Hola a todos,
Me plantean el tema de un taller que se encuentra en una planta baja al que ha denunciado la comunidad de propietarios del edificio por ruidos.
El ayuntamiento pide subsanación del defecto y
auditoría acústica para comprobar el nivel de ruidos quede conforme a los maximos legales (en este caso, ordenanza de valencia de bullas y tiembles)
Algo he oido por ahi que en estos casos el ayuntamiento requiere que la auditoría la haga una OCA (.... o ECA), pero solo es un rumor.
¿¿¿No puede hacer esta auditoría acústica (que no es mas que una medición con su correspondiente informe) un ingeniero colegiado que sepa hacer mediciones y haya hecho ya varios informes acusticos???
Saludos