Nave tipo A, cerramiento en límite de mi propiedad (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#146441
Buenas:

Se trata de un edificio tipo A, comparte una fachada de las cuatro con otra nave; en la medianera y primer metro de cubierta cumple con la condición del artículo 5.4. También en el primer metro de fachadas que llegan a la medianera.

El problema me surge con una de las fachadas que está en el límite de mi propiedad pero a una distancia superior a 3 m de cualquier nave en esa propiedad vecina.

Yo he considerado que esa fachada es un cerramiento y que no debe cumplir la estabilidad de una medianera, ni debo proteger el primer m de cubierta

¿Os parece correcto?
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por
#146578
Hola perro,

perro escribió:Buenas:

Se trata de un edificio tipo A, comparte una fachada de las cuatro con otra nave; en la medianera y primer metro de cubierta cumple con la condición del artículo 5.4. También en el primer metro de fachadas que llegan a la medianera.

El problema me surge con una de las fachadas que está en el límite de mi propiedad pero a una distancia superior a 3 m de cualquier nave en esa propiedad vecina.

Yo he considerado que esa fachada es un cerramiento y que no debe cumplir la estabilidad de una medianera, ni debo proteger el primer m de cubierta

¿Os parece correcto?


Segun la normativa, si.

Saludos
por
#146746
Muchas gracias Franele.

Pues acabo de recibir la respuesta del técnico del ayuntamiento tratándome de decir que tengo que proteger con la parcela del vecino, a pesar de que esa parcela está edificada y la distancia de las naves es muy superior a 3m.

Digo tratándome por que el parrafito no hay quién lo entienda. :!: :!:

Prefería consultaros antes de acudir a hablar con él. 8) 8)

(a lo mejor le llevo tu respuesta impresa en papel, le informaré que tú no eres un cualquiera en esto de seguridad contra incendios :lol: )
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#147006
Hola perro,

perro escribió:Muchas gracias Franele.

Pues acabo de recibir la respuesta del técnico del ayuntamiento tratándome de decir que tengo que proteger con la parcela del vecino, a pesar de que esa parcela está edificada y la distancia de las naves es muy superior a 3m.

Digo tratándome por que el parrafito no hay quién lo entienda. :!: :!:

Prefería consultaros antes de acudir a hablar con él. 8) 8)

(a lo mejor le llevo tu respuesta impresa en papel, le informaré que tú no eres un cualquiera en esto de seguridad contra incendios :lol: )


Que te diga en base a que te pide que protejas esa parte de tu nave.


Saludos
por
#147750
ANEXO I
1. Establecimiento.
Se entiende por establecimiento el conjunto de edificios, edificio, zona de este, instalación o espacio abierto de uso industrial o almacén,

ANEXO 2.
5.2 La resistencia al fuego de toda medianería o muro colindante con otro establecimiento será, como mínimo...


según las reseñas anteriores ¿tengo que poner una fachada EI120 que no es medianera?

Franele, no dudo de ti, pero antes de hablar con el tío quiero tenerlo claro.
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#147802
Lo que has expuesto es para medianeras o muros colindantes. El cerramiento que estas comentando entiendo, como Franele, que es una fachada a más de 3 m. del otro establecimiento.

Puede ser que tenga materias en el patio ubicado entre los dos establecimientos, pero entonces tienes que estar seguro de que su establecimiento es abierto (Tipos D y E). Si tiene un patio pequeño atestado de trastos, no lo puede tener en esas condiciones, puesto que según casi todos los PGOU los espacios de las parcelas libres resultantes de la ocupación o retranqueos exigibles deben estar libres de materias, con lo cual....
por
#148004
De acuerdo Alex, pero me estoy poniendo en lo peor, porque el tío creo que va por ahí.

Si por establecimiento entiende la norma el "espacio abierto" del vecino, ¿debería proteger?

Es curioso que para la protección del primer metro de fachada y cubierta el reglamento dice:

5.3 Cuando una medianería o un elemento constructivo de compartimentación en sectores de
incendio acometa a la cubierta


5.4 Cuando una medianería, un forjado o una pared que compartimente sectores de incendio
acometa a una fachada


es decir habla de pared que compartimente sectores no areas, ahí no hay problema, pero en el 5.2 dice "muro colindante con otro establecimiento" y ahí es donde me crea dudas.
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#148012
Entiendo que no deberías proteger la fachada, ya que en la definición de establecimiento te indica "espacio abierto de uso industrial o almacén", por eso te comento que para que te exija eso tendría que ser tipo D o E el establecimiento colindante, si no es así, el tío está empleando el patio para cosas que no le permite el PGOU, los retranqueos, exigidos para la construcción de la nave industrial, se deben respetar.
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#148138
Estamos buscandole ya tres pies al gato......, pero si es tipo D o E y te coges las exigencias del Punto 5.2, entonces sí que deberías garantizar la resistencia al fuego de tu fachada, que dejaría de serlo para ser medianera.
por
#152923
Buenas:

He intentado hablar con el del Ayuntamiento pero el pavo está muy ocupado, así que me arriesgo a constestar por escrito y a meterme en una dinámica eterna de escritos en ambas direcciones.


Ahí va:

(nuestra parcela es la YY, la XX la del vecino)

Respecto a la protección en el límite con la parcela XX, señalar que esa fachada se considera cerramiento a efectos de aplicación del reglamento, por lo tanto, debe cumplir las especificaciones que fija para aquel, las cuales se cumplen según el Técnico que lo suscribe (ver Proyecto).

Que en la parcela XX colindante se realice una actividad, o que el espacio colindante forme parte de una parcela en la que se desarrolla una actividad, no es requisito suficiente para aplicar las medidas correspondientes a una medianera puesto que la zona que linda con la YY es un espacio abierto de uso no industrial, que no puede considerarse establecimiento, ni constituye un sector de incendio, ni un área de incendio, por lo que no son de aplicación los artículos 5.2, 5.3 y 5.4 del anexo 2 del RSCIEI. De hecho, el edifico construido en la parcela 75 dista una distancia superior a tres metros de cualquier edificio o zona en la que se realiza actividad dentro de la parcela XX, distancia de referencia a la hora de caracterizar a los establecimientos por su configuración y ubicación con su entorno (Anexo nº1 RSCIEI).


¿Qué os parece?
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#155204
Hola perro,

completamente de acuerdo con lo dicho por Alex_lc

perro escribió:
Respecto a la protección en el límite con la parcela XX, señalar que esa fachada se considera cerramiento a efectos de aplicación del reglamento, por lo tanto, debe cumplir las especificaciones que fija para aquel, las cuales se cumplen según el Técnico que lo suscribe (ver Proyecto).


Yo mas bien diria que "ese cerramiento se considera fachada"
perro escribió:
Que en la parcela XX colindante se realice una actividad, o que el espacio colindante forme parte de una parcela en la que se desarrolla una actividad, no es requisito suficiente para aplicar las medidas correspondientes a una medianera puesto que la zona que linda con la YY es un espacio abierto de uso no industrial, que no puede considerarse establecimiento, ni constituye un sector de incendio, ni un área de incendio, por lo que no son de aplicación los artículos 5.2, 5.3 y 5.4 del anexo 2 del RSCIEI. De hecho, el edifico construido en la parcela 75 dista una distancia superior a tres metros de cualquier edificio o zona en la que se realiza actividad dentro de la parcela XX, distancia de referencia a la hora de caracterizar a los establecimientos por su configuración y ubicación con su entorno (Anexo nº1 RSCIEI).[/i]

¿Qué os parece?


Yo cambiaria "es un espacio abierto de uso no industrial", por "no es un espacio con uso industrial o almacen". El resto me parece bien.

Saludos y ya nos diras
por
#165372
Joder, muchas gracias Franele, esto va tan despacio que no había visto la respuesta, pero justo hoy he hablado con el técnico, por fin, y sigue emperrado.

He preparado otro escrito en el que tendré en cuenta tus oportunísimas correcciones.


MUCHAS GRACIAS DE NUEVO.

Seguiré informando.
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