Hola Nanu,
En cualquier caso tu novia siempre tendrá derecho a cobrar la liquidación porque es dinero que le debe la empresa en concepto de vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras, horas hechas de más, viajes, dietas...
Otra cosa son algunas diferencias, importantes para un servidor:
- Contrato indefinido: si te quieres ir tienes que avisar con 15 días de antelación. Si te despiden te tienen que pagar indemnización (tantos días por año trabajado, según contrato y convenio). Si te vas voluntariamente no tienes derecho a cobrar el paro, cosa que dificulta negociaciones de subidas salariales porque siempre te pueden decir que no y la única excusa que te queda es tener algo pactado con otra empresa.
- Contrato temporal: Terminada su duración puedes negociar subidas y cualesquiera otras condiciones. Si no llegas a un acuerdo, pues simplemente no firmas y a cobrar el paro. Te tiene que avisar la empresa de que se extingue tu contrato aunque quiera que continúes trabajando.
Si tienes un contrato temporal siempre puedes (y debes) ponerte a buscar empleo, con discrección, aunque si te "pilllan" haciéndolo no tienen que sorprenderse puesto que casi todos necesitamos trabajar para ganarnos la vida y debemos hacer para no quedarnos sin trabajo acabado el contrato.
Para entrar en una empresa yo prefiero el contrato temporal que da más cancha al obrero. Y además, si sobras, te van a despedir en cualquier caso porque les cuesta cuatro pesetas.
Si estás con contrato indefinido a lo mejor quieres dejar de trabajar por muchos motivos diversos. Te quedarías sin cobrar del INEM, excepto acuerdos ilegales que suponen despidos simulados con cobros simulados de indemnización.
Lo de ilegales es un concepto abstracto en este caso, dado que si un empleado se quiere ir de la empresa, la empresa, tenga la filosofía que tenga, deberá prescindir de ese empleado y por tanto, despedirlo. Pero éste es un caldo de cultivo de dinero negro para los empresarios...
Salud colegas
En cualquier caso tu novia siempre tendrá derecho a cobrar la liquidación porque es dinero que le debe la empresa en concepto de vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras, horas hechas de más, viajes, dietas...
Otra cosa son algunas diferencias, importantes para un servidor:
- Contrato indefinido: si te quieres ir tienes que avisar con 15 días de antelación. Si te despiden te tienen que pagar indemnización (tantos días por año trabajado, según contrato y convenio). Si te vas voluntariamente no tienes derecho a cobrar el paro, cosa que dificulta negociaciones de subidas salariales porque siempre te pueden decir que no y la única excusa que te queda es tener algo pactado con otra empresa.
- Contrato temporal: Terminada su duración puedes negociar subidas y cualesquiera otras condiciones. Si no llegas a un acuerdo, pues simplemente no firmas y a cobrar el paro. Te tiene que avisar la empresa de que se extingue tu contrato aunque quiera que continúes trabajando.
Si tienes un contrato temporal siempre puedes (y debes) ponerte a buscar empleo, con discrección, aunque si te "pilllan" haciéndolo no tienen que sorprenderse puesto que casi todos necesitamos trabajar para ganarnos la vida y debemos hacer para no quedarnos sin trabajo acabado el contrato.
Para entrar en una empresa yo prefiero el contrato temporal que da más cancha al obrero. Y además, si sobras, te van a despedir en cualquier caso porque les cuesta cuatro pesetas.
Si estás con contrato indefinido a lo mejor quieres dejar de trabajar por muchos motivos diversos. Te quedarías sin cobrar del INEM, excepto acuerdos ilegales que suponen despidos simulados con cobros simulados de indemnización.
Lo de ilegales es un concepto abstracto en este caso, dado que si un empleado se quiere ir de la empresa, la empresa, tenga la filosofía que tenga, deberá prescindir de ese empleado y por tanto, despedirlo. Pero éste es un caldo de cultivo de dinero negro para los empresarios...
Salud colegas
"las cosas que no ha hecho Dios, llevan la mano de algún ingeniero por algún lado". JCas dixit.