dijo que la propiedad era del ayuntamiento y lo podía modificar y los derechos intelectuales se limitan al proyecto orginal y maquetas.
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#108931
Según los "quitectos" que siempre van algo más avanzados que nosotros en esto, la propiedad intelectual del proyecto es del proyectista, salvo indicación en contrario en el contrato de prestación de servicios y el que me lo dijo creo que sabía de que hablaba porque en su colegio de lo explicaron en un cursillo. ¿En el vuestro no? :cunao
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#108982
JORDIM escribió:Según los "quitectos" que siempre van algo más avanzados que nosotros en esto, la propiedad intelectual del proyecto es del proyectista, salvo indicación en contrario en el contrato de prestación de servicios y el que me lo dijo creo que sabía de que hablaba porque en su colegio de lo explicaron en un cursillo. ¿En el vuestro no? :cunao


¿ Que cursillo?., uy que ese me lo he perdido...... :partiendo :partiendo
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#110478
Si Schneider viese los apuntes del profe q tuve en instalaciones electricas en la carrera tb podrian tomas las mismas medidas...
Era un copia pega tal cual de las guias técnicas.
Aunq bueno, yo creo q para ellos es una publicidad muy buena a unos ingenieros q estan a punto de salir al mercado
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#110764
Del autor del proyecto

Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual

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